Sunat transfirió cerca de S/ 3 500 millones a empresas y personas naturales

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) aseguró que inyectó recursos por S/ 3 449 millones a un total de 87 108 contribuyentes (empresas y personas naturales) a través de la liberación oportuna de los fondos de sus cuentas de detracciones, para que puedan afrontar la disminución de las actividades económicas por el impacto de la pandemia de la COVID-19.

 

La activación del mecanismo de liberación anticipada de esos fondos fue una de las primeras medidas que adoptó la Sunat ante el estado de emergencia nacional, para posibilitar que las empresas utilicen esos recursos, acumulados hasta el 15 de marzo, sin necesidad de esperar los primeros cinco días útiles de abril a fin de solicitarlos.

 

Mediante este procedimiento de emergencia de liberación de fondos de las detracciones, se transfirió S/ 1 503 millones directamente a las cuentas bancarias de un total de 38 156 empresas, para que accedan de manera más oportuna a esos fondos sin tener que acudir físicamente a las agencias del Banco de la Nación.

 

Seguidamente, la entidad procedió a evaluar y atender las solicitudes de liberación de los procedimientos regulares (General, Especial y de Buenos Contribuyentes) presentadas entre los meses de enero a julio, en las cuales se atendieron 48,952 solicitudes y se entregaron recursos por S/. 1 946 millones.

 

La Sunat, siguiendo las disposiciones gubernamentales, viene brindando diversas facilidades a los contribuyentes y usuarios de comercio exterior para que puedan cumplir con sus obligaciones tributarias y aduaneras, promoviendo, de esta manera, la reactivación de sus actividades económicas en beneficio de todo el país.

 

En el procedimiento regular, los recursos acumulados en las cuentas de detracciones de las empresas son de uso exclusivo para el pago de impuestos, deudas y multas; y solo puede ser liberados una vez cubiertas esas obligaciones. Para solicitar el acceso a esos fondos, las empresas disponen de los primeros cinco días hábiles de enero, abril, julio y octubre.