• Normas sobre transporte que las empresas deben tener en cuenta

    La CCL da a conocer las disposiciones que el MTC emitió entre agosto y septiembre de este año.

    12 de octubre del 2020
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    Por: Víctor Zavala

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    Con motivo de la COVID-19, entre agosto y septiembre de este año el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) emitió normas sobre licencias y autorizaciones para el transporte de personas y mercancías, que las empresas deben tener en cuenta. A continuación, resumimos dichas normas, indicando su fecha de publicación en el diario El Peruano.

     

    1.- Fase 4 de reactivación económica.- Con el DS 157-2020-PCM (26.09.20) se dispuso que desde el 01.10.20, se reanuden las actividades de emisión de brevetes (centros de evaluación, escuelas de conductores y entidades habilitadas para emitir certificados de salud), así como los servicios ofrecidos por los centros de inspección técnica vehicular, entidades emisoras de certificados de conformidad de vehículos, centros de revisión periódica de cilindrados, certificadoras y talleres de conversión a GNV y GLP, y entidades certificadoras de conformidad, modificación, fabricación y montaje de vehículos.

     

    2.- Protocolo de exámenes para licencias de conducir.- Mediante RD 028-2020-MTC (25.09.20) se aprobó la directiva “Protocolo de evaluación de habilidades en la conducción en la infraestructura cerrada a la circulación vial y en la vía pública, para el otorgamiento de licencias de conducir”. Con ello se estandariza a nivel nacional el procedimiento de evaluación de las capacidades y destrezas del titular de una licencia de conducir para la conducción en la vía pública.

     

    3.-Fiscalización de certificadoras de salud para licencias de conducir.- La Res. 046-2020-Sutran (23.09.20) aprobó la fiscalización de las entidades habilitadas para expedir certificados de salud para postulantes a licencias de conducir.

     

    4.- Fiscalización de escuelas de conductores.- Mediante la Res. 044-2020-Sutran (18.09.20), se aprobó la directiva que regula la fiscalización de las escuelas de conductores por la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (Sutran).

     

    5.- Tarjeta de identificación vehicular electrónica (TIVe).- Con la Res. 131-2020-Sutran (21.09.20) se aprobó la TIVe, a partir de 01.10.20, según el diseño y características que figuran en el anexo de la Res. 131 de Sutran. La TIVe sustituye a la tarjeta de identificación vehicular en soporte físico, sin perjuicio de ello, esta última mantendrá sus efectos y validez.

     

    6.- Pago a concesionarios de transporte.- Con el DU 112-2020 (12.09.20) se faculta al Instituto Metropolitano Protransporte de Lima (Protransporte) concretar una operación de endeudamiento de corto plazo bajo la modalidad de préstamo, con el aval de la Municipalidad Metropolitana de Lima, para financiar la compensación económica a las empresas de los contratos de concesión del servicio de transporte de pasajeros mediante buses troncales y alimentadores del sistema de corredores segregados de buses de alta capacidad (COSAC I) y corredores complementarios.

     

    7.- Prorrogan vigencia de licencias de conducir en zonas de cuarentena focalizada.- Con la Res. 025-2020-MTC (09.09.20) se prorroga la vigencia de las licencias de conducir de vehículos automotores de la clase A, cuyo trámite de revalidación debe ser realizado en los gobiernos regionales de Cusco, Moquegua, Puno, Tacna, Amazonas, Ancash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Huancavelica, Huánuco, Ica, Junín, La Libertad, Lima (no comprende la provincia de Lima Metropolitana), Madre de Dios y Pasco; y cuyo vencimiento se haya producido entre el 01.01.20 y el 30.10.20, según el cronograma que se indica:

     

    7.1.- Vehículos Clase A.- Ver recuadro.

     

    7.2.- Vehículos Clase B.- Hasta el 31.03.21 se prorroga la vigencia de licencias de conducir clase B en lugares con cuarentena focalizada y que hayan vencido entre el 01.01.20 y el 30.10.20.

     

     

    7.3.- Prórroga de vigencia de certificados de salud.- Los certificados de salud para obtener licencias de conducir que hayan vencido entre el 01.01.20 al 30.10.20, se prorrogan hasta el 31.03.21.

     

    7.4.- Autorizaciones para el servicio de transporte.- Hasta el 31.12.20 se prorrogan las autorizaciones para el servicio de transporte de mercancías vencidas hasta el 30.11.20.

     

    8.- Condiciones para asignación de placas de rodaje.- Con el DS 018-2020-MTC (09.09.20) se determinan las condiciones para la asignación de la placa de rodaje.

     

    Se dispone de manera excepcional, hasta el 30.09.20, que se consigne la fecha y número de emisión del comprobante de pago expedido para el propietario adquiriente del vehículo automotor en el Registro de Asignación de Placa Rotativa y la Constancia Complementaria de Uso de Placa Rotativa, en reemplazo de la información de la fecha y número del título, bajo el cual se solicita la inmatriculación en el Registro de Propiedad Vehicular de la Sunarp.

     

    De otro lado, prorroga hasta el 31.12.20 la jornada máxima diaria acumulada de conducción en la prestación del servicio de transporte público de personas (no más de cinco horas continuas en el servicio diurno y no más de cuatro horas continuas en el servicio nocturno; y no más de 10 horas acumuladas en un período de 24 horas).

     

    9.- Guía de calibración en centros de inspección vehicular.- Mediante RD 08-2020-Inacal (07.09.20) se aprueba la guía para la calibración de patrones, equipos e instrumentos de medición autorizados por los centros de inspección técnica vehicular, para realizar las inspecciones técnicas vehiculares.

     

    10.- Subsidio para continuidad del servicio de transporte regular de personas.- Con la Res. 129-2020-ATU/PE (01.09.2020) se establece el 01.09.20 como fecha de inicio de entrega, por parte de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU) , del subsidio económico en favor de las personas naturales y/o jurídicas que prestan el servicio de transporte terrestre regular de personas de ámbito provincial en Lima y Callao, a fin de garantizar la continuidad de dicho servicio.

     

    11.- Obligaciones de operadores de servicio de transporte regular de personas.- Con la Res. 027-2020-ATU/DO (01.09.2020) se establece la obligatoriedad por parte de los operadores, conductores y cobradores del servicio público de transporte regular de personas (Transporte convencional, COSAC I y Corredores Complementarios) de preservar el total de stickers con códigos QR instalados en los vehículos, como mecanismo que permite a los usuarios del sistema de transporte visualizar el registro de limpieza y desinfección de las unidades vehiculares.

     

    El incumplimiento ocasiona sanciones administrativas.

     

    12.- Prorrogan autorización excepcional para brindar servicio de transporte.- Con el DS 017-2020-MTC (01.09.2020) se prorroga el régimen de autorización excepcional respecto de la prestación del servicio de transporte regular de personas, de estudiantes y turístico.

     

    Establece que los transportistas que cuenten con autorización vigente al 15.03.20 podrán realizar dicho servicio sin requerir autorizaciones adicionales hasta el 31.10.20.

     

    13.- Establecen fecha de inicio de funciones transferidas a la ATU por ProTransporte.- Con la Res. 127-2020-ATU/PE (29.08.2020), se estableció el 14.09.20, como fecha de inicio del ejercicio de las funciones transferidas a la ATU, por parte de ProTransporte, en el marco del proceso de fusión por absorción dispuesto por la Ley 30900 que creó la ATU como organismo técnico especializado adscrito al MTC.

     

    14.- Lineamientos técnicos para subsidio a servicio de transporte de personas.- Con la RD 026-2020-ATU/DO (18.08.20) se aprueban los “Lineamientos Técnicos para la Transmisión de Datos GPS y Parámetros Operacionales para el Subsidio del Transporte Regular de Personas”, en el marco de lo dispuesto por el DU 079-2020 con el cual se autorizó a la ATU el otorgamiento excepcional de un subsidio económico en favor de las personas naturales y/o jurídicas y/o propietarios de un vehículo, autorizados y/o habilitados para prestar el servicio de transporte terrestre regular de personas de ámbito provincial en la provincia de Lima y Callao, a fin de garantizar la continuidad de dicho servicio.

     

    15.- Lineamientos para la prevención de la COVID-19 – Transporte especial de personas.- Con la RM 0475-2020-MTC/01 (13.08.2020) se establecen las reglas y procedimientos de salud pública que deben ser observados en la prestación y utilización del servicio de transporte terrestre especial de personas, en las modalidades de transporte social, transporte de trabajadores y transporte en auto colectivo.

     

    16.- Prorrogan uso de placas rotativas.- Con la RD 029-2020-MTC/18 (30.09.2020) se prorroga hasta el 31.12.20 el uso placas rotativas, para la circulación de vehículos que inicien el proceso de inmatriculación de los mismos en el Registro de Propiedad Vehicular y no obtengan la placa de rodaje definitiva dentro del plazo de 15 días previsto.

     

    17.- Lineamientos para servicios de transporte aéreo internacional.- Con la RM 0643-2020-MTC/01 (30.09.2020) se aprueban los lineamientos sectoriales para la prevención de la COVID-19 en la Prestación del Servicio de Transporte Aéreo de Pasajeros a Nivel Internacional.

     

    18.- Lineamientos para servicio de transporte público terrestre.- Con la RM 0641-2020-MTC/01 (30.09.2020), se aprueba el lineamiento sectorial para la prevención de la COVID-19 en el servicio de transporte turístico terrestre.

     

    19.- Reinicio de actividades de transporte por vía aérea a destinos sanitarios.- Con la RM 0642-2020-MTC/01 (30.09.2020) se aprueba el reinicio de las actividades de transporte de pasajeros por vía aérea a través de vuelos internacionales con un máximo de cuatro horas de duración a partir del 05.10.20. Los destinos aprobados son Guayaquil, La Paz, Quito, Bogotá, Santa Cruz, Cali, Medellín, Panamá, Asunción, Montevideo y Santiago.

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