Treinta municipios de Lima y Callao otorgan nuevas facilidades para el pago de deuda tributaria

Un total de 30 municipalidades de Lima y Callao han aprobado diversas ordenanzas y decretos de alcaldía con el fin de otorgar nuevas facilidades a los contribuyentes para el pago del impuesto predial y arbitrios del año 2020, según informó la Cámara de Comercio de Lima.

 

“Debido al estado de emergencia sanitaria y económica que afecta a los contribuyentes, los municipios ofrecerán descuentos y la condonación de multas e intereses moratorios a los vecinos que no hayan pagado de manera oportuna el impuesto predial y los arbitrios del año 2020”, manifestó Víctor Zavala, gerente del Centro Legal de la CCL.

 

Estos beneficios se concederán siempre que las deudas se paguen dentro del plazo fijado por cada municipalidad, que en la mayoría de los casos vencerá el miércoles 30 de septiembre de 2020.

 

Las municipalidades que darán facilidades tributarias a los vecinos de su jurisdicción son: Santa Anita, San Luis, Surco, Barranco, Lurín, Ventanilla, Asia, Comas, Chorrillos, San Isidro, San Juan de Lurigancho, Lince, Villa María del Triunfo, La Punta, Pucusana, Los Olivos, Callao, Carmen de la Legua, Miraflores, Lurigancho Chosica, Rímac, Mi Perú, San Juan de Miraflores, Pueblo Libre, Surquillo, Ate, Carabayllo, Punta Negra, Lima y El Agustino.

 

El porcentaje de rebaja de las multas e intereses moratorios, descuentos, así como las fechas de vencimiento varían según lo dispuesto por cada municipio (ver cuadro adjunto).

 

MUNICIPALIDADES QUE DARÁN FACILIDADES PARA EL PAGO DE ADEUDOS

 

Municipalidad  Alcances de la norma municipal Vencimiento
Santa Anita Prórroga de beneficios tributarios. 30/09/20
D.A 11 (05.09.20)
San Luis Beneficios por regularización tributaria. 31/12/20
Ord. 295 (05.09.20)
Surco Beneficios por pago de deudas tributarias. 31/10/20
Ord. 628 (03.09.20)
Barranco Beneficio por pago de deudas tributarias. 30/09/20
Ord. 548 (03.09.20)
Lurín Beneficios tributarios por COVID-19. 30/09/20
Ord. 400 (02.09.20)
Ventanilla Prórroga de vigencia de beneficios tributarios. 30-09-20 
D.A 11 (30.08.20)
Asia Beneficios tributarios a contribuyentes. 31/10/20
D.A 02 (01.09.20)
Comas Beneficios tributarios y no tributarios. 30/11/20
D.A 07 (26.07.20)
Chorrillos Beneficios tributarios y no tributarios. 31/10/20
D.A 08 (31.08.20)
San Isidro Condonación de intereses moratorios. 30/09/20
D.A 12 (31.08.20)
San Juan de Lurigancho Prórroga de beneficios tributarios. 30/09/20
D.A 08 (31.08.20)
Lince Prórroga de beneficios tributarios. 31/12/20
D.A 10 (29.08.20)
Villa María del Triunfo Beneficios tributarios por COVID-19. 30/09/20
D.A 09 (31.08.20)
La Punta Prórroga del programa para pago de deudas. 15/10/20
D.A 04 (31.08.20)
Pucusana Beneficios tributarios por COVID-19. 30/09/20
Ord. 285 (21.08.20)
Los Olivos Beneficios por pago de deudas tributarias. 31/10/20
Ord. 530 (15.08.20)
Callao Beneficios tributarios y no tributarios. 30/12/20
Ord. 07 (04.08.20)
Carmen de la Legua Beneficios por pago de deudas tributarias. 31/10/20
D.A 08 (02.08.20)
Miraflores Beneficios tributarios por COVID-19. 31/10/20
D.A 13 (31.07.20)
Lurigancho Chosica Beneficios tributarios y no tributarios. 31/10/20
Ord. 298 (31.07.20)
Rímac Prórroga para pago del predial y arbitrios. 31/10/20
D.A 04 (31.07.20)
Mi Perú Prórroga de vencimiento de obligaciones tributarias. 31/12/20
Ord. 05 (17.07.20)
San Juan de Miraflores Beneficios por pago de deudas tributarias. 31/12/20
Ord. 433 (21.07 20)
Pueblo Libre Beneficios tributarios por deudas. 30/09/20
Ord. 571 (06.09.20)
Surquillo Régimen de incentivos tributarios. 30/09/20
D.A 05 (04.09.20)
Ate Prórroga de condonación de deudas tributarias. 31/12/20
D.A 13 (31.07.20)
Carabayllo Beneficios por regularización de deudas. 90 días
Ord. 436 (07.07.20)
Punta Negra Beneficios por regularización tributaria. 30/09/20
D.A 08 (31.08.20)
Lima Descuentos y beneficios tributarios. 30/09/20
D.A 09-2020-SAT
El Agustino Prórroga de beneficios tributarios. 15/09/20
Aviso Web

 

Hay que tener en cuenta que luego que se cumplan los plazos establecidos, los contribuyentes deberán pagar las multas e intereses conjuntamente con el impuesto predial y los arbitrios que adeuden, que en ciertas municipalidades no solo corresponden al año 2020 sino también a ejercicios anteriores.