Aprueban dictamen para eliminar régimen laboral de Ley de Promoción De Exportaciones No Tradicionales
La Comisión de Trabajo del Congreso ha aprobado el dictamen del Proyecto de Ley 805-2021, que pretende eliminar el Régimen Laboral del Decreto Ley 22342, de Promoción De Exportaciones No Tradicionales, régimen que ha promovido la creación de empleos de manera sostenida en el sector durante los últimos años.
La CCL, reiteradamente ha manifestado, que el referido régimen laboral es uno de los pilares del desarrollo de las exportaciones no tradicionales, que absorbe gran número de mano de obra en el país, y promueve la formalidad en la contratación, no sólo en el sector agroindustrial, sino también por empresas industriales de sectores como el Textil Confecciones, Metalmecánica, Siderometalúrgico, y otros.
Es importante recordar, que los trabajadores bajo este régimen especial, gozan de todos los beneficios y derechos laborales conferidos por ley, tales como gratificaciones, vacaciones, derecho a la seguridad social, utilidades cuando corresponda, licencia por maternidad, asignación familiar, entre otros. Asimismo, la ley vigente permite que se contraten trabajadores por plazos fijos, de manera condicionada a la existencia de requerimientos del exterior que deben ser atendidos para poder cumplir con la exportación de los productos, lo cual tiene que estar sustentado por la empresa.
La Comisión de Trabajo del Congreso no toma en cuenta que este tipo de contratos existen porque la demanda internacional es muy variable y sujeta a demanda por temporadas. Si las empresas peruanas están exigidas a mantener una estructura de costos fija y rígida, no podrán competir con las de otros países que disputan los mismos mercados. Esta situación es incluso más crítica en la agroindustria, que se encuentra condicionada por la temporalidad de las cosechas. Si las empresas no son competitivas, no podrán colocar sus productos en el exterior y por lo tanto no seguirían contratando trabajadores.
El dictamen aprobado no solo elimina el régimen especial, sino que dispone que todos los trabajadores, actualmente bajo dicho régimen, que tengan cinco años de labores pasen automáticamente a tener contratos de plazo indeterminado; y aquellos cuyos contratos venzan, no podrán ser contratados nuevamente bajo el régimen especial, lo que probablemente signifique en la práctica que muchos de ellos caigan en desempleo.
El efecto de la norma, si fuera aprobada en el Pleno del Congreso, no será que las empresas vayan a recontratar a estos trabajadores a tiempo indeterminado, si no por el contrario, es altamente probable que disminuyan sus contrataciones; toda vez que la decisión de incorporar personal se realiza en base a un análisis de carácter económico, financiero y estratégico de las compañías; y la eliminación del régimen especial desincentiva nuevas contrataciones al restarles competitividad en el mercado internacional.
Impacto
De aprobarse esta norma, el impacto en el corto plazo será la pérdida de competitividad en el exterior, que generará disminución de las órdenes de compra; por lo tanto, las empresas reducirán o postergarán sus proyectos de inversión, y no podrán absorber la mano de obra que hoy emplean. El otro escenario, indeseado, pero lamentablemente probable, es que esta norma termine promoviendo la informalidad laboral.
Adicionalmente, hay recordar que este régimen ha sido reconocido y validado por el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia – Expedientes N° 2851-2009, N° 2109-2011 y N°725-2012 -, exigiendo únicamente que no sea desnaturalizado por incumplimiento de los requisitos especiales para calificar al empleador como exportador no tradicional y que las actividades para las que fue contratado el trabajador estén vinculadas a la fabricación de productos no tradicionales cuya exportación motivó su contratación, lo cual debe ser materia de permanente fiscalización.
Asimismo, cabe resaltar el hecho de que en cada uno de los Acuerdos Comerciales Internacionales suscritos por el Perú; el Régimen Laboral del Decreto Ley ha sido revisado y validado por las contrapartes, aceptándose que se encuentra adecuado a las normas internacionales de carácter laboral.
Esperamos que el Congreso de la República, tenga presente que la prioridad en el país es preservar los empleos existentes y a la vez promover la creación de nuevos empleos formales, y no poner dificultades a su contratación.