¿Cómo acceder al Programa Impulso MYPERU?: conoce los requisitos

En un contexto de inflación local y global, explicada inicialmente por la interrupción de las cadenas de suministros a nivel internacional debido a la pandemia del COVID-19 y las políticas fiscales expansivas aplicadas para afrontar sus efectos; y agravado, entre otros factores, por la invasión de Rusia a Ucrania; es sumamente importante que se haya publicado el reglamento operativo del Programa Impulso Empresarial MYPE – IMPULSO MYPERU, creado mediante la Ley Nº 31658, publicada el 30 de diciembre pasado.

Y es que, como había manifestado la Cámara de Comercio de Lima (CCL) con anterioridad a la publicación de la referida ley, resulta favorable la constitución de mecanismos que promuevan y faciliten el acceso a financiamiento de las micro y pequeñas empresas (mypes), a través de fondos de garantía que posibiliten a las entidades del sector financiero ofrecer créditos en condiciones competitivas, preferentemente para obtener capital de trabajo y adquisición de activos fijos productivos.

Programa acortará la brecha de acceso al sistema financiero

Esto teniendo en cuenta, resalta el gerente legal de la CCL, Álvaro Gálvez, que este tipo de empresas representan cerca del 99% del tejido empresarial peruano y que registran un limitado acceso al crédito en el sistema financiero, enfrentando a la vez elevadas tasas de interés debido a su categorización de riesgo crediticio.

En esa línea, Gálvez indica que el Programa Impulso Empresarial MYPE- IMPULSO MYPERU aprobado debería contribuir a acortar la brecha de acceso al sistema financiero formal de casi 140.000 mypes, ayudando a la recuperación económica del país, considerando que este segmento empresarial es uno de los más importantes generadores de empleo en el país. En ese sentido, el Instituto de Economía y Desarrollo Empresarial (IEDEP) de la CCL advierte que más de un millón de microempresas formales ya acceden a créditos a través de la banca múltiple y microfinancieras.

Para el IEDEP, el Programa Impulso Empresarial MYPE tendrá un impacto positivo en este importante segmento empresarial, pues, a través de este, se financiarán inversiones en capital de trabajo y activos fijos a tasas menores a las vigentes en el mercado.

“La coyuntura actual de alta inflación y desaceleración económica justifica esta medida que sumará en la recuperación de sectores como servicios, comercio, manufactura y construcción, así como la protección del empleo formal”, menciona el IEDEP.

Sin embargo, añade, que las condiciones del préstamo en términos de plazo, periodo de gracia, tasa de interés y el bono del buen pagador hacen que los S/ 2.000 millones destinados para el actual programa sean insuficientes para la demanda de fondos por parte de las mypes.

“Hay que ser conscientes que estas medidas tienen un alto costo fiscal por lo tanto corresponde a las mypes hacer el correcto uso de los recursos para evitar caer en morosidad”, resalta el IEDEP.

A su vez, la Gerencia Legal de la CCL detalla que el reglamento operativo del referido programa tiene por objeto regular en forma integral los aspectos operativos y disposiciones complementarias que resulten necesarias para su funcionamiento, en lo que se refiere al otorgamiento de garantías a las entidades financieras, los requisitos de elegibilidad de las mypes beneficiarias y el bono de buen pagador, entre otros aspectos.

Garantía del Gobierno Nacional 

El gerente legal de la CCL, Álvaro Galvéz, indica que, para el referido programa, el Gobierno Nacional ha constituido un fondo en fideicomiso, administrado por COFIDE, por S/ 2.000 millones. Dicho  fondo tiene por finalidad cubrir a las Entidades del Sistema Financiero (ESF) y las Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Publico (COOPAC)  ante el riesgo de no pago de los créditos que estas otorguen a las micro y pequeñas empresas en el marco del Programa Impulso Empresarial Mype.

¿Cómo se asignan las garantías a las ESF y COOPAC y cómo ello favorece a una Mype?

Álvaro Gálvez señala que COFIDE asigna las garantías según los beneficios crediticios o reducción de tasas que las ESF o COOPAC apliquen al beneficiario final. El criterio de asignación se da en función de la Tasa de Costo Efectivo Anual (TCEA) ofertada por las ESF o COOPAC.

Con respecto a los límites de las garantías, si el crédito otorgado a la mype es de hasta S/. 30.000, la ESF o COOPAC estará cubierta hasta un 98%, en caso la empresa no cumpla con el pago. Y si el crédito otorgado es superior a S/. 30.000 y hasta S/ 90.000, los créditos serían cubiertos hasta por el 100%.

“La garantía se activaría a los 90 días de atraso en el pago del crédito”, señala Gálvez.

Requisitos

Con respecto a los requisitos de elegibilidad de las mypes para acceder al beneficio, para la obtención de un crédito de hasta S/ 90.000.00, la mype  debe tener el 90% o más de sus operaciones crediticias en el sistema financiero, con calificación de «Normal» o «Con Problemas Potenciales» (CPP), según la Central de Riesgos de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) al momento de aprobación del crédito por parte de la ESF o COOPAC, detalla el gerente legal de la CCL.

En caso de no contar con clasificación en la Central de Riesgos de la SBS al momento de la aprobación del crédito por parte de la ESF o COOPAC, la mype debería haber estado en una categoría de «Normal», considerando los doce (12) meses previos al otorgamiento del crédito, agrega. “Las mypes que no cuentan con clasificación en la Central de Riesgos de la SBS, son consideradas con clasificación “Normal”, precisa Gálvez.

En lo que se refiere al plazo de pago del crédito, este debe ser igual o mayor a 12 meses y hasta un máximo de 60 meses, incluido el periodo de gracia que se otorgue en el que se pagan solamente intereses y que no puede ser menor a seis meses ni mayor a un año.

¿Quiénes no son elegibles para el beneficio?

Álvaro Gálvez indica que las empresas no elegibles para obtener el crédito en el marco del Programa Impulso Empresarial Mype son las vinculadas a las ESF o COOPAC que otorgan los créditos, así como las que se encuentran vinculadas a casos de corrupción o que adeuden pagos de indemnización por el mismo motivo.

Además, no son aptas las empresas que se encuentren inhabilitadas para contratar con el Estado y las que tengan créditos garantizados por el Gobierno Nacional que hayan sido cubiertos por el fideicomiso (por haber incumplido con el pago).

Tampoco pueden acceder al programa las mypes que realicen actividades que tienen procesos de producción o comercio de cualquier producto o actividad que se considere ilegal bajo las normas nacionales o convenios y acuerdos internacionales, incluyendo los relativos a la protección de los recursos de biodiversidad o patrimonio cultural. Esto incluye actividades en las que se incumplan las normas laborales, sectores con percepción social negativa, prostitución, pornografía, fabricación de armamento, producción o comercio de tabaco (excepto el artesanal), producción de narcóticos, juegos de azar, casinos, sustancias que agotan la capa de ozono, comercio de especies biológicas protegidas y actividades en cintra de la voluntad de una población, entre  otras.

¿Cuál es el plazo para acogerse?

Pueden acogerse las empresas mypes hasta el 31 de diciembre de 2023.

Bono del Buen Pagador

Se establece un Bono al Buen Pagador (BBP), a manera de subsidio, que se otorga a las mypes que cumplan con pagar oportunamente el crédito. Dicho bono cuenta con un presupuesto de S/280 millones, que sería financiado con recursos transferidos por el Ministerio de la Produccón (PRODUCE), ayudando a fomentar la cultura de pago, y permitiendo reducir la tasa efectiva del crédito otorgado.

El valor del BBP es equivalente al 15% del monto del crédito o el monto de capital de las dos últimas cuotas del cronograma de pagos; lo que resulte menor.

¿Qué hacer si no cumplo con los requisitos para acceder al programa?

Con respecto a la exigencia de que las mypes deben tener el 90% o más de sus operaciones crediticias en el sistema financiero, con calificación de “Normal” o “Con Problemas Potenciales” (CPP), de acuerdo con la Central de Riesgos de la SBS al momento de aprobación del crédito; cabe preguntarse qué involucra el tener las referidas calificaciones.

Al respecto, la jefa del Registro Nacional de Protestos y Moras (RNPM) de la CCL, Milagros Longa, explica que la calificación “Normal” corresponde a créditos que están al día en sus pagos con una morosidad máxima de siete días; y la calificación “CPP” a los que tienen una morosidad de entre ocho y 89 días.

La experta advierte que, para la evaluación crediticia, no solo se toman en cuenta las deudas con el sistema financiero, sino también las que figuran en el Registro Nacional de Protestos y Moras (RNPM), que contiene información crediticia de personas y empresas a nivel nacional con respecto a títulos valores (letras, cheques, pagarés, warrants, facturas negociables, otros), información reportada por notarías, bancos, Poder Judicial, Cavali, así como por las Cámaras de Comercio Provinciales.

Entonces, lo primero que debe hacer una mype, detalla Milagros Longa, es saber si está o no reportada ante el RNPM. “El servicio Infocrédito del RNPM, es una herramienta de control de crédito, a través de la cual, las mypes pueden revisar cada mes si están reportadas por alguna deuda de documentos impagos, en este caso, títulos valores. Para ello, se deben registrar de manera gratuita en la página web: www.protestosymoras.com”, resalta.

¿Qué pasos seguir para la regularización de un protesto o mora?

La regularización de un protesto o mora, explica Longa, es el procedimiento mediante el cual el deudor deja constancia que ha pagado totalmente un documento protestado o en mora, con la posibilidad de reinsertarse al sistema crediticio y obtener nuevos financiamientos.

El trámite de regularización del protesto, menciona, se puede hacer de manera presencial o en línea presentando la documentación sustentatoria de pago, es decir, la carta de no adeudo o título valor original, el cual es validado con los emisores del documento. “De esta manera, una vez que se tenga la conformidad, se realizará la regularización y actualización del récord crediticio del cliente a nivel nacional”, señala.

¿Qué otro servicio ofrece el RNPM?

En el RNPM también se puede obtener el Certificado Único de Registro –CUR, con el cual se acredita la situación crediticia y/o la de terceros (personas naturales o jurídicas) con respecto a protestos y/o moras de títulos valores. Milagros Longa precisa que existen tres tipos de certificado. Se trata del CUR Negativo (si no se tiene anotaciones registrales, pendientes ni regularizadas) CUR de Regularizaciones (si se tuvo documentos protestados y/o en mora y se regularizaron, se podrá certificar que se ha honrado los compromisos crediticios) y el CUR de Anotaciones (si se tienen documentos protestados y/o en mora, se podrá conocer el detalle de los mismos). Todos estos certificados se emiten en línea, tienen validez de 30 días y vienen con especificación QR y seguridad block chain.

“Con los servicios que brinda el RNPM de la CCL, las mypes tendrán la posibilidad de ser sujetas de crédito nuevamente, mejorar las condiciones de recupero en ventas al crédit, y mantenerse actualizadas”, finaliza.

Para mayores consultas, añade pueden escribir al correo electrónico protestos@camaralima.org.pe o al chat de atención al cliente.

 

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