Facturación electrónica: Cuatro beneficios de un OSE para los negocios

Este año, la Superintendencia de Aduanas y Administración Tributaria (Sunat) decretó la obligatoriedad de asignar a un tercero la validación de los comprobantes de pago electrónicos, frente a la necesidad de una masificación de la facturación electrónica y del mejoramiento en las estructuras contables del sector de negocios. De ese modo, se identifica la existencia del Operador de Servicios Electrónicos (OSE), quien será el encargado de comprobar la información que los contribuyentes envían hacia la Sunat.

 

Por tanto, un OSE es una empresa autorizada encargada de realizar de forma segura la verificación y validación de los comprobantes de pago electrónicos que las empresas emiten, ya sean facturas electrónicas, boletas de venta, notas de crédito, entre otras.

 

Según la resolución 044-2019 los principales contribuyentes (PRICOS) que tuvieron metas iguales o mayores a 300 UIT durante el año, ya están obligados a contar con un servicio OSE antes del 1 de julio del 2022.

 

“Contar con un Operador de Servicios Electrónicos es más que una obligación. Es una manera de organizar y rentabilizar el servicio y las dinámicas de trabajo en los negocios. Además, contratar un OSE permitirá recibir mayores beneficios en un tiempo significativo y con mayor facilidad al momento de declarar” afirma Víctor Manuel Aurazo, Product Manager de Perú Factura, un producto de transformación digital de Digiflow auspiciada por la CCL, quien reconoce 4 beneficios de un OSE en los negocios:

 

1. Agiliza el proceso de facturación electrónica

Los operadores serán quienes se encargarán de validar los comprobantes electrónicos de manera rápida y segura. Estos especialistas informarán al contribuyente sobre el estado de su documento en línea y éste a la SUNAT en menor tiempo.

 

2. Mejora el nivel de servicio y de respuesta

Evita inconvenientes como las demoras en la validación de los comprobantes electrónicos, retrasos en las cobranzas o en los procesos de cierre de mes que complicarían la organización.

 

3. Optimiza los procesos corporativos

Mejora la liquidez, productividad y rentabilidad empresarial, puesto que estos operadores cuentan con una adecuada y avanzada infraestructura tecnológica. Lo que permite mantener a los negocios a la vanguardia.

 

4. Modelo escalable y referente

Al ser un OSE verificado por Sunat, éste brindará soporte a toda la masa contribuyente, que permite que estos realicen cantidades masivas de transacciones, garantizando la disponibilidad, autenticidad y validez en el servicio.

 

En ese sentido, Digiflow.pe cuenta con una plataforma verificada y autorizada que facilita la incorporación de todas las empresas a un OSE.

 

Teniendo no solo la emisión de facturación electrónica, sino que además brinda un portal de consultas propio para comprobar la validez de los documentos emitidos. Por ello, todos los negocios podrán contar con un servicio de calidad y un orden considerable.




Emisores de comprobantes de pago electrónico suman más de 600.000

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) informó que, al mes de abril del presente año, son 607.148 los emisores electrónicos de comprobantes de pago, cantidad que representa un aumento de casi 50.000 nuevos emisores, con relación a los 557.741 que se tenían registrados hasta diciembre del 2021.

 

Se espera que en los siguientes meses la cantidad de emisores de comprobantes de pago electrónico aumente de manera considerable, teniendo en cuenta el cronograma para la incorporación progresiva de los pequeños negocios a la emisión electrónica.

 

En enero de este año se dispuso la emisión electrónica para los negocios con ingresos anuales de entre S/ 96.600 y S/ 315.000.

 

Asimismo, desde el 1 de abril esta obligación alcanzó a las micro y pequeñas empresas (Mymes) con ingresos anuales menores a S/ 96.600 respecto a sus facturas, culminando, este grupo, el proceso de incorporación al mundo electrónico el 1 de junio para sus boletas de venta.

 

De esta manera, se espera que, al término del primer semestre del presente año, casi la totalidad de las empresas del país estará emitiendo facturas y boletas de manera electrónica, en el marco del proceso de masificación de los comprobantes de pago electrónicos.

 

Beneficios para emprendedores

 

La emisión de comprobantes de pago electrónicos representa una serie de beneficios para los pequeños empresarios y sus emprendimientos en cuanto a la gestión de su negocio y el cobro de la factura, integrándolo con medios de pago electrónicos y acceso al financiamiento a través del factoring. Asimismo, contribuye con la protección del medio ambiente y de nuestros recursos naturales al dejar de utilizar el papel.

 

De la misma manera, los comprobantes de pago electrónicos traen consigo un significativo ahorro en los costos en la impresión de papel, tiempo y costos de distribución y archivo, así como una notoria mejora en la gestión de relaciones con sus clientes a través de medios magnéticos.

 

Con la finalidad de masificar el uso del CPE en el país, la Sunat ha desarrollado aplicaciones Web y móviles gratuitas que facilitan a los contribuyentes la emisión electrónica de facturas y boletas de venta.

 

Evolución

 

Hasta el mes de abril, el 77% de los emisores electrónicos de comprobantes de pago utilizan aplicaciones gratuitas provistas por Sunat como el portal Web o la APP Emprender, mientras que el 19% emite sus comprobantes desde sus propios sistemas y un 4% los realiza a través de un Operador de Servicios Electrónicos (OSE).

 

La cantidad diaria de comprobantes emitidos alcanza los 8,3 millones, mientras que al mes la cifra asciende a 241 millones y al año supera los 2.889 millones. Para más información sobre los beneficios y las ventajas de la emisión de comprobantes de pago electrónicos, los emprendedores pueden ingresar al portal especializado https://cpe.sunat.gob.pe/.




Sunat: Mayoría de empresas ya adecuó sus facturas a exigencias del factoring

El 98,8% de las empresas ya incorporó los requisitos adicionales en sus comprobantes de pago electrónicos; aunque existe todavía un pequeño grupo de alrededor de 6.000 empresas que, de no hacerlo, comprometerían la validez de las facturas electrónicas que vienen emitiendo, informó la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat).

 

El gran porcentaje de compañías que emiten facturas electrónicas ya consignan en esos documentos si la operación se realizó al contado o al crédito, tal como lo establece el D.U. N° 013-2020, de enero de 2020, y su reglamento, para que las MiPymes puedan negociar dichos comprobantes, a fin de obtener financiamiento inmediato mediante el factoring.

 

En tanto, solo el 1,2% de estas compañías, que equivale aproximadamente a unos 6.000 contribuyentes, aún no ha adecuado sus sistemas de facturación a esa modificación, pese a las reiteradas comunicaciones enviadas por la Sunat para que se realicen ese cambio.

 

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De no hacerlo, a partir del 1 de enero del 2022, las facturas que emitan no tendrán validez, situación que no solo afectará a ese grupo de empresas, sino que también perjudicará a sus clientes, quienes no podrían hacer uso del crédito fiscal por las operaciones de adquisición o prestación de bienes y servicios que contraten con éstas.

 

Por ello, a fin de evitar inconvenientes con la validez de sus facturas electrónicas, la Sunat sigue remitiendo comunicaciones directas a este grupo de contribuyentes que aún no ha adecuado sus sistemas, instándolos a que cumplan con esta obligación a la brevedad posible.

 

Plazos de envío

 

Asimismo, la Sunat recordó que, a partir del 1 de enero del 2022, las facturas electrónicas deben enviarse a la Sunat o al Operador de Servicios Electrónicos (OSE), según corresponda, en un periodo no mayor de dos días calendarios, contados desde su emisión, para que estos comprobantes electrónicos sean considerados válidos.

 

La reducción en el plazo de envío, establecido en el citado D.U, tiene como finalidad que el adquirente o el usuario pueda tener certeza en un menor tiempo que se está cumpliendo con las condiciones de emisión de un documento electrónico.

 

Cabe señalar que, entre el 17 al 31 de diciembre del presente año, se ha dispuesto que el plazo de envío de la factura electrónica, o la nota electrónica vinculada, será de hasta cuatro tres días calendarios, contados desde su fecha de emisión contados desde el día calendario siguiente a la fecha de emisión.

 

De exceder estos plazos, lo remitido a la Sunat no tendrá la calidad de factura electrónica ni de nota electrónica; aun cuando hubieran sido entregadas al adquirente o usuario, lo que impedirá que éstos puedan hacer uso del crédito fiscal correspondiente.




TC: Es constitucional emisión de comprobantes electrónicos con apoyo de OSE

El Tribunal Constitucional (TC) declaró que es constitucional la emisión de comprobantes de pago electrónicos con el apoyo de terceros: los Operadores de Servicios Electrónicos (OSE).

 

Ello de acuerdo a la Sentencia 0005-2019-PI/TC publicada el 27 de enero de 2021 en el portal del TC, mediante la cual el Pleno del TC declara infundada la demanda de inconstitucionalidad del Decreto Legislativo 1314, interpuesta por la Junta de Decanos de Colegios de Contadores Públicos del Perú, contra el Poder Ejecutivo que aprobó la norma en cuestión.

 

Como se recordará, en febrero de 2019 la Junta de Decanos de los Colegios de Contadores interpuso demanda de inconstitucionalidad de varios artículos del D. Leg. 1314, que permite a los OSE realizar labores técnicas para la emisión y validación de los comprobantes de pago electrónicos, que emiten los contribuyentes en nuestro país.

 

La Junta de Decanos, al sustentar su demanda contra el Poder Ejecutivo que aprobó la norma, sostuvo que las disposiciones contenidas en el D. Leg. 1314 vulneran los derechos al secreto y a la inviolabilidad de las comunicaciones y de los documentos privados, así como los derechos a la intimidad personal y familiar reconocidos por la Constitución Política.

 

Jurisprudencia del Tribunal Fiscal

La inconstitucionalidad de la PDCT del DL 1421

 

El Poder Ejecutivo, al contestar la demanda argumentó que el D. Leg. 1314 se ha expedido con el propósito de formalizar y lograr la reactivación económica, mediante el uso de las nuevas herramientas electrónicas; y sostuvo que la intervención de los OSE no transgrede los derechos de inviolabilidad de las comunicaciones.

 

Fiscalización

 

Asimismo, se precisó que los comprobantes electrónicos están sujetos a la inspección y a la fiscalización por parte de Sunat, además, aclaró que los usuarios privados son los que eligen a los OSE, para la emisión y validación de los comprobantes de pago electrónicos que emiten.

 

El Tribunal Constitucional, al analizar el derecho de contratación y el derecho a las comunicaciones, considera que el D. Leg. 1314, que faculta a los contribuyentes a contratar con los OSE, para la emisión y validación de sus comprobantes de pago es constitucional.

 

Ello porque esta opción que tienen los contribuyentes se ejerce mediante una pluralidad de ofertantes de estos servicios (OSE), los que han sido calificados y autorizados por la Administración Tributaria, y están inscritos en el Registro de Operadores Electrónicos, por tanto, sujetos a control y fiscalización de las labores técnicas que realizan en apoyo a los contribuyentes.

 

Seis magistrados del TC, excepto el magistrado Ernesto Blume – quien emitió voto singular en contra – declararon por mayoría, infundada la demanda de inconstitucionalidad interpuesta por la Junta de Decanos de los Colegios de Contadores Públicos del Perú. Con ello, el TC reconoce la constitucionalidad del D. Leg. 1314 que regula el apoyo técnico de los OSE para la emisión y la validación de los comprobantes de pago electrónicos que emiten los contribuyentes.