• Aprueban fraccionamiento especial de deuda tributaria: todo lo que necesitas saber

    Nuevo decreto legislativo permite a los contribuyentes regularizar deudas tributarias con condiciones especiales y descuentos significativos, facilitando el cumplimiento de sus obligaciones fiscales antes del 20 de diciembre de 2024.

    9 de septiembre del 2024
    El fraccionamiento permite a los contribuyentes regularizar deudas tributarias, siempre que estas sean exigibles hasta el 31 de diciembre de 2023.
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    Por: Álvaro Gálvez Calderón

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    El 30 de agosto de 2024 se publicó el Decreto Legislativo 1634, que establece un fraccionamiento especial de la deuda tributaria administrada por la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat). Este es una herramienta diseñada para facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte de los contribuyentes, ofreciendo condiciones favorables para la regularización de deudas acumuladas.

     

    Alcance del Fraccionamiento Especial

     

    El fraccionamiento permite a los contribuyentes regularizar deudas tributarias, siempre que estas sean exigibles hasta el 31 de diciembre de 2023. Las deudas elegibles incluyen:

    • Impuesto a la Renta.
    • Impuesto General a las Ventas (IGV).
    • Impuesto Selectivo al Consumo (ISC).
    • Impuesto de Promoción Municipal.
    • Impuesto Especial a la Minería.
    • Derechos arancelarios, entre otros.

     

    Estas deudas pueden estar contenidas en resoluciones de determinación, órdenes de pago, resoluciones de multas, liquidaciones de cobranza, y otras resoluciones emitidas por la Sunat, asimismo, se incluyen los saldos de aplazamientos y fraccionamientos vigentes o aquellos que se encuentren con causal de pérdida. También son elegibles las deudas impugnadas o en proceso de cobranza coactiva.

     

    Deudas Excluidas

     

    No todas las deudas pueden acogerse a este fraccionamiento. Están excluidas las siguientes:

     

    • Deudas incluidas en procedimientos concursales.
    • Tributos retenidos o percibidos (IR cuarta y/o quinta categoría; IR no domiciliados; IGV), así como las aportaciones a EsSalud.
    • Deudas con resolución judicial firme y/o consentida al 31 de agosto de 2024 que cuenten con una carta fianza de acuerdo con el Código Tributario.
    • Recargos definidos en la Ley General de Aduanas​.

     

    Sujetos excluidos

     

    Están excluidos del fraccionamiento especial:

     

    • Personas naturales con sentencia condenatoria vigente por delitos tributarios o aduaneros.
    • El sector público nacional, con la excepción de empresas que forman parte de la actividad empresarial del Estado.
    • Sujetos comprendidos en la Ley N.º 30737, que asegura el pago inmediato de la reparación civil en casos de corrupción y delitos conexos.

     

    Modalidades de pago

     

    El Decreto Legislativo 1634 ofrece tres modalidades de pago para los contribuyentes que decidan acogerse al fraccionamiento:

    1. Pago al contado: ofrece un bono de descuento que puede variar entre el 50 % y el 100 %, dependiendo del rango de la deuda.
    2. Pago sumario: permite el pago en hasta tres cuotas mensuales consecutivas, tras una cuota inicial del 25 %. Esta opción también incluye un bono de descuento similar al del pago al contado.
    3. Pago fraccionado: permite fraccionar la deuda en hasta 72 cuotas mensuales, con una cuota inicial del 10 %. El bono de descuento para esta modalidad puede ser de entre el 30 % y el 90 %, dependiendo del monto de la deuda​

     

    Para las modalidades de pago sumario y fraccionado, es obligatorio presentar garantías si la deuda supera las 200 Unidades Impositivas Tributarias (UIT).

     

    Bono de descuento

     

    El bono de descuento se aplica a los intereses, actualizaciones e intereses capitalizados, así como a las multas y sus respectivos intereses. Este bono varía en función de la modalidad de pago elegida y del monto total de la deuda. Los contribuyentes que opten por el pago al contado pueden beneficiarse de hasta un 100 % de descuento sobre los intereses y multas.

     

    Plazo de acogimiento

     

    El plazo para acogerse al fraccionamiento especial vence el 20 de diciembre de 2024. Es fundamental que los contribuyentes interesados evalúen su situación y realicen la solicitud antes de esta fecha para aprovechar las ventajas que ofrece el decreto​.

     

    Transparencia

     

    Vencido el plazo de acogimiento, la Sunat publicará en su portal web la cantidad total de contribuyentes y el monto acogido, agrupándolos según tramos de ingresos, actividad económica, entre otros.

     

    Reglamentación

     

    El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) dictará las disposiciones reglamentarias para la aplicación de esta norma, dentro de los 60 días calendario a partir del 31 de agosto de 2024

     

    LEER MÁS:

    Problemas con el nuevo perfil de cumplimiento tributario

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    Nuevo decreto legislativo permite a los contribuyentes regularizar deudas tributarias con condiciones especiales y descuentos significativos, facilitando el cumplimiento de sus obligaciones fiscales antes del 20 de diciembre de 2024.

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