SBS prorroga protestos de títulos valores en poder de entidades bajo su supervisión

La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), mediante Resolución N° 1260- 2020 publicada hoy en el Diario Oficial, ha dispuesto que el plazo para realizar el protesto de los títulos valores en poder de las entidades bajo su supervisión, y cuyos obligados al pago domicilian en el Perú o cuyo protesto debía llevarse a cabo en territorio peruano, se prorrogue por 30 días calendario adicionales computados desde la fecha de vencimiento del plazo que legalmente existía para realizar dicho protesto.

 

Esta medida se toma en el marco de la situación de emergencia que vive el país y viene causando perjuicios a las personas naturales y jurídicas, entre las cuales se encuentran deudores directos e indirectos de las entidades financieras, empresas de seguros, cooperativas de ahorro y crédito no autorizadas a captar recursos del público y otras instituciones bajo la supervisión de la SBS.

 

Esta medida de carácter extraordinario será aplicable respecto a todo título valor que, al 11 de marzo de 2020, se encontraba con plazo vigente para ser protestado pero que, como consecuencia del estado de emergencia vigente, no pudo ser protestado dentro de los plazos establecidos en el artículo 72 de la Ley de Títulos Valores, y será extensible para todo título valor cuyo vencimiento del plazo de realización del protesto ocurra hasta el 30 de abril de 2020.