Sunat: El jueves 25 inicia plazo final para presentar declaración de renta 2020

El cronograma final para la presentación de la Declaración Anual del Impuesto a la Renta 2020 se inicia este jueves 25 y concluye el lunes 12 de abril, recordó hoy la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat), que informó que más de 350 mil contribuyentes ya cumplieron con hacerlo de manera anticipada.

 

De esa cantidad, 220 mil son personas naturales y 130 mil empresas que cumplieron con esa obligación con el Perú, utilizando los formularios virtuales 709 y 710, respectivamente, disponibles en el APP Personas (para smartphone) y en la plataforma Sunat Operaciones en Línea. Devoluciones En el caso de las personas naturales, se estima que de las 600 mil que deben presentar su declaración, 250 mil tendrán una devolución por cobrar.

 

A la fecha ya se han presentado unas 90 mil solicitudes y se han atendido 60 mil (por casi S/ 90 millones), en un plazo mucho menor a los 45 días hábiles establecidos, gracias a la transformación digital iniciada por la entidad. Las devoluciones se pueden realizar mediante depósito en cuenta (siempre y cuando haya registrado previamente su código de cuenta interbancario), orden de pago financiera o cheque.

 

Sunat: 100.000 empresas presentaron su declaración de renta anual 2020

Sunat: Más del 65% de solicitudes de devolución de personas naturales ya fueron atendidas

 

Para las personas jurídicas (empresas) se estima que deben presentar la declaración anual unas 700 mil, pertenecientes a los regímenes General y/o MYPE Tributario  están obligadas a presentarla los contribuyentes del Nuevo RUS y del Régimen Especial de Renta). 

 

Para mayor facilidad al presentar la declaración, estos contribuyentes tienen dos versiones del Formulario Virtual 710, el simplificado o completo, con información referencial del saldo a favor, los pagos a cuenta y las retenciones del impuesto, así como el Impuesto Temporal a los Activos Netos (ITAN) que no haya sido aplicado como crédito contra los pagos a cuenta.

 

Fraccionamiento

 

En caso lo necesiten, las personas y empresas tienen la posibilidad de solicitar el fraccionamiento o aplazamiento del pago del impuesto determinado, inmediatamente después de presentar la declaración, sin necesidad de acudir a una oficina de Sunat.

 

A la fecha se han recibido cerca de 5 mil solicitudes en línea por un monto de más de S/ 17 millones; habiéndose aprobado rápidamente más del 80% por un monto de S/ 14 millones.

 

Cabe indicar que se puede aplazar la deuda hasta por seis meses, fraccionarla hasta por 72 meses o el aplazarla y fraccionarla a la vez. La tasa de interés aplicable al fraccionamiento es del 0.8% mensual. Solo se requerirán garantías siempre y cuando la deuda supere las 100 UIT (S/ 440,000).

 

La Sunat recomienda a todos los contribuyentes a no esperar el último momento para presentar la declaración. Para obtener más información, los contribuyentes pueden ingresar a la web especializada https://renta.sunat.gob.pe/.

 




Cómo presentar su declaración de renta 2020 desde su smartphone

Mediante un smartphone conectado a Internet, las personas naturales tienen la opción de presentar, de manera rápida y sencilla, la Declaración Anual del Impuesto a la Renta 2020; y de efectuar al pago correspondiente, fraccionarlo o, de ser el caso, solicitar la devolución del saldo a favor, sin necesidad de salir de casa, indicó la Sunat.

 

Esta facilidad está disponible las 24 horas del día para todos los contribuyentes de cuarta y quinta categorías (trabajadores independientes y/o dependientes); y los de primera y segunda categorías (con ingresos por alquileres o venta de activos).

 

Para hacerlo solo deben ingresar al APP Personas Sunat, disponible en las tiendas virtuales Google Play o APP Store, y dirigirse a “Declaración de Renta”, digitar su RUC o DNI, la contraseña y seleccionar el ejercicio 2020 – Formulario Virtual 709.

 

En ese formulario encontrarán una propuesta de declaración que contiene información de las rentas, gastos, retenciones y pagos del Impuesto a la Renta y el Impuesto a la Transacciones Financieras, así como el monto del tributo a pagar o, de la devolución a recibir.

 

Si todo es conforme, solo deben dar clic en “Presentar la Declaración” e inmediatamente después podrán acceder a un enlace para efectuar el pago correspondiente, con tarjeta de crédito o débito, cargo en cuenta o mediante el Número de Pago Sunat (NPS).

 

Quienes tengan un saldo a su favor, pueden elegir, en ese momento, la opción de abono en cuenta (siempre que haya registrado previamente su Código de Cuenta Interbancaria en Sunat Operaciones en Línea), la orden de pago financiera o un cheque (para montos mayores a 10 UIT).

 

Se estima que de las 600 mil personas naturales que deben presentar la declaración hasta el 12 de abril próximo, unas 250 mil tendrán devolución, es decir, cuatro de cada 10 personas. El reembolso se genera por un exceso en el pago de tributos (por abonos directos o retenciones mensuales) durante el 2020.

 

Fraccionamiento

 

A través del APP Personas también se puede solicitar el fraccionamiento de su deuda, si no lo hizo cuando presentó la declaración anual, tienen la opción de acceder a este beneficio transcurridos 5 días hábiles de la fecha en que realizó el trámite.

 

Cabe indicar que la deuda a fraccionar o fraccionar y aplazar debe ser mayor o igual al 10% de la UIT, para el año 2021 equivale a S/ 440.00, mientras que la cuota del fraccionamiento no puede ser menor al 5% de la UIT (S/ 220.00). La tasa mensual es equivalente al 0.8%.

 

A la fecha, ya más de 200 mil personas naturales han presentado su Declaración del Impuesto a la Renta 2020 antes del cronograma final de vencimientos. De esa cifra, cerca de 100 mil han solicitado la devolución, habiéndose atendido ya 70 mil de esas solicitudes. Sunat recomienda no esperar el último día para presentar la declaración y, de esa manera, cumplir con el Perú.




Conoce cómo fraccionar tu deuda luego de presentar la declaración anual 2020

Aquellas personas naturales que luego de presentar la Declaración Anual del Impuesto a la Renta 2020 tienen un importe por pagar, pueden solicitar inmediatamente el fraccionamiento de esa deuda, mediante un trámite sencillo que se realiza en línea y sin salir de casa.

 

Esa alternativa también la tienen aquellas empresas que en el año 2020 tuvieron ingresos que no superaron los S/ 645.000 (150 UIT). Con esa finalidad solo deben ingresar al enlace que para dicho efecto aparece luego de efectuar la declaración anual.

 

De no presentar la solicitud de fraccionamiento en ese momento, podrán hacerlo luego de haber transcurrido 5 días hábiles, desde la fecha de presentación de la declaración, ingresando a Sunat Operaciones en Línea.

 

Al presentar la solicitud, el contribuyente tiene la opción de solicitar el aplazamiento de su deuda hasta por seis meses, el fraccionamiento hasta por 72 meses o el aplazamiento y fraccionamiento juntos, que no exceda los 72 meses.

 

Fraccionamiento

 

Solo se pueden fraccionar o aplazar deudas a partir de los S/ 440 (10% de la UIT) y la cuota no puede ser menor de S/ 220 (5% de la UIT). La tasa de interés aplicable al fraccionamiento es del 0,8% mensual. No se solicitará una cuota de acogimiento, cuando la deuda sea menor a 3 UITs y el número de cuotas sea hasta en 12 meses.

 

En el caso de las personas naturales no será necesaria la presentación de garantías; en el de las empresas, se requerirán garantías siempre y cuando la deuda supere las 100 UITs.

 

Luego de seleccionar la cantidad de cuotas para cancelar la deuda tributaria y de enviar la solicitud, ésta será validada y notificada al contribuyente, en caso sea aprobada.

 

Se estima que este año deben presentar la declaración unas 600 mil personas naturales, de las cuales, 250 mil tendrán una devolución; aquellos que no, tienen la opción de acogerse al fraccionamiento.

 

Cabe indicar que en la anterior campaña de Renta Anual 2019, se presentaron un total de 52 mil solicitudes de fraccionamiento. Para obtener más información sobre la Declaración Anual de Renta 2020, los contribuyentes pueden ingresar a la web especializada https://renta.sunat.gob.pe/.




Sunat: Más de 100 mil personas ya presentaron su declaración de renta 2020

Más de 100 mil personas naturales ya cumplieron con presentar de manera anticipada la Declaración Anual del Impuesto a la Renta 2020, vía Internet, mediante el APP Personas o Sunat Virtual, desde el lunes 15 de febrero, fecha en la que se habilitó ese trámite.

 

Aproximadamente, unas 600 mil personas deben presentar este año su declaración de impuestos, utilizando el Formulario Virtual 709 disponible en la citada aplicación y en la web de Sunat.

 

Para efectuar la declaración mediante el APP Personas, se debe descargar o actualizar ese aplicativo en las tiendas virtuales. Una vez presentada la declaración, las personas podrán solicitar su devolución, si tiene saldo a favor; o de lo contrario pagar o fraccionar su deuda. Todas esas opciones tienen flujos simples e intuitivos para una mejor usabilidad.

 

Sunat: Personas naturales ya pueden presentar su declaración anual de renta 2020

▶ Sunat: 250.000 personas recibirán devolución al declarar el impuesto a la renta 2020

▶ Sunat prorroga declaración y pago de obligaciones tributarias de enero 2021

Saldo a favor

 

Del total de declaraciones presentadas a la fecha por las personas naturales, más de 53 mil solicitaron la devolución del saldo a favor del Impuesto a la Renta por un monto cercano a los S/ 90 millones.

 

Como todos los años, la Sunat puso a disposición de las personas el archivo personalizado, que contiene información referencial de las rentas, gastos, retenciones y pagos del Impuesto a la Renta y del ITF que puede ser verificado, completado o modificado, de corresponder, para poder presentar la declaración, simplificando todo el proceso.

 

En el caso de las personas que percibieron Rentas de Cuarta o de Cuarta y Quinta Categorías, es decir, profesionales independiente o dependientes en planilla, se remitió a su buzón electrónico, el Reporte de Saldo a Favor, documento virtual que detalla la devolución que le corresponde y que puede solicitar “en línea” luego de presentar la declaración.

 

Este Reporte fue enviado a más de 250 mil personas se caracteriza por tener un diseño y contenido amigable y sencillo, que consigna de manera desagregada los ingresos obtenidos durante el año 2020, las retenciones y pagos a cuenta efectuados, el impuesto determinado, y el saldo a favor que será devuelto.

 

 

¿Quiénes deben presentar la declaración?

 

  • Las personas naturales que hubieran percibido exclusivamente Rentas de Quinta Categoría (trabajadores en planilla) y determinen un saldo a favor por la deducción de gastos de arrendamiento y/o subarrendamiento de inmuebles.
  • Los trabajadores que perciben Rentas de Cuarta (trabajadores independientes) y/o Quinta Categorías (trabajadores en planilla) y Rentas de Fuente Extranjera que tengan un saldo a favor del Impuesto a la Renta.
  • Los que arrastren saldos a favor de ejercicios anteriores y los apliquen contra el impuesto y/o hayan aplicado dichos saldos, de corresponder, contra los pagos a cuenta por Rentas de Cuarta Categoría, entre otros.
  • Los que determinen un saldo por pagar. La Sunat recomienda no esperar el cronograma final, del 25 de marzo al 12 de abril, según el último dígito del RUC, para efectuar la declaración.

 

Para obtener más información sobre la Declaración Anual de Renta 2020, los contribuyentes pueden ingresar a la web especializada https://renta.sunat.gob.pe/.




Sunat: Personas naturales ya pueden presentar su declaración anual de renta 2020

La Sunat habilitó, desde el 15 de febrero de este año, la presentación de la Declaración Anual del Impuesto a la Renta 2020, para que todas las personas naturales puedan cumplir oportunamente con su presentación utilizando canales íntegramente virtuales, es decir, sin salir de casa, contribuyendo así a mitigar el riesgo de contagios por la pandemia.

 

Para mayores facilidades e impulsando la virtualización de sus procedimientos, la declaración se presenta por Internet, utilizando el Formulario Virtual 709, disponible en el APP Personas desde un celular (smartphone) o ingresando a Sunat Virtual en donde ubicará la opción Declaración de Renta Anual 2020 y en tan solo unos minutos podrá cumplir con la presentación.

 

Como todos los años, la Sunat pone a disposición de las personas el archivo personalizado, que contiene información referencial de las rentas, gastos, retenciones y pagos del Impuesto a la Renta y del ITF que puede ser verificado, completado o modificado, de corresponder, para poder presentar la declaración, simplificando todo el proceso.

 

Sunat: 250.000 personas recibirán devolución al declarar el impuesto a la renta 2020

Sunat prorroga declaración y pago de obligaciones tributarias de enero 2021

 

Para efectuar la declaración mediante el APP Personas, se debe descargar o actualizar ese aplicativo en las tiendas virtuales. Este año, además, el APP Personas una vez presentada la declaración habilita opciones para solicitar devolución, pagar o fraccionar, todas con flujos simples e intuitivos para una mejor usabilidad

 

Devoluciones

 

En el caso de las personas que percibieron Rentas de Cuarta o de Cuarta y Quinta Categorías, es decir, profesionales independiente o dependientes en planilla, se remitió a su buzón electrónico, el Reporte de Saldo a Favor, documento virtual que contiene el importe a solicitar en devolución luego de presentar la declaración.

 

Más de 250 mil personas recibieron en su buzón electrónico el mencionado reporte, el mismo que se caracteriza por su diseño y contenido amigable y sencillo.

 

 

 

Fraccionamiento

 

Para mayores facilidades, si tiene un impuesto por pagar, podrá solicitar el fraccionamiento correspondiente en el enlace habilitado de manera automática. Si no lo hizo cuando presentó su Declaración Anual de Renta 2020, podrá acceder a este
beneficio transcurridos 5 días hábiles de la fecha en que realizó el trámite.

 

Debe tener en cuenta que, la deuda acogida debe ser mayor o igual al 10% de la UIT, para el año 2021 equivale a S/ 440.00, mientras que la cuota del fraccionamiento no puede ser menor al 5% de la UIT (S/ 220.00).

 

¿Quiénes deben presentar la declaración?

 

  • Las personas naturales que hubieran percibido exclusivamente Rentas de Quinta Categoría (trabajadores en planilla) y determinen un saldo a favor por la deducción de gastos de arrendamiento y/o subarrendamiento de inmuebles.
  • Los trabajadores que perciben Rentas de Cuarta (trabajadores independientes) y/o Quinta Categorías (trabajadores en planilla) y Rentas de Fuente Extranjera que tengan un saldo a favor del Impuesto a la Renta.
  • Los que arrastren saldos a favor de ejercicios anteriores y los apliquen contra el impuesto y/o hayan aplicado dichos saldos, de corresponder, contra los pagos a cuenta por Rentas de Cuarta Categoría, entre otros.
  • Los que determinen un saldo por pagar.

 

La Sunat recomienda no esperar el cronograma final, del 25 de marzo al 12 de abril según el último dígito del RUC, para efectuar la declaración. Para obtener más información sobre la Declaración Anual de Renta 2020, los contribuyentes pueden ingresar a la web especializada https://renta.sunat.gob.pe/.




Declaración anual del IR 2020: Entérate cómo presentarla por internet

Si eres emprendedor y cuentas con ingresos por rentas de trabajo o tienes un negocio en el régimen Mype o General es importante que sepas que estás obligado a presentar tu declaración jurada anual del impuesto a la renta (IR) correspondiente al 2020.

 

Para darte pautas de cómo presentar este documento de manera virtual sin tantas complicaciones, la Cámara de Comercio de Lima (CCL) en coordinación con la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) están organizando la charla tributaria denominada: ¿Cómo presentar la declaración de renta 2020 por internet?

 

Esta charla virtual, que se realizará vía Zoom el jueves 18 de febrero a partir de las 5:00 p.m., estará a cargo de Roger Silvestre, gestor de orientación de la Sunat.

 

Sunat: 250.000 personas recibirán devolución al declarar el impuesto a la renta 2020

Pautas para la retención y pago del Impuesto a la Renta del 2021

 

En este evento gratuito te explicarán que, si tienes ingresos por cuentas de trabajo, incluyendo rentas de cuarta o quinta categoría, podrás conocer aquellos gastos que te permitirán reducir el impuesto por pagar como los gastos por alojamiento y consumo, por el seguro de tu trabajadora del hogar, por servicios recibidos con recibos por honorarios, gastos por médicos y odontólogos, por arrendamiento, por agencias de viajes y guías turísticos.

 

 

En esta charla conocerás también el cronograma, las obligaciones y el medio por el cual puedes presentarlo. Cabe precisar que el IR es un tributo que se determina anualmente, cuyo ejercicio se inicia el 1 de enero y finaliza el 31 de diciembre.