CCL: Congreso debe resolver con celeridad denuncia constitucional contra Pedro Castillo

La Cámara de Comercio de Lima (CCL) exhortó al Congreso de la República a que evalúe con celeridad y prioridad que amerita la denuncia presentada por la Fiscal de la Nación contra el presidente de la República, Pedro Castillo, al concluir que existen supuestamente actos delictivos.

 

El gremio empresarial precisó que el Congreso deberá resolver dicha denuncia de acuerdo al marco constitucional vigente y a los convenios internacionales suscritos por el Perú.

 

“Para la Cámara de Comercio de Lima es indispensable que el ejercicio político se realice con integridad y, por ello, reiteramos nuestro rechazo a todo acto de corrupción y exigimos a los involucrados la mayor transparencia y colaboración con la justicia”, señaló.

 

Asimismo, expresó su respaldo a la labor que vienen realizando la Fiscalía de la Nación y el Poder Judicial y exigió que se brinden las garantías necesarias para que las autoridades puedan cumplir su labor sin interferencias.




Conoce todo sobre la reducción de IGV a 8% para restaurantes, hoteles y alojamientos

Mediante la Ley N°31556, publicada en la Edición Extraordinaria de El Peruano del 12 de agosto último, se estableció una tasa especial y temporal de impuesto general a las ventas (IGV) para las micro y pequeñas empresas (mypes) dedicadas a las actividades de restaurantes, hoteles, alojamientos turísticos, con la finalidad de apoyar la reactivación económica de este sector, que ha sido afectado de manera importante como consecuencia de la pandemia de la COVID‑19.

 

La referida Ley dispone lo siguiente:

  • Gravar temporalmente con 8% de IGV, desde el 01 de setiembre de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2024, las actividades de restaurantes, hoteles y alojamientos turísticos, realizadas por personas naturales o jurídicas, perceptoras de rentas de la actividad empresarial, que sean micro o pequeñas empresas, que se encuentren afectas al IGV, cuando estas actividades representen la actividad principal de la empresa, es decir cuando expliquen al menos el 70% de sus ingresos, de acuerdo a lo indicado por la norma.

 

  • La definición de micro y pequeñas empresas aplicable es la establecida por el DS 013-2013-PRODUCE:

 

Microempresa ventas anuales hasta el monto máximo de 150 Unidades Impositivas Tributarias (UIT). S/.690.000
Pequeña empresa ventas anuales superiores a 150 UIT y hasta el monto máximo de 1700 Unidades Impositivas Tributarias (UIT). S/.7’820.000

 

  • Se excluye del alcance de la norma a las empresas que conformen un grupo económico, que en conjunto no reúnan las características señaladas, así como aquellas que tengan vinculación económica con otras empresas o grupos económicos nacionales o extranjeros

 

  • El Poder Ejecutivo tiene un plazo de 60 días para reglamentar la Ley

 

 

Comentarios a la ley 

 

-De acuerdo con información difundida por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), un número importante de restaurantes y hoteles no son contribuyentes del IGV, toda vez que pertenecen al Régimen Único Simplificado – RUS, de tal manera que no están dentro del alcance de la norma. Según la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria (Sunat), al 2021 existían 114 mil contribuyentes en esos rubros, de los cuales más del 50% estaban registrados en el RUS, régimen que no está afecto y no paga IGV.

 

-Las empresas deben considerar la posibilidad de acumular un crédito fiscal – arrastrable- producto de la diferencia que existiría entre las tasas del IGV de compras (18%), respecto de la tasa reducida del IGV de ventas, lo que podría afectar su liquidez.

 

-De otro lado, cabe señalar que la Ley dispone la rebaja de la tasa del IGV a 8%, pero estaría manteniendo la tasa del Impuesto de Promoción Municipal – IPM del 2%. En consecuencia, la tasa final que tendrían que aplicar las empresas dentro del alcance de la norma sería del 10%. Resulta importante una aclaración respecto a este punto en la norma reglamentaria.

 

-La Ley publicada revela una mala técnica legislativa, para muestra de ello, dos aspectos:

 

  • En el artículo 1 de la Ley se señala que su objetivo es implementar una tasa especial y temporal de impuesto general a las ventas (IGV), para las micro y pequeñas empresas dedicadas a las actividades de restaurantes, hoteles, alojamientos turísticos, servicios de catering y concesionarios de alimentos. No obstante, en el artículo 2 referido al ámbito de aplicación de la Ley, indica que la misma es aplicable a las actividades de restaurantes, hoteles, alojamientos turísticos, y ya no hace referencia a servicios de catering y concesionarios de alimentos.

 

  • Si bien la reducción del IGV entra en vigencia el 01 de setiembre de 2021, la norma otorga 60 días para emitir normas reglamentarias, los cuales vencerían el 11 de octubre de 2022, lo que pone a los contribuyentes en una situación de incertidumbre respecto de la correcta aplicación de Ley durante ese lapso.



Marina Bustamante: Trabajo en equipo llevó adelante a Renzo Costa

Marina Bustamante, la creadora y fundadora de la reconocida marca peruana Renzo Costa, acaba de cumplir 49 años como empresaria en el rubro del cuero, convirtiéndose en todo un ejemplo de perseverancia y emprendedurismo.

 

De ser una empresaria empírica con una empresa emergente que prácticamente trabajaba sola, tuvo que cambiar y reinventarse. Cuando el negocio empezó a crecer, tuvo que delegar funciones iniciando la siguiente etapa que era tener un equipo profesional en marketing y un área digital que los fortaleció y levantó la marca.

 

“Invertimos mucho en este cambio, pero valió la pena porque lo más importante ahora es el trabajo en equipo con gente profesional que llevó adelante el negocio. En la empresa trabajamos de manera horizontal y eso me permitió liberarme un poco de las responsabilidades que tenía”, remarcó.

 

La fundadora de Renzo Costa explicó que su generación pensaba de manera diferente, que una empresa podría llevarse de manera vertical y que todo tenían que hacerlo y controlarlo. “Hemos aprendido que el trabajo en equipo y la formación de nuevos líderes alimentan el desarrollo de una empresa”, recalcó.

 

Asimismo, reconoció que el inicio fue bastante difícil para ella porque empezó en los años 70 y en esa década no se hablaba de mujer empresaria, sino de negociante. “Pero ahora estamos pasando por momentos maravillosos en que las mujeres estamos empoderadas, ocupando los mejores puestos en las universidades, el 80% de las empresas familiares están lideradas por mujeres y somos reconocidas por el sistema financiero como las mejores pagadoras”.

 

La marca Renzo Costa

 

Marina Bustamante aseguró que Renzo Costa ha logrado convertirse en una marca posicionada al contar con un buen producto. Además, el abrir locales directamente y mostrar lo que fabrican al público les ha permitido consolidar la empresa por su calidad. “Hacer las cosas con excelencia nos ha posicionado como marca”, señaló.

 

Actualmente, Renzo Costa también importa productos como billeteras, cinturones y carteras, el 50% lo hacen en Perú y el otro 50% lo compran del exterior.

 

Explicó que con la pandemia pasaron momentos muy difíciles. Sin embargo, pese a esa coyuntura, en octubre del 2020 abrieron un local dentro del Mallplaza Comas y otro en noviembre en Aventura Plaza, y fortalecieron el comercio online de todos sus productos.

 

«Hace cuatro años lanzamos esta nueva línea del e-commerce y ahora representa el 30% de nuestras ventas totales. Hemos tenido una muy buena acogida en este canal porque ya tenemos 49 años en el mercado y somos una empresa que brinda seguridad a los clientes”, concluyó.