TC: Es constitucional emisión de comprobantes electrónicos con apoyo de OSE

El Tribunal Constitucional (TC) declaró que es constitucional la emisión de comprobantes de pago electrónicos con el apoyo de terceros: los Operadores de Servicios Electrónicos (OSE).

 

Ello de acuerdo a la Sentencia 0005-2019-PI/TC publicada el 27 de enero de 2021 en el portal del TC, mediante la cual el Pleno del TC declara infundada la demanda de inconstitucionalidad del Decreto Legislativo 1314, interpuesta por la Junta de Decanos de Colegios de Contadores Públicos del Perú, contra el Poder Ejecutivo que aprobó la norma en cuestión.

 

Como se recordará, en febrero de 2019 la Junta de Decanos de los Colegios de Contadores interpuso demanda de inconstitucionalidad de varios artículos del D. Leg. 1314, que permite a los OSE realizar labores técnicas para la emisión y validación de los comprobantes de pago electrónicos, que emiten los contribuyentes en nuestro país.

 

La Junta de Decanos, al sustentar su demanda contra el Poder Ejecutivo que aprobó la norma, sostuvo que las disposiciones contenidas en el D. Leg. 1314 vulneran los derechos al secreto y a la inviolabilidad de las comunicaciones y de los documentos privados, así como los derechos a la intimidad personal y familiar reconocidos por la Constitución Política.

 

Jurisprudencia del Tribunal Fiscal

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El Poder Ejecutivo, al contestar la demanda argumentó que el D. Leg. 1314 se ha expedido con el propósito de formalizar y lograr la reactivación económica, mediante el uso de las nuevas herramientas electrónicas; y sostuvo que la intervención de los OSE no transgrede los derechos de inviolabilidad de las comunicaciones.

 

Fiscalización

 

Asimismo, se precisó que los comprobantes electrónicos están sujetos a la inspección y a la fiscalización por parte de Sunat, además, aclaró que los usuarios privados son los que eligen a los OSE, para la emisión y validación de los comprobantes de pago electrónicos que emiten.

 

El Tribunal Constitucional, al analizar el derecho de contratación y el derecho a las comunicaciones, considera que el D. Leg. 1314, que faculta a los contribuyentes a contratar con los OSE, para la emisión y validación de sus comprobantes de pago es constitucional.

 

Ello porque esta opción que tienen los contribuyentes se ejerce mediante una pluralidad de ofertantes de estos servicios (OSE), los que han sido calificados y autorizados por la Administración Tributaria, y están inscritos en el Registro de Operadores Electrónicos, por tanto, sujetos a control y fiscalización de las labores técnicas que realizan en apoyo a los contribuyentes.

 

Seis magistrados del TC, excepto el magistrado Ernesto Blume – quien emitió voto singular en contra – declararon por mayoría, infundada la demanda de inconstitucionalidad interpuesta por la Junta de Decanos de los Colegios de Contadores Públicos del Perú. Con ello, el TC reconoce la constitucionalidad del D. Leg. 1314 que regula el apoyo técnico de los OSE para la emisión y la validación de los comprobantes de pago electrónicos que emiten los contribuyentes.