• Acción Gremial CCL – Del 1 de Setiembre al 31 de Octubre de 2022

    7 de noviembre del 2022
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    Encuentro regional de influencia sobre trabajo decente

    La Comisión de la Mujer Empresaria CCL, participó en el Encuentro Regional de Influencia sobre trabajo decente para jóvenes con enfoque de género, este evento se llevó a cabo en Guatemala y fue promovido por Plan Internacional, donde participaron los representantes del sector público, privado, la OIT, la Academia y la Sociedad Civil. En el mencionado evento, se identificaron las políticas públicas, propuestas normativas y oportunidades para la mejora de las condiciones de empleabilidad y emprendimiento en beneficio de los jóvenes en América Latina y Centro América.

     

    Accesos al aeropuerto internacional Jorge Chávez

    Se transfirió la preocupación institucional respecto a la demora y falta de coordinación de las obras de conectividad del aeropuerto, dado que el nuevo terminal de pasajeros será entregada al 2025 y las obras de vía de acceso a cargo del Poder Ejecutivo y el estudio de impacto ambiental de la Vía Expresa Santa Rosa a cargo de Provías que hasta la fecha no se tiene conocimiento de la ejecución, pero si tiene una fecha de entrega al año 2007. Como se puede ver, todas estas faltas de coordinación y planificación de las vías de ingreso y salida al aeropuerto afectan tanto al turismo y comercio exterior. Por lo que la CCL ve por conveniente convocar a los sectores responsables, ATU, Ministerio de Transportes y Comunicaciones y Ministerio Comercio Exterior y Turismo, para pedir explicaciones y buscar posibles soluciones a los problemas.

     

    Advertencias nutricionales en los alimentos procesados

    La CCL muestra su preocupación sobre la posición adoptada por el Ministerio de Salud, en relación con la forma correcta de publicitar las advertencias nutricionales en los alimentos procesados, dado que mediante el DS.N° 012- 2018-SA, se aprobó el Manual de Advertencias Publicitarias que ha sido prorrogado hasta por tres oportunidades. Dicho esto, exhortamos a reconocer los compromisos asumidos por el Perú al adherirse a la Organización Mundial de Comercio y en específico a las obligaciones señaladas en el Acuerdo de Obstáculos Técnicos al Comercio, dado que prohibir el uso de las etiquetas autoadhesivas perjudica las importaciones de las grandes y pequeñas empresas. Asimismo, perjudica a las pequeñas productoras peruanas, las cuales asumen un costo de etiquetado para atender el mercado local y un costo adicional para atender al extranjero.

     

    Correcta aplicación de la ley de relaciones colectivas de trabajo y su reglamento, en beneficio de la reactivación económica nacional

    La CCL apoya la iniciativa del Proyecto de Ley N° 2796/2022-CR, dado que el DS. N° 014-2022-TR desnaturaliza el marco normativo del derecho a la sindicalización de trabajadores independientes tales como locadores de servicios o modalidades similares. Además, permite que los trabajadores puedan afiliarse directamente a federaciones o confederaciones, sin la necesidad de encontrase afiliados a un sindicato. Todos estos cambios, generan un evidente desequilibrio en las relaciones colectivas del trabajo. Asimismo, se da la facilidad para formar sindicatos dentro de los grupos empresariales, cadenas productivas o de redes de subcontratación; buscando así incrementar el número de trabajadores protegidos por el fuero sindical.

     

    Modificación de la normativa sobre guías de remisión

    Se transfirió la preocupación de la institución sobre la Resolución de Superintendencia Nº 000123-2022/SUNAT, que modifica el artículo 6 de la Resolución de Superintendencia Nº 255-2015/SUNAT, que indica que solo podrá iniciarse el traslado de la mercancía, cuando se cuente con la Constancia de Recepción – CDR con la condición de “aceptado” y cuando se opte por utilizar el formato impreso. Esto solo será posible cuando se genere y reciba la respectiva URL, que servirá para armar el código QR, de modo que la impresión del formato dependerá de la recepción del CDR aceptado. Si en caso no sea recibido oportunamente, impedirá la impresión del formato y el consecuente inicio del traslado de la mercancía. En el supuesto de poner en práctica esta iniciativa, de vez en cuando se producen casos de desconexión de los sistemas de SUNAT lo que podría ocasionar que no se cuente con una respuesta oportuna en el proceso de validación/aceptación del CDR para permitir la impresión del formato y por ende la salida de la mercancía. Situación que se agrava tratándose de empresas que venden y transportan productos de consumo masivo. Cabe resaltar que la misma norma ha eliminado la “Guía – Factura”, documento que se usa a nivel nacional para el traslado de mercancías, que no tiene inconveniente para el control respectivo por parte de la SUNAT; por lo que no se entienden las razones de su supresión, por lo que la CCL solicita que se dicten las medidas de corrección que correspondan, a fin de facilitar el cumplimiento de las obligaciones relacionadas con el traslado de mercancías.

     

    Medidas y facilidades para el cobro de deudas tributarias

    La CCL no respalda el Proyecto de Ley N° 2360/2021-CR: Ley que establece medidas excepcionales para el cobro de las deudas tributarias a las grandes empresas dado que la finalidad de la norma no consiste en facilitar el pago de adeudos tributarios sino de establecer mecanismos que faciliten el cobro del Estado; asimismo, se declara que este proyecto lesiona derechos constitucionales como el debido proceso, la libertad de prensa y la libertad de contratación. Además, se menciona la incongruencia entre lo señalado en el título de la ley propuesta y su objetivo. Por otra parte, debido a que la SUNAT mantiene litigios con contribuyentes por controversias administrativas o judiciales, la CCL precisó su respaldo al Proyecto de Ley 1814/2021-CR que propone un régimen excepcional de incentivos para el pronto pago de las deudas tributarias que mantienen las empresas con la SUNAT mediante facilidades de pago al contado, descuento de intereses moratorios, multas y costos de cobranza administrativa o coactivo; debido a tratarse de una iniciativa voluntaria no coaccionada, a diferencia del anterior proyecto de Ley mencionado.

     

    Zona franca y zona comercial de amazonas

    La CCL expresa su posición contraria al Proyecto de Ley 2501/2021, debido a su carencia de sustento técnico y formulación ya que no se asigna ninguna función o competencia al mismo, y establece la exoneración de “todo tributo” a usuarios que realicen actividades de producción, investigación, industrialización, agroindustria y servicios que se realicen en la zona franca, pero no establece quienes serán usuarios, ni los alcances de las referidas categorías, tampoco establece las condiciones para aplicar dicha exoneración, y no hace referencia alguna a la ubicación de la zona franca propuesta e incluso no precisa que es lo que se pretende controlar ni cuál entidad tendría dicha función. Asimismo, la mayoría de las zonas francas a nivel nacional no se encuentran operativas y, aun así, existe una tendencia creciente en iniciativas legislativas que buscan promover sus creaciones. En esta línea de ideas, la CCL propone la adoptación de un nuevo modelo de Zonas Económicas Especiales (ZEE) que sea moderno, eficiente y basado en criterios técnicos, con la finalidad de generar beneficios tangibles en la economía, en términos de inversiones, empleo, transferencia tecnológica y desarrollo en la Región donde se instalen.

     

    En contra de la prohibición de las llamadas spam

    La CCL está en contra del Proyecto de Ley 2942/2022-CR que propone modificar la Ley 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor, respecto a la prohibición de las llamadas spam debido a que implicaría una grave vulneración del derecho constitucional a la libertad de empresa, bajo una supuesta protección del derecho a la privacidad, paz y tranquilidad de los ciudadanos. Por ende, el presente proyecto de Ley afecta de manera desproporcionada la libertad de organización de las empresas, en relación a sus actividades de promoción y publicidad. Por lo que la CCL recomienda que Indecopi realice una mayor difusión del derecho al consumidor, para que este al primer contacto vía telefónica tenga la opción de dar su consentimiento o manifestar su negación para no recibir llamadas de publicidad no solicitadas.

     

    Respaldo a la incorporación de la cláusula anticorrupción en los procesos de contratación estatal

    La CCL expresa su respaldo al proyecto de Ley N° 863/2021-CR que incorpora la cláusula anticorrupción en los contratos suscritos por el Estado a razón de contribuir a la prevención de los hechos delictivos de corrupción y de brindar una respuesta efectiva frente a la comisión de estos comportamientos. Asimismo, se sugiere que se incorpore al proyecto una disposición que señale la obligación de establecer, a nivel reglamentario, los procedimientos operativos que permitan operativizar la incorporación de esta cláusula, teniendo en cuenta las peculiaridades de los contratos, sin afectar sus fines y oportunidad de contratación.

     

    Posición a favor en la creación de la Autoridad Nacional de Integridad Pública

    La CCL expresa su posición a favor del Proyecto de Ley 709-2021-CR que busca crear la Autoridad Nacional de Integridad Pública como organismo rector del Sistema Nacional de Integridad Pública, Transparencia y Ética Pública, encargado de asegurar el cumplimiento de las políticas públicas en materia de integridad y transparencia. Sin embargo, resalta la extrañeza de la falta de mención del rol de la Autoridad Nacional de Servicio Civil – SERVIR en relación con la integridad de los funcionarios y mecanismos de sanción, por lo cual la CCL sugiere desarrollar en la exposición de motivos el sustento por el cual no existirían funciones superpuestas entre SERVIR y la creación de la Autoridad Nacional de Integridad Pública. Asimismo, recomienda que la selección de los miembros de esta nueva entidad se realice mediante un concurso público transparente a fin de elegir a candidatos que cumplan con requerimientos idóneos de formación, conocimientos técnicos y solvencia ética y moral.

     

    Tasa de diez por ciento (10%) a los espectáculos públicos no deportivos

    La CCL expresa su opinión en contra del Proyecto de Ley N° 1899/2021-CR, iniciativa legislativa que propone gravar un impuesto del 10%, cuando el valor promedio ponderado de la entrada a dichos espectáculos sea superior al 3% de una UIT. Se debe tener en cuenta que tales espectáculos ya se encuentran gravados con el IGV del 18%, que incluye el 2% del Impuesto de Promoción Municipal, recaudación que en forma íntegra forma parte de los recursos del Fondo de Compensación Municipal, de tal manera que de aplicarse el impuesto como propone el Proyecto de Ley significaría gravar con dos impuestos un mismo hecho imponible. Adicionalmente, estas actividades en cuestión pagan entre el 5% y 6% por derechos de autor. Por lo que, de aprobarse esta iniciativa, tendría como consecuencia encarecer aún más los conciertos musicales, perjudicando no solo a las empresas ligadas a estas actividades, sino también al consumidor.

     

    Protección de los datos personales de los ciudadanos y mejora de la idoneidad del servicio al cliente

    La CCL se pronunció en contra respecto al Proyecto de Ley 3131/2022-CR que propone modificar el artículo 58° de la Ley Nº 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor respecto derecho del consumidor a la protección contra los métodos comerciales agresivos o engañosos. En primer lugar, las llamadas preventivas de pago constituyen un mecanismo idóneo, ya que tienen por objeto recordar a los consumidores, el vencimiento de los plazos preestablecidos para el cumplimiento de sus obligaciones. En segundo lugar, respecto al registro previo de consumidores, la normativa vigente señala que puede haber un primer contacto con el potencial usuario para ofrecerle sus bienes o servicios y solo luego de su rechazo expreso, esté impedido de continuar con su ofrecimiento. Asimismo, exigir contar con una autorización de la Dirección General de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos para que no recolecten información indebida, constituye una barrera de acceso al mercado no razonable ni proporcional para lograr el objetivo que se propone. Finalmente, prohibir el uso de tecnologías como contestadoras robóticas, va en contra de los avances tecnológicos en el quehacer empresarial.

     

    Responsabilidad administrativa de las personas jurídicas, para fortalecer la investigación del cohecho nacional, trasnacional y otros delitos

    La CCL sugiere que se promueva un amplio debate con la participación de los sectores involucrados para evaluar la pertinencia del Proyecto de Ley 676/2021-PE, dado que propone incorporar delitos adicionales tales como el delito de terrorismo, delitos tributarios y aduaneros, contabilidad paralela, administración fraudulenta, defraudación tributaria. Asimismo, propone la extensión de los alcances de la Ley a las personas jurídicas extranjeras, domiciliadas o no en el país, que realicen o desarrollen actividades en el territorio nacional, o tengan agencia, filial, sucursal o cualquier subordinada, que celebre cualquier tipo de contrato u acto análogo o realice cualquier negocio en el país. También, eliminaría las limitaciones para establecer responsabilidad en caso de escisión, fusión, absorción de la persona jurídica, estableciendo una restricción de la intervención de la SBS respecto del Modelo de Prevención que elaboren las personas jurídicas, disponiendo que el informe técnico correspondiente se haría solo a requerimiento del fiscal.

     

    Regular el uso de robots de conversación a través de mensajería instantánea y llamadas telefónicas para la atención de clientes

    La CCL solicita el archivamiento del Proyecto de Ley Nº 3029/2022-CR, que precisa que se garantice la atención de una persona física como primera opción y la atención de un robot como segunda opción, existiendo una regulación poco clara y que no se condice con la realidad del mercado, dado que tendría impacto negativo en la economía, el desarrollo de la industria y hasta en los propios consumidores. Además, genera una barrera de entrada y desincentivo al comercio electrónico y a la innovación ante las cargas económicas, tecnológicas y legales que el Proyecto generaría. Con el uso de estos medios tecnológicos, el consumidor tiene acceso las 24 horas del día desde cualquier dispositivo al establecer comunicación con un asistente virtual, sea mediante chat o llamada, al acceso de información sobre una queja, reclamo o solicitud. Dicho ello, el Código de Protección y Defensa del Consumidor ya cuenta con adecuada regulación genérica para el cumplimiento de los deberes de información y atención de los proveedores, aplicable a los reclamos, quejas, consultas y/o solicitudes realizadas por cualquier canal, entre ellos, los virtuales.

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