• Independientes con ingresos de hasta S/ 3.208 no pagarán impuesto a la renta

    Contribuyentes con ingresos que no superen los S/ 38,500 al año pueden solicitar la suspensión de retenciones y/o pagos a cuenta vía Internet.

    29 de Diciembre del 2020
    Reproducir:

    image_pdfimage_print

    Los trabajadores independientes (Cuarta Categoría) que emitan recibos por honorarios y perciban ingresos mensuales que no superen los S/ 3.208 mensuales no estarán obligados a efectuar pagos a cuenta del Impuesto a la Renta (IR), de acuerdo con lo establecido por la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat).

     

    También están comprendidos en estas disposiciones aquellos profesionales que tengan funciones de directores de empresas, síndicos, mandatarios, gestores de negocios, albaceas o similares y perciban rentas por dichas funciones y además otras de Cuarta y/o Quinta Categorías, y que el total de lo percibido en el mes no supere S/ 2.567.

     

    Sunat aprueba cronograma para cumplir obligaciones tributarias del 2021

    Sunat: Facturas y recibos por honorarios electrónicos incluirán nuevos datos

     

    Mediante la Resolución de Superintendencia Nº 225-2020/SUNAT, se establecieron los nuevos montos debido al incremento de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), que pasó de 4.300 soles en el 2020 a 4.400 para el año 2021.

     

    La norma también señala que quienes proyecten que sus ingresos por Rentas de Cuarta Categoría o por Rentas de Cuarta y Quinta Categorías, durante el 2021, no superarán los S/ 38,500, podrán solicitar la suspensión de las retenciones y/o sus pagos a cuenta del IR.

     

    En el caso de los directores de empresas, síndicos, mandatarios, gestores de negocios, albaceas o similares, podrán pedir la suspensión cuando los ingresos que proyectan percibir en el ejercicio gravable por Rentas de Cuarta Categoría o por Rentas de Cuarta y Quinta Categorías no superen los S/ 30.800.

     

    En estos dos últimos supuestos, si durante el 2021 se supera el monto antes señalado, según sea el caso, el contribuyente deberá declarar y efectuar el pago del Impuesto a la Renta que corresponda, en vía de regularización.

     

    Suspensión de retenciones

     

    Para presentar la solicitud, el contribuyente debe ingresar al portal de la Sunat (www.sunat.gob.pe) y acceder con su “Clave SOL” a “Sunat Operaciones en Línea”, módulo donde podrá ubicar el Formulario Virtual N° 1609.

     

    Tras consignar la información solicitada y previa validación de los datos, trámite que no demora más de un minuto, podrá imprimir la “Constancia de Autorización” de suspensión, que tiene vigencia desde el día siguiente en que fue generada hasta el 31 de diciembre del 2021.

     

    Para obtener más información, los contribuyentes se pueden comunicar con la central de consultas telefónicas al 0-801-12-100 o 315-0730 y desde su celular llamando al *4000 o visitar el portal www.sunat.gob.pe, donde encontrará orientación y asistencia sin necesidad de salir de casa.

    No hay imágenes cargadas en la galería, por favor desactivar la opción de galeria.

    ESTUDIOS

    EMPRESA

    EXPERIENCIA LABORAL

Entradas Recientes

Perú consolida su posicionamiento como exportador de productos pesqueros en la feria Seafood Expo Global 2024

Llegó la 30.ª edición de la Seafood Expo Global, el evento más grande del sector pesquero a nivel mundial. El pabellón Perú fue organizado por la Cámara de Comercio de Lima (CCL) en colaboración con la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo (PROMPERÚ). El evento se llevó a cabo del […]

Resumen de normas legales – Abril 2024

Actualización del 24 de abril de 2024 ECOSISTEMA DEL LIBRO DECRETO SUPREMO 003-2024-MC (EDICIÓN EXTRAORDINARIA 23/04/2024) Aprueba el Reglamento sobre las medidas estratégicas para el fortalecimiento y posicionamiento del ecosistema del libro y la lectura en el marco de la Ley 31893.  Dispone que el Ministerio de Cultura, a través de la unidad orgánica a […]

Artículos relacionados

Dejar un Comentario

Su dirección de correo no se hará público. Los campos requeridos están marcados *

MAPFRE  hASTA 08/06/2023
Suscríbete Contáctanos