• Avances en la implementación del BL electrónico

    Esta herramienta digital ayudaría a disminuir los costos y tiempos en el comercio exterior peruano.

    10 de mayo del 2021
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    El comercio internacional es de suma importancia para el desarrollo económico y social en todo el mundo. Un costo importante del comercio global es el requisito regulatorio de enviar grandes volúmenes de información a las autoridades gubernamentales para cumplir con los certificados y los documentos de importación, exportación y tránsito.

     

    Unas de las primeras iniciativas emblemáticas que reducen estos procesos administrativos, son las ventanillas únicas de comercio exterior (VUCEs), la cuales permiten enviar información estandarizada de manera electrónica a través de un único punto de entrada.

     

    No obstante, una serie de desafíos y de puntos críticos impiden desplegar todo el potencial de las ventanillas únicas, entre ellos la falta de interoperabilidad entre las agentes de la cadena logística y la persistencia de procesos obsoletos.

     

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    Con el surgimiento de tecnologías modernas como la inteligencia artificial, la Big Data y el blockchain, nacieron nuevas oportunidades para mejorar la eficiencia, la transparencia y la interoperabilidad del ecosistema del comercio. El blockchain, por ejemplo, puede ayudar a lograr la interoperabilidad entre los participantes, permitiéndoles acceder a los mismos datos de manera simultánea.

     

    Los contratos inteligentes desarrollados sobre blockchain pueden automatizar el cumplimiento de las obligaciones contractuales de los usuarios; y los datos incluidos en dicho sistema constituyen un flujo de información confiable sobre las transacciones pasadas, ya que son inmutables una vez ingresados y validados.

     

    El blockchain junto con la Big Data están siendo ya una solución particularmente útil, junto con otras tecnologías y medidas políticas haciendo frente a algunos de los puntos críticos mencionados anteriormente.

     

    BL Electrónico

     

    Un avance de la incorporación de estas nuevas tecnologías al comercio exterior es la del BL Electrónico. Como se sabe el BL o Bill of Lading es un documento que se utiliza siempre en el transporte marítimo y tiene como función dar testimonio de la entrega de las mercancías a bordo del buque; además, sirve como prueba del contrato de transporte; y, finalmente, constituye un medio para transferir a la otra parte los derechos sobre las mercancías en tránsito, transmitiéndole el documento en papel.

     

    La digitalización de este tipo de documentos ha comenzado a tomar forma. Ya antes de la epidemia de la COVID-19 los principales armadores estaban trabajando para crear estándares comunes de tecnologías de la información, pero la situación generada por la crisis sanitaria ha provocado que las empresas tuvieran que prepararse con rapidez en esta dinámica digital.

     

    La empresa Mediterranean Shipping Company – MSC comenzó a aceptar conocimientos de embarque electrónicos (e-BL) enviados a través de la plataforma blockchain de Wave. Wave BL es un sistema basado en blockchain que utiliza tecnología de contabilidad distribuida para garantizar que todas las partes involucradas en una reserva de envío de carga puedan emitir, transferir, respaldar y administrar documentos a través de una red segura y descentralizada.

     

    Los usuarios pueden emitir todos los originales, negociables o no negociables, e intercambiarlos mediante transmisión directa, cifrada, de igual a igual, y también pueden modificar documentos. Además, el protocolo de comunicación de Wave BL ha sido aprobado por el Grupo Internacional de Clubes de Protección e Indemnización.

     

    Esta alternativa digital da la posibilidad de disminuir los documentos impresos tradicionales, siendo más seguro y rápido al momento de realizar una transferencia de información. Otra empresa que ya empezó a utilizar esta plataforma es el operador israelí Zim, que opera una serie de servicios de alta mar junto con MSC y su socio de 2M, Maersk.

     

    Ahorros

     

    Según la Asociación de Envío de Contenedores Digitales, si el 50% de todos los BL se emitieran electrónicamente, la industria podría ahorrar más de US$ 4.000 millones por año, además de permitir transferencias de documentos más rápidas “que, a su vez, conducen a una ciclo de pago más ágil y los procesos electrónicos son mucho menos susceptibles a falsificaciones, fraudes, pérdidas o errores humanos”.

     

    Según la línea naviera con este sistema de BL electrónico (e-BL) no hay más papeleo, costos de envío, retrasos o interrupciones; permitiendo a los usuarios simplemente transferir el documento mediante un solo clic.

     

    Ventajas

     

    Algunas ventajas que ofrece este e-BL: 1. Más seguro: No hay riesgo de pérdida de documentos, falsificación o fraude. 2. Más rápido: El documento se transfiere en instantes, en lugar de semanas. 3. Más ecológico: Proceso sin papel, reducción de la huella de carbono. 4. Más sencillo: Plataforma fácil de usar, accesible desde cualquier dispositivo y disponible 24/7. 5. Rentable: No hay gastos de mensajería y se reducen las comisiones bancarias.

     

    Debemos tener en cuenta que el asunto de implementar el e-BL no es algo “novedoso” ya que hace algunos años, en 1990, el Comité Marítimo Internacional (CMI) publicó las ‘Rules for Electronic Bills of Lading’ y a fines de esa década se fundó ‘The Bill Of Lading Electronic Registry Organization’, entidad que valida los documentos con el uso de estándares SSAE16 y gestión de seguridad certificada por la ISO 27001: 2013.

     

    También debemos tomar en cuenta que la emisión de conocimientos electrónicos, encuentra sustento en los principios de buena fe y de neutralidad tecnológica; y especialmente en el principio de “equivalencia funcional de los actos empresariales electrónicos», que resulta fundamental en el comercio electrónico, principio que informa que los actos jurídicos electrónicos, como lo son los contratos de transporte marítimo en régimen de e-BL, equivalentes funcionalmente con los BL emitidos en soporte papel.

     

    Este principio está contemplado en la Convención de las Naciones Unidas sobre Garantías Independientes y Cartas de Crédito Contingente (Nueva York, 1995) y también lo está en la Ley Modelo sobre Comercio Electrónico (1996) de la Comisión de las Naciones sobre Derecho Mercantil Internacional (Uncitral) que ha sido una fuente importante en la elaboración de las leyes sobre comercio electrónico de varios países.

     

    Existen varios ordenamientos jurídicos en el mundo que permiten la contratación electrónica. En el Perú, por ejemplo, la contratación electrónica está normada desde el año 2000 cuando se aprobó la Ley N° 27291 que modificó el Código Civil de 1984. Esta Ley permite la utilización de los medios electrónicos para la manifestación de voluntad y la utilización de la firma electrónica.

     

    Esperemos que en el Perú también se llegue a utilizar esta alternativa digital, en el corto plazo, ya que ayudaría a disminuir los costos y tiempos en el comercio exterior peruano.

     

     

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