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Repositorio de normas legales – Marzo 2022

La Cámara de Comercio de Lima (CCL) presenta las recientes normas legales promulgadas por el Gobierno Central relacionadas con el desarrollo de la actividad empresarial.

Actualización del 31 de Marzo 2022

 

FAE TURISMO

DECRETO DE URGENCIA 004-2022 (EDICIÓN EXTRAORDINARIA 30/03/2022)

Establece medidas extraordinarias en materia económica y financiera para que la micro, pequeña y mediana empresa del sector turismo continúe accediendo a créditos garantizados provenientes de los recursos del FAE TURISMO, destinados a financiar, hasta el 31 de diciembre del 2022, capital de trabajo, adquisición de activo fijo y/o consolidación financiera o compra de deuda y reprogramación de créditos otorgados por el mismo fondo. Además, dispone de manera excepcional, la reprogramación de los créditos garantizados con el FAE-TURISMO. Las garantías otorgadas por el FAE-TURISMO para la referida reprogramación amplían su plazo de acuerdo con los nuevos cronogramas de pago y mantienen el mismo porcentaje de cobertura pactado en las condiciones iniciales. El plazo máximo de acogimiento para las reprogramaciones del FAE-TURISMO es el 30 de septiembre de 2022.

https://busquedas.elperuano.pe/download/url/decreto-de-urgencia-que-modifica-el-decreto-de-urgencia-no-0-decreto-de-urgencia-n-004-2022-2053874-1

 

TRIBUTOS MUNICIPALES – BENEFICIOS
Municipalidad de Ate

DECRETOS DE ALCALDÍA 006 y 007 (31/03/2022)

Prorroga hasta el 29 de abril 2022, la vigencia de la Ordenanza N° 569-MDA que establece Beneficios Tributarios por Pronto Pago en los Arbitrios Municipales del Ejercicio 2022; y de la Ordenanza Nº 574-MDA Ordenanza que establece Beneficios Tributarios y No Tributarios en el distrito de Ate.

Publicacion Oficial – Diario Oficial El Peruano

 

Municipalidad de La Victoria

DECRETO DE ALCALDÍA 003-2022/MLV (31/03/2022)

Prorroga hasta el 30 de abril 2022, el plazo de Incentivo por Pronto Pago y para pagos al contado o primera cuota del impuesto predial 2022 así como de la primera y segunda cuota de los arbitrios municipales del ejercicio fiscal 2022 en el distrito de La Victoria.

Publicacion Oficial – Diario Oficial El Peruano

 

Municipalidad de San Borja

DECRETO DE ALCALDÍA 007-2022-MSB-A (31/03/2022)

Prorroga hasta el 29 de abril 2022, el plazo para acogerse a la Ordenanza N° 669-MSB que establece Beneficios Tributarios Extraordinarios en el distrito de San Borja.

Publicacion Oficial – Diario Oficial El Peruano

 

Municipalidad de San Isidro

DECRETO DE ALCALDÍA 007-2022-ALC/MSI (31/03/2022)

Prorroga hasta el 30 de junio 2022, la vigencia de la Ordenanza N° 550-MSI que aprueba el beneficio extraordinario en el marco de la emergencia sanitaria para el pago de deudas por multas administrativas en el distrito de San Isidro.

Publicacion Oficial – Diario Oficial El Peruano

 

Municipalidad de San Juan de Lurigancho

DECRETO DE ALCALDÍA 002-2022-A/MDSJL (31/03/2022)

Prorroga hasta el 30 de abril 2022, la vigencia de la Ordenanza N° 417-MDSJL que establece el Incentivo tributario por pronto pago de obligaciones tributarias del ejercicio 2022 en el distrito de San Juan de Lurigancho.

Publicacion Oficial – Diario Oficial El Peruano

 

Municipalidad de San Miguel

ORDENANZA 455/MDSM (31/03/2022)

Establece beneficios tributarios para el pago de tributos generados como producto de un procedimiento de fiscalización tributaria en el distrito de San Miguel.

Publicacion Oficial – Diario Oficial El Peruano

 

Municipalidad de Villa el Salvador

DECRETO DE ALCALDÍA 006-2022-ALC/MVES (31/03/2022)

Prorroga hasta el 30 de abril 2022, la vigencia de la Ordenanza N° 456-MVES que otorga Beneficios Tributarios y No Tributarios a favor de los contribuyentes del distrito de Villa el Salvador.

Publicacion Oficial – Diario Oficial El Peruano

Actualización del 30 de Marzo 2022

PERCEPCIONES IGV

DECRETO SUPREMO 052-2022-EF (30/03/2022)

Aprueba el listado de entidades que podrán ser exceptuadas de la percepción del Impuesto General a las Ventas, de conformidad con el artículo 11 de la Ley 29173, que señala que no se efectuará la percepción, entre otras, en las operaciones respecto de las cuales se emita un comprobante de pago que otorgue derecho al crédito fiscal y el cliente tenga la condición de agente de retención del IGV o figure en el “Listado de entidades que podrán ser exceptuadas de la percepción del IGV”.

https://busquedas.elperuano.pe/download/url/aprueban-listado-de-entidades-que-podran-ser-exceptuadas-de-decreto-supremo-n-052-2022-ef-2053393-1


BARRERA BUROCRÁTICA ILEGAL- INDECOPI

RESOLUCIÓN 0116-20221/CEB-INDECOPI (30/03/2022)

Declara barrera burocrática ilegales la exigencia de que la infraestructura aérea del servicio de telecomunicaciones que requiera instalación, implementación, reubicación, mantenimiento o retiro en espacios públicos del distrito de Miraflores no impida, dificulte o restrinja el uso de jardines públicos, materializada en la Ordenanza Nº 554-MM expedida por la Municipalidad de Miraflores.

Publicacion Oficial – Diario Oficial El Peruano


TRIBUTOS MUNICIPALES- BENEFICIOS

Municipalidad de Cieneguilla

DECRETO DE ALCALDÍA 004-2022-MDC/A (30/03/2022)

Prorroga hasta el 31 de mayo 2022, la vigencia de la OrdenanzaN° 341-2022-MDC/A que estableció Beneficios Tributarios extraordinarios en el marco de la Emergencia Sanitaria en el distrito de Cieneguilla.

Norma Legal Diario Oficial El Peruano

 

Actualización del 29 de Marzo 2022

 

TRIBUTOS MUNICIPALES- BENEFICIOS

Municipalidad de El Agustino

ORDENANZA 712-MDEA (29/03/2022)

Establece incentivos para el pago de los tributos y multas administrativas municipales en la jurisdicción del distrito de El Agustino. Descuento entre el 20 y 60% en arbitrios; y entre el 75% y 95% en multas administrativas, según el año al que pertenecen. Rige hasta el 30 de junio 2022.

Publicacion Oficial – Diario Oficial El Peruano

 

Actualización del 28 de Marzo 2022

 

VALOR DE MERCADO EN OPERACIONES DE COMERCIO EXTERIOR

DECRETO LEGISLATIVO 1537 (26/03/2022) 

Modifica la Ley del Impuesto a la Renta, en lo relacionado a la determinación del valor de mercado tratándose de bienes importados y exportados. Señala que, en las operaciones de exportación o importación de bienes con cotización conocida en el mercado internacional, mercado local o mercado de destino, incluyendo los de instrumentos financieros derivados, o con precios que se fijan tomando como referencia las cotizaciones de los indicados mercados, el contribuyente debe presentar una comunicación con carácter de declaración jurada hasta la fecha del inicio del embarque o desembarque.

Lo dispuesto en el presente Decreto Legislativo entra en vigencia el 1 de enero de 2023

https://busquedas.elperuano.pe/download/url/decreto-legislativo-que-modifica-la-ley-del-impuesto-a-la-re-decreto-legislativo-n-1537-2052256-1

VALOR DE MERCADO EN TRANSFERENCIA DE VALORES MOBILIARIOS

DECRETO LEGISLATIVO 1539 (26/03/2022) 

Modifica la Ley del Impuesto a la Renta estableciendo nuevo método de valoración que para determinar el valor de mercado en la transferencia de valores mobiliarios. Señala que tratándose de acciones o participaciones representativas de capital, será el que resulte mayor entre el valor de transacción y el valor de mercado que se obtenga de aplicar el método de flujo de caja descontado. Este método se aplica cuando la persona jurídica evidencie un horizonte previsible de flujos futuros o cuente con elementos como licencias, autorizaciones o intangibles que permitan prever la existencia de dichos flujos.

https://busquedas.elperuano.pe/download/url/decreto-legislativo-que-modifica-la-ley-del-impuesto-a-la-re-decreto-legislativo-n-1539-2052256-3

MODIFICA LEY DEL IGV- CRÉDITO FISCAL

DECRETO LEGISLATIVO 1540 (26/03/2022) 

Modifica la Ley del Impuesto General a las Ventas y el Código Tributario, en relación al crédito fiscal, registros electrónicos, apreciación del criterio de complejidad en la afectación del plazo para resolver por la SUNAT o el Tribunal Fiscal; y devolución de ISC a transportistas mediante abono en cuenta.

Crédito fiscal: señala como comprobantes que sustentan el crédito fiscal, a la copia autenticada emitida por el Agente de Aduanas o por el fedatario de la Aduana de los documentos emitidos por la SUNAT, que acrediten el pago del impuesto en la importación de bienes.

Registro de ventas electrónico: SUNAT podrá generar el registro de ventas electrónico del contribuyente, a partir de la información de los comprobantes de pago electrónicos que este emita en alguno de los sistemas de emisión electrónica. Previamente la SUNAT pondrá a disposición del contribuyente la información a través de un módulo, a efecto de su validación o corrección dentro de los plazos de atraso. De no hacerlo el contribuyente, la SUNAT podrá generar el registro de ventas correspondiente al período, sin perjuicio de los ajustes posteriores que el contribuyente pueda realizar, conforme a la normativa pertinente. La generación de este registro se considera como efectuada por el contribuyente y no lo exime de las infracciones por incumplimiento a las obligaciones vinculadas al mismo.  (Entra en vigencia el 1 de julio de 2024)

Órdenes de pago: La SUNAT podrá emitir órdenes de pago, cuando encuentre tributos no pagados producto de la verificación de los libros de contabilidad del contribuyente, incluso de los registros electrónicos que, en uso de sus facultades, genere por el contribuyente, como es el caso del registro de ventas electrónico arriba señalado.  Podrá también emitir orden de pago, cuando encuentre un pago a cuenta no pagado producto de la verificación de los comprobantes de pago emitidos y de la información brindada por el contribuyente perceptor de rentas de cuarta categoría respecto de dichos documentos, siempre que este haya informado la fecha de percepción del ingreso respectivo. (Entra en vigencia el 1 de julio 2024)

https://busquedas.elperuano.pe/normaslegales/decreto-legislativo-que-modifica-la-ley-del-impuesto-general-decreto-legislativo-n-1540-2052256-4/

IMPUESTO A LA RENTA –ASOCIACIONES EN PARTIPACIÓN

DECRETO LEGISLATIVO 1541 (26/03/2022) 

Modifica la Ley del Impuesto a la Renta, en lo relacionado a contratos de asociación en participación. Establece que las personas jurídicas o asociantes de un contrato de asociación en participación domiciliados en el país que distribuyan dividendos o utilidades en especie, excepto acciones de propia emisión, considerarán como ganancia o pérdida la diferencia que resulte de comparar el valor de mercado y el costo computable de las especies distribuidas. La tasa del impuesto será el 5%. La participación del asociado no constituye costo o gasto deducible para el asociante. 3. La obligación de retener el impuesto es aplicable a los asociantes, respecto de las utilidades que distribuyan a favor de los asociados cuando estos sean personas naturales, sucesiones indivisas o sociedades conyugales que optaron por tributar como tales, domiciliadas en el país, o personas no domiciliadas en el país, respectivamente. La obligación de retener nace cuando los dividendos y otras formas de distribución de utilidades se pongan a disposición en efectivo o en especie. El asociante debe registrar en subcuentas especiales las operaciones del negocio objeto del contrato de asociación en participación.

https://busquedas.elperuano.pe/download/url/decreto-legislativo-que-modifica-la-ley-del-impuesto-a-la-re-decreto-legislativo-n-1541-2052256-5

MODIFICAN LEY DE DELITOS ADUANEROS

DECRETO LEGISLATIVO 1542 (26/03/2022) 

Modifica la Ley N° 28008 Ley de los Delitos Aduaneros, respecto de la tipicidad y tratamiento de los delitos de contrabando, contrabando fraccionado, defraudación de rentas de aduana; los procedimientos de incautación, terminación anticipada del proceso, la disposición de los bines incautados, recompensas, infracción y sanción administrativa, entre otros, cuya orientación es la agilización de los procesos y optimizar la represión de los delitos aduaneros.

 https://busquedas.elperuano.pe/download/url/decreto-legislativo-que-modifica-la-ley-n-28008-ley-de-los-decreto-legislativo-n-1542-2052256-6

PRÓRRROGA DE ESTADO DE EMERGENCIA

DECRETO SUPREMO 030-2022-PCM (26/03/2022)

Prorroga el Estado de Emergencia Nacional por el plazo de 30 días calendario, a partir del 1 de abril de 2022.

Requerimiento de tercera dosis de vacuna COVID-19:

Mayores de 18 años, para su ingreso al país como destino final, pasajeros del servicio aéreo nacional, transporte interprovincial terrestre, residentes para su ingreso a los centros comerciales, galerías comerciales, tiendas por departamento, tiendas en general, conglomerados, tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad, supermercados, mercados, restaurantes y afines en zonas internas, casinos, tragamonedas, cines, teatros, bancos, entidades financieras, iglesias, templos, lugares de culto, bibliotecas, museos, centros culturales, galerías de arte, clubes, locales de asociaciones deportivas, peluquerías, barberías, spa, baños turcos, sauna, baños termales, gimnasios, notarías, oficinas de atención al usuario, trámite administrativo y mesas de partes de instituciones públicas y privadas, así como colegios profesionales.

Actividad laboral presencial: Debe acreditar haber recibido las 3 dosis.  De lo contrario deben prestar trabajo remoto, salvo que las labores sean incompatibles con este, en cuyo caso procede la suspensión del contrato de trabajo, sin goce de haberes. Hasta el 15 de abril 2022 podrán seguir realizando actividad laboral presencial los prestadores de servicios de la actividad privada y los trabajadores del sector público que no cuenten con la tercera dosis.

Vigencia: Rige a partir del 1 de abril 2022.

https://busquedas.elperuano.pe/download/url/decreto-supremo-que-prorroga-el-estado-de-emergencia-naciona-decreto-supremo-n-030-2022-pcm-2052256-12

 

Actualización del 25 de marzo de 2022

 

INEI- ESTADÍSTICA INDUSTRIAL, PESQUERA Y ALMACENES

RESOLUCIONES JEFATURALES 053-054-055-INEI (25/03/2022)

Autoriza al Ministerio de la Producción, la ejecución de las siguientes estadísticas:

  • Estadística Industrial Mensual 2022
  • Estadística Pesquera Mensual 2022
  • Estadística Mensual de Grandes Almacenes e Hipermercados Minoristas y Tiendas Especializadas 2022 y la Estadística Mensual de Centros Comerciales 2022

Publicacion Oficial – Diario Oficial El Peruano

 

TRIBUTOS MUNICIPALES – BENEFICIOS

ORDENANZA 330-VVMT (25/03/2022)

Dispone programa de sensibilización ciudadana #Tributemos por el desarrollo de nuestro distrito, juntos podemos lograrlo”, que permite actualizar las declaraciones juradas de predios, descuento en arbitrios, multas tributarias y multas administrativas.

https://busquedas.elperuano.pe/download/url/ordenanza-de-sensibilizacion-ciudadana-denominada-tributemo-ordenanza-no-330-mvmt-2051029-1

 

Actualización del 24 de marzo de 2022

 

EXTINCIÓN DE SOCIEDADES POR PROLONGADA INACTIVIDAD

DECRETO LEGISLATIVO 1536 (24/03/2022)

Modifica el Decreto Legislativo N° 1427 que regula la extinción de las sociedades por prolongada inactividad y establece disposiciones adicionales relacionadas con la conservación de documentación.

Establece que el responsable de la custodia de los libros, registros y demás documentación es el gerente general de la sociedad o el administrador que haga sus veces con sus mismas facultades, con mandato inscrito vigente a la fecha en que se extiende la anotación preventiva (de la extinción de la sociedad), salvo cuando en dicha fecha no exista un gerente general o administrador con mandato inscrito vigente, en cuyo caso se considera al último inscrito.

Añade que el responsable de la custodia de los libros, registros y demás documentación de la sociedad que se extingue, debe conservarlos por un plazo 5 años, computado a partir del 1 de enero del año siguiente a aquel en el que se inscribe el asiento de extinción. Cuando también sea de aplicación lo previsto en los numerales 7 y 8 del artículo 87 del Código Tributario (libros contables, sistemas de programas electrónicos, soportes magnéticos, sujetos al plazo de prescripción del tributo) se debe aplicar el plazo que resulte mayor.

Publicacion Oficial – Diario Oficial El Peruano

 

PLAZO PARA VALIDAR CERTIFICADOS MÉDICOS PARTICULARES EN ESSALUD

RESOLUCIÓN 485-GG-ESSALUD-2022 (24/03/2022)

Deja sin efecto el numeral 1 de la Res. N° 1063-GG-ESSALUD-2020 que autorizó de manera excepcional la presentación de certificados médicos particulares emitidos fuera del plazo de 30 días mientras dure la emergencia sanitaria a causa del COVID-19, para su trámite de validación de los Certificados Médicos por el Certificado de Incapacidad Temporal para el trabajo (CITT). En consecuencia, para validar ante ESSALUD y obtener reembolso del subsidio correspondiente, dichos certificados médicos particulares, deberán ser presentados dentro de los 30 días hábiles de haber sido emitidos.

Publicacion Oficial – Diario Oficial El Peruano

 

SISTEMA INTEGRADO DE REGISTROS ELECRÓNICOS- SUNAT

RESOLUCIÓN 00040/SUNAT (24/03/2022)

Aprueba el Sistema Integrado de Registros Electrónicos y el Módulo para el llevado del Registro de Compras que se incorpora en dicho sistema.

Modifica la Resolución de Superintendencia N° 000112-2021/SUNAT que estableció nuevas disposiciones para el llevado del Registro de Ventas e Ingresos de manera electrónica, aprobándose el módulo RVIE, en el cual se puso a disposición de los contribuyentes una propuesta de dicho registro (RVIE) incorporando, entre otros, información con la que cuenta la SUNAT según la normativa que regula el Sistema de Emisión Electrónica (SEE) creado por la Resolución de Superintendencia N° 300-2014/SUNAT, a fin que sea aceptada, complementada o reemplazada para efecto de generar el RVIE y/o anotar las operaciones en dicho registro. En ese sentido, al contar la SUNAT con determinada información de documentos que corresponde anotar en el Registro de Compras, la Administración Tributaria ha considerado pertinente viabilizar  el cumplimiento del llevado del Registro de Compras de manera electrónica (RCE), aprobándose el Sistema Integrado de Registros Electrónicos (SIRE) y un módulo similar al módulo RVIE para poner a disposición de los contribuyentes una propuesta de RCE que incorpore dicha información incluso para que el RCE y el RVIE se generen de manera conjunta;

https://epdoc2.elperuano.pe/EpPo/DescargaIN.asp?Referencias=MjA1MDU2MV8xMjAyMjAzMjQ=

 

DECLARACIÓN DE BENEFICIARIO FINAL AÑOS 2022 – 2023

RESOLUCIÓN 000041-2022/SUNAT (24/03/2022)

Establece los sujetos que deben presentar la Declaración del beneficiario final en los años 2022 o 2023:

  1. Personas jurídicas domiciliadas en el país con ingresos netos comprendidos en los siguientes tramos:

Tramo I: más de 1000 UIT: mayo 2022

Tramo II: más de 500 UIT: agosto 2022

Tramo III: más de 300 UIT: mayo 2023

 

  1. Los entes jurídicos inscritos en el RUC hasta el 31.12.2022 y que no se encuentren con baja de inscripción a la fecha que les corresponda presentar la declaración, deben presentar declaración hasta las fechas de vencimiento establecidas para las obligaciones tributarias mensuales de diciembre de 2022.

La declaración debe contener la información del beneficiario final al último día calendario del periodo tributario a que se refieren los literales anteriores.

Publicacion Oficial – Diario Oficial El Peruano

 

BARRERAS BUROCRÁTICAS ILEGALES

Municipalidad de Pueblo Libre

RESOLUCION 0040-2021-/CEB-INDECOPI (24/03/2022)

Declara barrera burocrática ilegal la exigencia de reordenar, reubicar o retirar el cableado aéreo y/o postes del servicio público de electricidad en las áreas de uso público del distrito de Pueblo Libre que generen peligro a terceros, materializada en la Ordenanza Nº 544-MPL.

https://busquedas.elperuano.pe/download/url/declaran-barreras-burocraticas-ilegales-diversas-disposicion-resolucion-no-0040-2021ceb-indecopi-2051218-1

 

Municipalidad del Rímac

RESOLUCION 0118-2021-/CEB-INDECOPI (24/03/2022)

Declara barrera burocrática ilegal la exigencia de que la infraestructura aérea del servicio de telecomunicaciones que requiera instalación, implementación, reubicación, mantenimiento o retiro en espacios públicos del distrito del Rímac no impida, dificulte o restrinja el uso de jardines públicos, materializada en Ordenanza Nº 588-MDR.

Publicacion Oficial – Diario Oficial El Peruano

 

Municipalidad de Surquillo

RESOLUCION 0283-2021-/CEB-INDECOPI (24/03/2022)

Declara barrera burocrática ilegal la exigencia de que las áreas que atiendan y laboren en los restaurantes únicamente sean las áreas de “producción”, “caja o facturación / administración” y “reparto o delivery”, materializada en la Ordenanza Nº 459-MDS de la municipalidad de Surquillo.

Publicacion Oficial – Diario Oficial El Peruano

 

Municipalidad de Breña

RESOLUCION 0322-2021-/CEB-INDECOPI (24/03/2022)

Declara barrera burocrática ilegal la exigencia de presentar un Plan de Ordenamiento que contenga una solicitud adjuntando el cronograma de ordenamiento, la memoria descriptiva, fotografías de las zonas a intervenir y su autorización de “interferencia de vías” para proceder con las medidas de ordenamiento de la infraestructura aérea de telecomunicaciones, materializada en Ordenanza Nº 559-2021-MDB de la Municipalidad Distrital de Breña

Publicacion Oficial – Diario Oficial El Peruano

 

Actualización del 23 de marzo de 2022

 

CAMBIOS EN EL MINISTERIO DEL AMBIENTE

RESOLUCIONES SUPREMAS 003. 004, 005-2002-MINAM (20.03.2022)

  • Designa a la señora Elizabeth Silvestre Espinoza en el cargo de Viceministra de Gestión Ambiental.
  • Designa a la señora Fey Yamina Silva Vidal de Millones en el cargo de Viceministra de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales.
  • Designa al señor Mario César Mallaupoma Gutiérrez en el cargo de Miembro y Presidente del Consejo Directivo del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA.

https://busquedas.elperuano.pe/download/url/designan-viceministra-de-gestion-ambiental-resolucion-suprema-n-003-2022-minam-2050839-8

Actualización del 22 de marzo de 2022

 

MODIFICAN CÓDIGO DE COMSUMO- PLAZO DE ATENCIÓN DE RECLAMOS

LEY 31435 (22/03/2022)

Modifica la Ley 29571 Código de Protección y Defensa del Consumidor (Código de Consumo) estableciendo que el plazo para que los proveedores atiendan los reclamos presentados por sus consumidores y dar respuesta a los mismos, será no mayor de 15 días hábiles improrrogables; y ya no de 30 días hábiles prorrogables, como indica la norma vigente a la fecha.

Asimismo, la nueva norma dispone que los consumidores pueden exigir la entrega del libro de reclamaciones para formular su queja o reclamo respecto de los productos o servicios ofertados.

La respuesta a los reclamos y quejas a los consumidores debe hacerse dentro del plazo indicado, estando los proveedores obligados a remitir al Indecopi la documentación correspondiente al Libro de Reclamaciones, cuando les sea requerido. En los procedimientos sancionadores, el proveedor denunciado debe remitir la copia de la queja o reclamo correspondiente junto con sus descargos.

Vigencia: las nuevas reglas que contiene esta ley entrarán en vigencia a los 60 días calendario contados a partir del 23.03.2022.  El Indecopi emitirá o adecuará las directivas que se requieran para la implementación de esta ley, dentro de 30 días calendario a partir de su publicación.

Publicacion Oficial – Diario Oficial El Peruano

 

Actualización del 21 de marzo de 2022

 

MINISTRO DE JUSTICIA

RESOLUCIÓN SUPREMA 115-2022-PCM (20/03/2022)

Nombra Ministro de Estado en el Despacho de Justicia y Derechos Humanos, al señor Félix Inocente Chero Medina.

https://busquedas.elperuano.pe/download/url/nombran-ministro-de-justicia-y-derechos-humanos-resolucion-suprema-n-115-2022-pcm-2049971-2

 

Actualización del 19 de marzo de 2022

 

MODIFICAN LEY DE BANCOS

DECRETO LEGISLATIVO 1531 (19/03/2022)

Modifica la Ley 26702 Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros (Ley de Bancos).  Los cambios se refieren al capital mínimo; depósito de garantía; vigencia de autorización de funcionamiento; apertura, traslado, cierre de sucursales, agencias y oficinas especiales; régimen de vigilancia; intervención; disolución y liquidación; patrimonio efectivo, entre otros, en el marco de la delegación de facultades otorgada al Poder Ejecutivo por la Ley N° 31380.

Publicacion Oficial – Diario Oficial El Peruano

CONDICION DE SUJETO SIN CAPACIDAD OPERATIVA

DECRETO LEGISLATIVO 1532 (19/03/2022)

Regula el procedimiento de atribución de la condición de sujeto sin capacidad operativa, en el marco de la lucha contra la evasión tributaria.

Sujeto sin capacidad operativa: sujeto que figura como emisor de los comprobantes de pago, pero no tiene los recursos económicos, financieros, materiales, humanos y/u otros, o estos no resultan idóneos, para realizar las operaciones por las que se emiten dichos documentos.

Inicio: La SUNAT puede iniciar el procedimiento de atribución de esta condición, cuando el sujeto no cuente con infraestructura o bienes, no tenga activos, no tenga personal; o estos resulten insuficientes, o cualquier otra situación objetiva que denote que no le es posible realizar las operaciones por las que se emiten comprobantes de pago.

Criterio: La SUNAT tomará en cuenta la suficiencia, razonabilidad y proporcionalidad de los recursos económicos, financieros, materiales, humanos y/u otros empleados por el sujeto para realizar las operaciones por las que emite los comprobantes de pago, en función de la naturaleza de las operaciones, el nivel de ventas del sujeto cuya capacidad operativa se cuestiona, el sector económico al que pertenece, entre otros.

Procedimiento: La SUNAT carta y requerimiento correspondiente, presenta a su agente fiscalizador y comunica el inicio del procedimiento, informa las situaciones detectadas, dando el plazo de 30 días hábiles para que el sujeto presente las pruebas para desvirtuar cada una de las situaciones comunicadas. Este plazo es prorrogable por única vez pos 5 días hábiles adicionales, siempre que el sujeto presente la solicitud de prórroga con una anticipación no menor a 3 días hábiles anteriores al vencimiento del plazo inicial. La SUNAT, en el plazo de 30 días hábiles siguientes al vencimiento, evalúa dichos medios probatorios y, de ser el caso, puede realizar una nueva verificación de campo y/o de sus fuentes de información. Dentro de este plazo, bajo responsabilidad, notifica el resultado del requerimiento, en el que determina que: a) Se han desvirtuado cada una de las situaciones detectadas que originaron el inicio del procedimiento, culminando este con dicha notificación, o b) No se han desvirtuado cada una de las situaciones detectadas que originaron el inicio del procedimiento, emitiendo y notificando dentro de dicho plazo la resolución de atribución de la condición de sujeto sin capacidad operativa (SSCO).

Impugnación: La impugnación de la resolución de atribución de la condición de SSCO se rige por el dispuesto en el Código Tributario, siendo competentes la SUNAT y el Tribunal Fiscal para resolver la reclamación y la apelación. Se establecen plazos especiales: a) 10 días hábiles para interponer recurso de reclamación y de apelación. b) 5 días hábiles para subsanar los requisitos de admisibilidad de la reclamación y de la apelación. c) 30 días hábiles para resolver la reclamación y la apelación, bajo responsabilidad. d) 10 días hábiles para la actuación de los medios probatorios en la reclamación y en la apelación, siempre que estos hubieran sido ofrecidos dentro del plazo previsto. e) 10 días hábiles para que la SUNAT eleve el expediente de apelación al Tribunal Fiscal.

Resolución firme: La resolución de atribución de la condición de SSCO queda firma una vez notificada al sujeto, si vence el plazo sin que se hubiera impugnado; o habiéndose impugnado sea desestimada, o emita resolución que pone fin a la instancia administrativa.

Publicación: La SUNAT publica en su página web y en el Diario Oficial El Peruano, el último día calendario del mes, la relación de sujetos sin capacidad operativa cuyas resoluciones de atribución de dicha condición hayan quedado firmes en dicho mes. La publicación se mantendrá por el plazo que establezca el Reglamento, que no podrá ser mayor a 5 años.

Efectos de la publicación: A partir del día calendario siguiente a la publicación, se genera la baja de las series de los comprobantes de pago físicos del SSCO, conforme a lo que la SUNAT establezca mediante resolución de superintendencia. El SSCO solo podrá emitir boletas de venta y notas de débito y crédito vinculadas a aquellas, de manera electrónica hasta que venza el plazo que señale el reglamento. Las operaciones que se realicen con el SSCO no permiten ejercer el derecho al crédito fiscal o cualquier otro derecho o beneficio derivado del IGV y/o sustentar costo o gasto para efectos del IR. El SSCO debe pagar el IGV consignado en los comprobantes de pago o en las notas de débito, en donde este figure como emisor, que hubiera emitido hasta el día de la publicación de la resolución firme que lo declara como SSCO.

Comprobantes emitidos con anterioridad a la publicación: Estos comprobantes no permiten ejercer el derecho a crédito fiscal del IGV, ni cualquier otro derecho relacionado con el IGV, ni sustentar gasto ni costo para efecto del IR.

Solicitud de revisión: Los contribuyentes que se vean afectados con la declaración de SCCO de su proveedor, pueden solicitar la revisión de los comprobantes que este le hubiera emitido, dentro del plazo de 30 días hábiles de efectuada la publicación arriba mencionada. La SUNAT realizará la fiscalización parcial, concluyendo con la resolución de determinación correspondiente. El reglamento establecerá el procedimiento para la revisión de los comprobantes.

Lista de empresas: La SUNAT publicará una lista de empresas, EIRL, contratos de colaboración empresarial, sociedades, cuyos titulares, partes contratantes o socios hubieran sido declarados como SSCO (con más del 20% de participación en el capital, o de los resultados tratándose contratos de colaboración empresarial. A partir del día siguiente de la publicación, se produce la baja de la serie de comprobantes de pago físicos, pudiendo emitir solo boletas y notas de débito electrónicas. Esta restricción se mantendrá por el plazo aplicable al SSCO que originó el supuesto. La empresa que considere que no se encuentra dentro de los supuestos para que aplique esta restricción, podrá solicitar a la SUNAT su exclusión, de acuerdo al procedimiento determine mediante resolución.

Vigencia: Esta norma entrará en vigencia el 1 de enero 2023. Aplica a los comprobantes de pago que se emitan a partir del 20.03.2022.

Modificación de la Ley del Impuesto a la Renta: Los comprobantes emitidos por sujetos sin capacidad operativa, según la publicación realiza la SUNAT, no permiten sustentar costo, gasto para tercera categoría, ni gastos adicionales para rentas del trabajo.

Detracciones IGV: No puede solicitar la libre disponibilidad de montos en la cuenta de detracción y el Banco de la Nación dispone el ingreso como recaudación, de los contribuyentes declarados por la SUNAT como sujeto sin capacidad operativa mediante resolución firme, salvo que haya vencido el plazo en que se debe mantener la publicación correspondiente en su página web.

Publicacion Oficial – Diario Oficial El Peruano

 

DEVOLUCIONES DE TRIBUTOS -SUNAT

DECRETO LEGISLATIVO 1533 (19/03/2022)

Modifica el Código Tributario y otras normas relacionadas a las devoluciones que realiza la SUNAT. Señala que las devoluciones que realice SUNAT se efectuarán mediante abono en cuenta, corriente o de ahorros, abierta en moneda nacional, en una empresa del sistema financiero nacional o en el Banco de la Nación, y cuyo titular sea exclusivamente el sujeto a quien corresponde realizar la devolución. El solicitante de la devolución debe comunicar a la SUNAT el Código de Cuenta Interbancario (CCI) respectivo, que estará sujeto a un procedimiento de validación.  En el caso de la devolución de oficio a personas naturales que cuenten con DNI y que no hubieran comunicado con anterioridad un CCI, la SUNAT requerirá al Banco de la Nación para que aperture de oficio de la Cuenta – DNI a que se refiere la Ley N° 31120.

https://busquedas.elperuano.pe/download/url/decreto-legislativo-que-modifica-el-codigo-tributario-y-otra-decreto-legislativo-no-1533-2049959-3

 

MODIFICAN LEY DE INVERSIÓN PÚBLICA REGIONAL Y LOCAL

DECRETO LEGISLATIVO 1534 (19/03/2022)

Modifica la Ley N° 29230 Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado y dispone medidas para promover la inversión bajo el mecanismo de obras por impuestos. Los cambios se refieren a la regulación de inversiones en el marco del mecanismo obras por impuestos; la ejecución de proyectos de inversión, inversiones de Optimización, de Ampliación marginal, de Rehabilitación y de Reposición, e inversiones de Optimización, de Ampliación marginal, de Rehabilitación y de Reposición de emergencia; financiamiento de los Certificados de Inversión Pública Regional y Local – Tesoro Público (CIPRL); autorización a las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales, los Gobiernos Locales y las Universidades Públicas para suscribir convenios para financiar y ejecutar únicamente el mantenimiento y/u operación de los activos de las unidades productoras de servicios en el marco de esta ley.

https://busquedas.elperuano.pe/download/url/decreto-legislativo-que-modifica-la-ley-n-29230-ley-que-im-decreto-legislativo-no-1534-2049959-4

 

PERFIL DE CUMPLIMIENTO- OBLIGACIONES TRIBUTARIAS

DECRETO LEGISLATIVO 1535 (19/03/2022)

Regula la calificación de los sujetos que deben cumplir obligaciones administradas y/o recaudadas por la SUNAT conforme a un perfil de cumplimiento, así como los efectos de dicha calificación. Tiene por objeto incentivar, el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias, aduaneras y las no tributarias administradas y/o recaudadas por la SUNAT.

Perfil de cumplimiento: calificación asignada por SUNAT según los niveles de cumplimiento. Son 5 niveles de cumplimiento que serán regulados por norma reglamentaria.

Variables: para asignar el perfil de cumplimiento se consideran variables tales como conductas de cumplimiento o incumplimiento de obligaciones tributarias y aduaneras; denuncias o proceso penal en trámite por delito tributario o aduanero; condena por tales delitos; tener el titular o más del 20% de socios de las empresas, los dos niveles más bajos de cumplimiento; tener la empresa un gerente o administrador que a la vez es gerente o administrador en otra empresa calificada en los dos niveles más bajos de cumplimiento.

Asignación del perfil: se realiza con periodicidad mínima de 1 mes y máxima de 12 meses; SUNAT aplica la metodología y comunica al contribuyente la asignación del perfil, quien tendrá 10 días hábiles para hacer sus descargos a la calificación asignada; SUNAT evalúa los descargos y emite resolución asignando el perfil de cumplimiento que corresponda. La resolución puede ser impugnada conforme con la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Efectos de la asignación del perfil de cumplimiento: el perfil de cumplimiento es un criterio que puede ser considerado, entre otros, para otorgar determinadas facilidades o establecer ciertas limitaciones, en la regulación de aquellos aspectos vinculados a obligaciones tributarias, aduaneras y a conceptos no tributarios administrados por la SUNAT, respecto de los cuales esta y/o el MEF tienen facultades normativas, tales como aquellos relacionados con los plazos para la atención de solicitudes de devolución, la obligación de presentar garantías, los cronogramas para la presentación de declaraciones o para el pago de tributos internos; el plazo para el levante de las mercancías, la autorización como operador de comercio exterior y el pago de la deuda tributaria.

Consulta de los perfiles de cumplimiento: los perfiles de cumplimiento asignados por la SUNAT podrán ser consultados por los terceros interesados en el portal de la SUNAT, en el que constará la fecha en que se obtuvo la calificación asignada, así como la fecha en la cual esta varía a otra.

https://busquedas.elperuano.pe/download/url/decreto-legislativo-que-regula-la-calificacion-de-los-sujeto-decreto-legislativo-no-1535-2049959-5

 

SECTOR AGRARIO EN EMERGENCIA

DECRETO SUPREMO 003-2022-MIDAGRI (19/03/2022)

Declara en emergencia el sector agrario y de riego a nivel nacional por el periodo de 120 días calendario, por los efectos generados por la COVID-19, el incremento de los precios de los insumos agrarios a nivel internacional y agravado por los conflictos internacionales que impactan negativamente en el agro peruano, en la economía nacional y en la seguridad alimentaria.

Publicacion Oficial – Diario Oficial El Peruano

 

PAGO DE APORTES A LA ONP POR NULIDAD DE AFILIACIÓN AL SPP

RESOLUCIÓN OOOO39-2022/SUNAT (19/03/2022)

Regula la declaración y pago de aportes a la ONP como consecuencia de nulidades de afiliación al Sistema Privado de Pensiones. Modifica el Formulario Virtual 0605, agrega causales de nulidad de afiliación previstas en la normativa vigente; dispone la presentación del formulario a través de SUNAT operaciones en línea.

https://busquedas.elperuano.pe/download/url/resolucion-de-superintendencia-referida-a-la-declaracion-y-p-resolucion-n-000039-2022sunat-2049045-1

 

 

Actualización del 18 de marzo de 2022

 

PRORROGAN ESTADO DE EMERGENCIA

DECRETO SUPREMO 025-2022-PCM (18/03/2022)

Prorroga el Estado de Emergencia por el término de 45 días calendario, a partir del 20 de marzo de 2022, declarado en Lima Metropolitana del departamento de Lima y en la Provincia Constitucional del Callao. Mantiene la suspensión de derechos constitucionales relativos a la inviolabilidad de domicilio, libertad de tránsito en el territorio nacional, libertad de reunión y libertad y seguridad personales, comprendidos en los incisos 9), 11), 12) y 24) literal f) del artículo 2 de la Constitución Política del Perú.

Publicacion Oficial – Diario Oficial El Peruano

 

 

TRIBUTOS MUNICIPALES- BENEFICIOS

Municipalidad de Pueblo Libre

DECRETO DE ALCALDÍA 004-2022-MPL (18/03/2022)

Prorroga hasta el 31 de marzo 2022, la fecha de vencimiento para el pago de la cuota anual (pago al contado) primera cuota del Impuesto Predial y de los Arbitrios Municipales de los meses de Enero y Febrero del Ejercicio 2022 establecidos en la Ordenanza N° 600-MPL y el plazo para acogerse a los beneficios concedidos mediante Ordenanza N° 601-MPL, en el distrito de Pueblo Libre.

https://busquedas.elperuano.pe/download/url/prorrogan-fecha-de-vencimiento-para-el-pago-de-la-cuota-anua-decreto-de-alcaldia-n-004-2022-mpl-2048751-1

 

 

Actualización del 17 de marzo de 2022

 

TRIBUTOS MUNICIPALES -BENEFICIOS

Municipalidad de San Bartolo

DECRETO DE ALCALDÍA 001-2022/MDSB (17/03/2022)

Prorroga hasta el 31 de marzo 2022, la vigencia de la Ordenanza Municipal Nº 320-2022/MDSB que aprobó establecer beneficios tributarios por el pronto pago de arbitrios municipales correspondientes al ejercicio fiscal 2022 en el distrito de San Bartolo.

https://busquedas.elperuano.pe/download/url/prorrogan-vigencia-de-la-ordenanza-municipal-no-320-2022mds-decreto-de-alcaldia-n-001-2022mdsb-2048330-1

 

Actualización del 16 de marzo de 2022

 

TRIBUTOS MUNICIPALES- BENEFICIOS

Municipalidad de Lurigancho

DECRETO DE ALCALDÍA 01-2022/MDL (16/03/2022)

Amplía hasta el 29 de abril 2022, el plazo de vencimiento para beneficio de descuento del 10% establecido en la Ordenanza N° 312-MDL, que estableció la vigencia de los importes de los arbitrios municipales de limpieza pública parques y jardines públicos y serenazgo reajustados con el índice de precios al consumidor – IPC para el ejercicio fiscal 2022, en el distrito de Lurigancho.

Publicacion Oficial – Diario Oficial El Peruano

 

Actualización del 15 de marzo de 2022

 

PRESIDENTE EJECUTIVO DE ESSALUD

RESOLUCIÓN SUPREMA 004-2022-TR (EDICIÓN EXTRAORDINARIA 14/03/2022)

Designa al Sr. Alegre Raúl Fonseca Espinoza, representante del Estado ante el Consejo Directivo del Seguro Social de Salud – EsSalud quien desempeñará el cargo de Presidente Ejecutivo, por renuncia de su antecesor, Sr. Gino José Carlos Dávila Herrera.

https://elperuano.pe/NormasElperuano/2022/03/14/2048047-1/2048047-1.htm

 

TRIBUTOS MUNICIPALES- BENEFICIOS

Municipalidad de Comas

DECRETO DE ALCALDÍA 006-2022-AL/MDC (15/03/2022)

Prorroga hasta el 30 de abril 2022, la vigencia de la Ordenanza Nº 629/MDC que establece la aplicación de descuentos en arbitrios municipales del 2022 por el pronto pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 2022 en el distrito de Comas.

https://busquedas.elperuano.pe/download/url/prorrogan-vigencia-de-la-ordenanza-no-629mdc-que-establece-decreto-de-alcaldia-n-006-2022-almdc-2047862-1

 

 

Actualización del 14 de marzo de 2022

 

DIRECTIVA MINSA BARRIDO DE VACUNACION

RESOLUCIÓN MINISTERIAL 196-2022/MINSA (12/03/2022)

Aprueba la Directiva Sanitaria para el barrido sanitario de vacunación contra la COVID-19

https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/2906398/Directiva%20Sanitaria%20N%E2%81%B0%20144-MINSA/DIGIESP-2022.pdf

 

Municipalidad de Independencia

ORDENANZA 000438-2022-MDI (12/03/2022)

Aprueba beneficios tributarios en el distrito de Independencia. Establece porcentajes de descuentos en arbitrios municipales en función del año al que pertenecen. Vigente hasta el 30 de abril 2022.

Publicacion Oficial – Diario Oficial El Peruano

 

Municipalidad de Surquillo

ORDENANZA 500-MDS (12/03/2022)

Aprueba el beneficio tributario denominado Reactivación Comercial en Surquillo 2022. Establece descuentos en impuesto predial y arbitrios de años anteriores para contribuyentes (uso comercio y puesto de mercado) que cumplan con cancelar la totalidad del Impuesto Predial hasta el 31de marzo 2022.

Publicacion Oficial – Diario Oficial El Peruano

 

 

Actualización del 11 de marzo de 2022

 

ACUERDO PERÚ –BOLIVIA SOBRE DERECHO DE PASO EN LAGO TITICACA
DECRETO SUPREMO 009-2022-RE (11/03/2022)

Ratifica el “Acuerdo entre la República del Perú y el Estado Plurinacional de Bolivia sobre Derecho de Paso para la Navegación en el Lago Titicaca” suscrito el 25 de junio de 2019 en la ciudad de Ilo, República del Perú, y aprobado mediante la Resolución Legislativa N.º 31400, de 31 de enero de 2022.

https://busquedas.elperuano.pe/download/url/decreto-supremo-que-ratifica-el-acuerdo-entre-la-republica-d-decreto-supremo-n-009-2022-re-2047136-1

 

ACUERDO DE COOPERACIÓN TÉCNICA 2020 PERÚ – ALEMANIA
DECRETO SUPREMO 011-2022-RE (11/03/2022)

Ratifica el “Acuerdo sobre Cooperación Técnica 2020” entre el Perú y Alemania, formalizado mediante Nota Verbal Nº 0342/2021 de la Embajada de la República Federal de Alemania del 30 de noviembre de 2021 y Nota RE (GAB) Nº 6-5/76 del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Perú del 3 de diciembre de 2021.

https://busquedas.elperuano.pe/download/url/decreto-supremo-que-ratifica-el-acuerdo-sobre-cooperacion-t-decreto-supremo-n-011-2022-re-2047136-3

 

VICEMINISTRO DE SALUD PÚBLICA
RESOLUCIÓN SUPREMA 004-2022-SA (11/03/2022)

Designa al médico cirujano Jorge Antonio López Peña, en el cargo de Viceministro de Salud Pública del Ministerio de Salud.

https://busquedas.elperuano.pe/download/url/designan-viceministro-de-salud-publica-resolucion-suprema-n-004-2022-sa-2047140-2

 

CERTIFICADO LITERAL DE TÍTULO ARCHIVADO- SUNARP
RESOLUCIÓN 034-2022-SUNARP/SN (11/03/2022)

Aprueba la expedición mediante agente automatizado del certificado literal de título archivado a través del Servicio de Publicidad Registral en Línea (SPRL) con ámbito nacional. Estará disponible desde el 18 de marzo 2022.

https://busquedas.elperuano.pe/download/url/aprueban-la-expedicion-mediante-agente-automatizado-del-cert-resolucion-n-034-2022-sunarpsn-2046965-1

 

 

Actualización del 10 de marzo de 2022

VICEMINISTRA DE COMERCIO EXTERIOR

RESOLUCIÓN SUPREMA 003-2022-MINCETUR (EDICIÓN EXTRAORDINARIA 09/03/2022)

Designa a la señora Ana Cecilia Gervasi Díaz en el cargo de Viceministra de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo.

Normas_Legales_20220309_EXTRAORDINARIA.indd (elperuano.pe)

 

EMISIÓN GRATUITA DE DNI PERSONAS EN SITUACIÓN DE DESPROTECCIÓN FAMILIAR

RESOLUCIÓN JEFATURAL 000038-2022/JNAC/RENIEC (10/03/2022)

Autorizan la gratuidad hasta la meta de 4000 procedimientos en el Registro Único de Identificación de Personas Naturales – RUIPN y consecuente emisión del Documento Nacional de Identidad – DNI las modalidades de inscripción por primera vez, duplicado, renovación y rectificación de datos para niños y adolescentes en situación de desprotección familiar; en situación de orfandad debido al fallecimiento de uno o dos de sus padres, abuelos o tutores a causa del COVID-19; para personas mayores o menores víctimas de delitos penales que vulneren la libertad, la integridad física y psicológica, la dignidad económica y social de los ciudadanos, así como para los familiares directamente afectados.

Publicacion Oficial – Diario Oficial El Peruano

 

JEFE DEL SIS

RESOLUCIÓN SUPERMA 002-2022-SA (10/03/2022)

Designa al economista José Ernesto Vidal Fernández en el cargo de Jefe del Seguro Integral de Salud.

Publicacion Oficial – Diario Oficial El Peruano

 

TRIBUTOS MUNICIPALES- BENEFICIOS

Municipalidad de Chaclacayo

DECRETO DE ALCALDÍA 02-2022/MDCH (10/03/2022)

Prorroga hasta el 31 de marzo 2022, la vigencia de la Ordenanza N° 468-2021-MDCH que establece el beneficio temporal para el pago de deudas tributarias y administrativas en favor de los contribuyentes del distrito de Chaclacayo.

https://busquedas.elperuano.pe/download/url/prorrogan-vigencia-de-la-ordenanza-n-468-2021-mdch-que-est-decreto-de-alcaldia-n-02-2022mdch-2046428-1

 

Actualización del 9 de marzo de 2022

 

TRIBUTOS MUNICIPALES- BENEFICIOS

Municipalidad de Carabayllo

DECRETO DE ALCALDÍA 002-2022-A/MDC (09/03/2022)

Prorroga hasta el 31 de marzo 20202, la fecha de vencimiento para el pago al contado y de la primera cuota del Impuesto Predial; así como para el pago de la primera y segunda cuota mensual de los Arbitrios Municipales del ejercicio 2022 y el incentivo por Pronto Pago, en el distrito de Carabayllo.

https://busquedas.elperuano.pe/download/url/prorrogan-fecha-de-vencimiento-para-el-pago-al-contado-y-de-decreto-de-alcaldia-n-002-2022-amdc-2045552-1

 

Municipalidad de Lurín

ORDENANZA 444-2022/MDL (09/03/2022)

Establece descuento entre el 20% y 30% sobre el monto insoluto de arbitrios 2022 y entre el 50% y 100% respecto de años anteriores, siempre que el pago se realice hasta el 29 de abril 2022, en el distrito de Lurín.

Publicacion Oficial – Diario Oficial El Peruano

 

Actualización del 8 de marzo de 2022

 

DIRECTIVA BARRIDO SANITARIO DE VACUNACIÓN

RESOLUCIÓN MINISTERIAL 165-2022/MINSA (EDICIÓN EXTRAORDINARIA  04/03/2022) 

Aprueban la Directiva Sanitaria N° 143-MINSA/DGIESP-2022 Directiva Sanitaria para el barrido sanitario de vacunación contra la COVID-19 en Lima Metropolitana y el Callao. Se realiza con el objeto de cerrar las brechas de vacunación existentes en estas jurisdicciones de personas no vacunadas o que no hayan completado el esquema de vacunación o la dosis de refuerzo. Contempla vacunación en puestos fijos (establecimientos de salud y centros de vacunación) y en puestos móviles (mercados, centros de trabajo, en terminales, vacunamóvil; casa por casa)

https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/2875386/Directiva%20%20Sanitaria%20N%C2%BA%20143-MINSA/DGIESP-2022.pdf

 

CRONOGRAMA DE INTEGRACIÓN DE LICENCIAS DE CONDUCIR

RESOLUCION DIRECTORAL 004-2022-MTC/18 (EDICIÓN EXTRAORDINARIA 04/03/2022)

Aprueba el Cronograma de Integración de las Licencias de Conducir de la Clase B al Sistema Nacional de Conductores por parte de las Municipalidades Provinciales. Inicia el 3 de junio 2022 y culmina el 4 de julio 2022.

Normas_Legales_20220304_EXTRAORDINARIA.indd (elperuano.pe)

INCORPORAN A ODONTÓLOGOS EN COMUNIDAD EDUCATIVA

LEY 31431| (05/03/2022)

Incorpora al profesional odontólogo como miembro integrante de la Comunidad Educativa establecida en la Ley 28044, Ley General de Educación, con la finalidad de prestar los servicios en el área de su competencia relacionados con la prevención y promoción de la salud bucodental de los estudiantes y demás miembros de la comunidad educativa.

Publicacion Oficial – Diario Oficial El Peruano

 

OBSERVATORIO DE RAYOS GAMMA

LEY 31432 (05/03/2022)

Modifica la Ley 27972 Ley Orgánica de Municipalidades para promover el desarrollo de proyectos nacionales e internacionales de ciencia tecnología e innovación y declara de interés nacional la construcción del Observatorio de Rayos Gamma de Campo Amplio del Hemisferio Sur (SWGO) en el sur del país.

Publicacion Oficial – Diario Oficial El Peruano

 

GASTOS EN TURISMO- COMPROBANTES DE PAGO

RESOLUCIÓN 000035-2022/SUNAT (06/03/2022)

Señala los comprobantes que permiten la deducción como gasto para fines del impuesto a la renta de cuarta y quinta categoría, por los ejercicios 2021 y 2022, del 25% de los importes pagados por concepto de los servicios de agencias de viajes y turismo, servicios de agencias operadoras de viajes y turismo, servicios de guías de turismo, servicios de centros de turismo termal y/o similares, servicios de turismo de aventura, ecoturismo o similares, así como de la actividad artesanal:

  1. a) El ticket POS y el ticket monedero electrónico emitidos por sujetos del Nuevo RUS, la boleta de venta, así como las notas vinculadas a estos, emitidos en alguno de los sistemas de emisión electrónica, siempre que se identifique al adquirente o usuario con el número de su documento nacional de identidad o de RUC.
  2. b) Las boletas de venta y las notas vinculadas a estas emitidas en formatos impresos y/o importados por imprenta autorizada cuando no resulte posible emitir documentos electrónicos debido a la ocurrencia de los supuestos previstos en la normativa y siempre que se identifique al adquirente o usuario con el número de su documento nacional de identidad o de RUC. Personas extranjeras domiciliadas en Perú, solo su RUC.

Publicacion Oficial – Diario Oficial El Peruano

 

PADRÓN ELECTORAL- ELECCIONES MUNICIPALES 2022

RESOLUCIÓN 0137-2022-JNE (07/03/2022)

Aprueba el Padrón Electoral Definitivo elaborado y remitido por el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil al Jurado Nacional de Electores para el proceso de Elecciones Regionales y Municipales 2022. Considera 24’759,909 ciudadanos para elecciones regionales; y 24’760,062 para elecciones municipales, que incluye a 153, 000 ciudadanos extranjeros inscritos.

https://busquedas.elperuano.pe/download/url/aprueban-el-padron-electoral-definitivo-elaborado-y-remitid-resolucion-n-0137-2022-jne-2045403-1

 

TRIBUTOS MUNICIPALES- BENEFICIOS

Municipalidad de San Martín de Porres

DECRETO DE ALCALDÍA (05/03/2022)

Prorroga hasta el 31 de marzo 2022, la vigencia de la Ordenanza Nº 524-MDSMP Ordenanza que aprueba Actualización de Datos de los contribuyentes y Beneficios tributarios y no tributarios de la deuda en el Distrito de San Martín de Porres.

https://busquedas.elperuano.pe/download/url/prorrogan-vigencia-de-la-ordenanza-no-524-mdsmp-ordenanza-decreto-de-alcaldia-n-004-2022-mdsmp-2045366-1

 

Municipalidad de La Molina

ORDENANZA 423/MDLM (06/03/2022)

Establece la condonación de intereses moratorios del Ejercicio Fiscal 2022 a los contribuyentes del distrito de La Molina.

Publicacion Oficial – Diario Oficial El Peruano

 

Actualización del 7 de marzo de 2022

 

PADRÓN ELECTORAL- ELECCIONES MUNICIPALES 2022

RESOLUCIÓN 0137-2022-JNE (07/03/2022)

Aprueba el Padrón Electoral Definitivo elaborado y remitido por el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil al Jurado Nacional de Electores para el proceso de Elecciones Regionales y Municipales 2022. Considera 24’759,909 ciudadanos para elecciones regionales; y 24’760,062 para elecciones municipales, que incluye a 153, 000 ciudadanos extranjeros inscritos.

https://busquedas.elperuano.pe/download/url/aprueban-el-padron-electoral-definitivo-elaborado-y-remitid-resolucion-n-0137-2022-jne-2045403-1

 

 

Actualización del 6 de marzo de 2022

 

Municipalidad de La Molina

ORDENANZA 423/MDLM (06/03/2022)

Establece la condonación de intereses moratorios del Ejercicio Fiscal 2022 a los contribuyentes del distrito de La Molina.

Publicacion Oficial – Diario Oficial El Peruano

 

GASTOS EN TURISMO- COMPROBANTES DE PAGO

RESOLUCIÓN 000035-2022/SUNAT (06/03/2022)

Señala los comprobantes que permiten la deducción como gasto para fines del impuesto a la renta de cuarta y quinta categoría, por los ejercicios 2021 y 2022, del 25% de los importes pagados por concepto de los servicios de agencias de viajes y turismo, servicios de agencias operadoras de viajes y turismo, servicios de guías de turismo, servicios de centros de turismo termal y/o similares, servicios de turismo de aventura, ecoturismo o similares, así como de la actividad artesanal:

  1. a) El ticket POS y el ticket monedero electrónico emitidos por sujetos del Nuevo RUS, la boleta de venta, así como las notas vinculadas a estos, emitidos en alguno de los sistemas de emisión electrónica, siempre que se identifique al adquirente o usuario con el número de su documento nacional de identidad o de RUC.
  2. b) Las boletas de venta y las notas vinculadas a estas emitidas en formatos impresos y/o importados por imprenta autorizada cuando no resulte posible emitir documentos electrónicos debido a la ocurrencia de los supuestos previstos en la normativa y siempre que se identifique al adquirente o usuario con el número de su documento nacional de identidad o de RUC. Personas extranjeras domiciliadas en Perú, solo su RUC.

Publicacion Oficial – Diario Oficial El Peruano

 

Actualización del 5 de marzo de 2022

 

INCORPORAN A ODONTOLOGOS EN COMUNIDAD EDUCATIVA

LEY 31431| (05/03/2022)

Incorpora al profesional odontólogo como miembro integrante de la Comunidad Educativa establecida en la Ley 28044, Ley General de Educación, con la finalidad de prestar los servicios en el área de su competencia relacionados con la prevención y promoción de la salud bucodental de los estudiantes y demás miembros de la comunidad educativa.

Publicacion Oficial – Diario Oficial El Peruano

 

OBSERVATORIO DE RAYOS GAMMA

LEY 31432 (05/03/2022)

Modifica la Ley 27972 Ley Orgánica de Municipalidades para promover el desarrollo de proyectos nacionales e internacionales de ciencia tecnología e innovación y declara de interés nacional la construcción del Observatorio de Rayos Gamma de Campo Amplio del Hemisferio Sur (SWGO) en el sur del país.

Publicacion Oficial – Diario Oficial El Peruano

 

TRIBUTOS MUNICIPALES- BENEFICIOS

Municipalidad de San Martín de Porres

DECRETO DE ALCALDÍA (05/03/2022)

Prorroga hasta el 31 de marzo 2022, la vigencia de la Ordenanza Nº 524-MDSMP Ordenanza que aprueba Actualización de Datos de los contribuyentes y Beneficios tributarios y no tributarios de la deuda en el Distrito de San Martín de Porres.

https://busquedas.elperuano.pe/download/url/prorrogan-vigencia-de-la-ordenanza-no-524-mdsmp-ordenanza-decreto-de-alcaldia-n-004-2022-mdsmp-2045366-1

 

Actualización del 4 de marzo de 2022

 

DIRECTIVA BARRIDO SANITARIO DE VACUNACIÓN

RESOLUCIÓN MINISTERIAL 165-2022/MINSA (EDICIÓN EXTRAORDINARIA  04/03/2022) 

Aprueban la Directiva Sanitaria N° 143-MINSA/DGIESP-2022 Directiva Sanitaria para el barrido sanitario de vacunación contra la COVID-19 en Lima Metropolitana y el Callao. Se realiza con el objeto de cerrar las brechas de vacunación existentes en estas jurisdicciones de personas no vacunadas o que no hayan completado el esquema de vacunación o la dosis de refuerzo. Contempla vacunación en puestos fijos (establecimientos de salud y centros de vacunación) y en puestos móviles (mercados, centros de trabajo, en terminales, vacunamóvil; casa por casa)

https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/2875386/Directiva%20%20Sanitaria%20N%C2%BA%20143-MINSA/DGIESP-2022.pdf

 

CRONOGRAMA DE INTEGRACIÓN DE LICENCIAS DE CONDUCIR

RESOLUCION DIRECTORAL 004-2022-MTC/18 (EDICIÓN EXTRAORDINARIA 04/03/2022)

Aprueba el Cronograma de Integración de las Licencias de Conducir de la Clase B al Sistema Nacional de Conductores por parte de las Municipalidades Provinciales. Inicia el 3 de junio 2022 y culmina el 4 de julio 2022.

Normas_Legales_20220304_EXTRAORDINARIA.indd (elperuano.pe)

 

TRIBUTOS MUNICIPALES- BENEFICIOS

Municipalidad de Pachacamac

DECRETO DE ALCALDÍA 008-2022-MDP/A (04/03/2022)

Prorroga hasta el 31 de marzo 2022, los plazos previstos en la Ordenanza Municipal N° 280-2022-MDP/C sobre la determinación de fechas de vencimiento para el pago y aplicación de incentivos por pronto pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del Ejercicio Fiscal 2022, en el distrito de Pachacamac.

https://busquedas.elperuano.pe/download/url/prorrogan-plazos-previstos-en-la-ordenanza-municipal-n-280-decreto-de-alcaldia-n-008-2022-mdpa-2044126-1

 

NUEVAS REGLAS SOBRE BANCARIZACIÓN

Mediante Decreto Legislativo 1529 (El Peruano 03.03.2022), se ha dispuesto que el monto de las operaciones a partir del cual deben ser bancarizadas será de 2,000 soles o 500 dólares americanos. Al respecto, precisamos que esta disposición entrará en vigencia el 1 de abril 2022, por lo que, hasta el 31 de marzo 2022, el monto que obliga a bancarizar se mantiene en 3,500 soles y 1,000 dólares americanos, en aplicación de la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo 1529.

https://busquedas.elperuano.pe/download/url/decreto-legislativo-que-modifica-la-ley-para-la-lucha-contra-decreto-legislativo-n-1529-2044433-2

 

Actualización del 3 de marzo de 2022

MODIFICAN CÓDIGO TRIBUTARIO

DECRETO LEGISLATIVO 1528 (03/03/2022)

Modifica el Código Tributario. Los principales cambios son:

Declaración de la prescripción: El escrito mediante el cual se solicita la prescripción debe señalar el tributo y/o infracción y período de forma específica. De no señalarse, se le otorgará 10 días para subsanar; de no haberse subsanado, se declarará su improcedencia.

Momento en que puede oponerse la prescripción: Si se solicita la prescripción en un procedimiento no contencioso, no puede oponerse esta en un procedimiento contencioso tributario en forma paralela, y viceversa. En el caso que se encuentre en trámite un procedimiento en el que se haya invocado la prescripción y se inicie uno nuevo respecto del mismo tributo y/o infracción y período, se declarará la improcedencia del segundo procedimiento.

Notificación del Tribunal Fiscal:  Cuando no pueda notificar al domicilio fiscal del contribuyente, por cualquier motivo imputable a este, el Tribunal Fiscal hará la notificación a través de su página Web.

Requisitos de admisibilidad de la reclamación: La reclamación debe interponerse a través de un escrito en el que se identifique el acto reclamable materia de impugnación os fundamentos de hecho y, cuando sea posible, los de derecho.

Requisitos de admisibilidad de la apelación: La apelación debe formularse mediante un escrito en el que se identifique el acto apelable materia de impugnación, los fundamentos de hecho y, cuando sea posible, los de derecho.

Queja: Establece plazo excepcional de 30 días hábiles para resolver la queja, en caso de pronunciamiento sobre la prescripción al resolverse la queja.

Cálculo de intereses en los anticipos y pagos a cuenta: La aplicación de intereses moratorios sobre anticipos y pagos a cuenta, hasta el vencimiento de la obligación principal, procederá incluso cuando, con posterioridad al vencimiento o determinación de la obligación principal, se hubiese modificado la base de cálculo del pago a cuenta o el coeficiente aplicable o el sistema utilizado para su determinación, por rectificación de la declaración jurada o determinación sobre base cierta hecha por la Administración Tributaria.

Vigencia: A partir del 04.03.2022.

Publicacion Oficial – Diario Oficial El Peruano

 

MODIFICAN LEY DE BANCARIZACIÓN

DECRETO LEGISLATIVO 1529 (03/03/2022)

Modifica la Ley para la Lucha contra la Evasión y para la Formalización de la Economía. Los principales cambios son:

Monto para usar medio de pago: El monto a partir del cual se deberá utilizar Medios de Pago es de dos mil soles (S/ 2 000) o quinientos dólares americanos (US$ 500).

Casos específicos: En la constitución o transferencia de derechos reales sobre inmuebles; transferencia de propiedad o constitución de derechos reales sobre vehículos, nuevos o usados, sean aéreos, marítimos o terrestres; y en la adquisición, aumento y reducción de capital de persona jurídica, se utiliza medio de pago bancario, cuando el pago de suma de dinero sea por importe igual o superior a una (1) UIT.

No domiciliados: Cuando corresponda usar medios de pago bancario, podrá canalizarse a través de empresas del Sistema Financiero o de empresas bancarias o financieras no domiciliadas, en los casos que el obligado realice operaciones de comercio exterior, incluidas las originadas por la adquisición de predios y derechos relativos a los mismos, acciones y otros valores mobiliarios, así como las operaciones de compra – venta internacional de mercancías.

Validez del pago: El uso del medio de pago se tendrá por cumplido cuando dicho pago se realice directamente al acreedor, proveedor del bien y/o prestador del servicio. También será válido cuando dicho pago se realice a un tercero designado por aquel, siempre que tal designación se comunique a la SUNAT con anterioridad al pago, en la forma y condiciones que esta señale mediante resolución de superintendencia (En tanto SUNAT no expida la resolución, la comunicación deberá hacerse en las dependencias de SUNAT o a través de su Mesa de partes Virtual).

Remuneraciones y beneficios sociales: Cuando exista obligación de depositar remuneraciones y beneficios sociales a través de entidades bancarias, conforme con lo establecido en el Decreto Legislativo 1499, no se considerará el monto previsto de 2000 soles, sino el monto de la remuneración o beneficio del trabajador. (Entrará en vigencia cuando se reglamente el Decreto Legislativo 1499)

Bancos en paraísos fiscales: No se considerará que se ha usado medio de pago bancario, cuando la entidad financiera a través de la cual se realiza el pago, sea residente en países o territorios no cooperantes o de baja o nula imposición. (Entra en vigencia el 01.01.2023)

Vigencia: Los cambios rigen a partir del 04.03.2022, salvo los casos señalados con fecha distinta de vigencia.

Publicacion Oficial – Diario Oficial El Peruano

 

MODIFICAN LEY GENERAL DE ADUANAS

DECRETO LEGISLATIVO 1530 (03/03/2022)

Modifica la Ley General de Aduanas. Los cambios principales se refieren a:

Exigibilidad de la obligación tributaria aduanera: En la importación para el consumo, de estar la deuda garantizada, incorpora un nuevo supuesto (caso excepcional de destinación aduanera Art. 132 inciso a. de la LGA) señalando que la deuda es exigible a partir del vigésimo primer día calendario del mes siguiente a la fecha de transmisión o presentación del documento comercial u oficial. (La vigencia de este nuevo supuesto está supeditada a la expedición de un decreto supremo reglamentario)

Devoluciones: Las devoluciones por pagos indebidos o en exceso se regirán por el Código Tributario, excepto cuando se impugne un acto administrativo, en cuyo caso se tramita según el procedimiento contencioso tributario. Señala además que la solicitud de devolución por pagos indebidos o en exceso sobre autoliquidaciones vinculadas al procedimiento de duda razonable, regulado en el sistema de valoración, se resuelve y notifica en un plazo de cinco meses o, cuando se ha ampliado la duda razonable conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Valoración, en un plazo de doce meses. Este plazo se computa a partir del día siguiente de la fecha de presentación de la solicitud

Regímenes aduaneros especiales o de excepción: Incorpora el ingreso de mercancías destinadas al uso comercial para consumo en los distritos de frontera que no cuenten con conexión por vía terrestre con la capital de su respectivo departamento ni que contengan a la capital departamental, realizado por parte de sus pobladores residentes, estableciendo que no se encuentra sujeto al pago de derechos arancelarios y demás tributos a la importación, de acuerdo al listado de circunscripciones, el monto, la frecuencia y otras condiciones o disposiciones que señale el Reglamento del régimen aduanero especial.

Vigencia: A partir del 04.03.2022, salvo el cambio referido a la exigibilidad de la obligación tributaria aduanera sujeto a la dación del decreto supremo reglamentario.

Publicacion Oficial – Diario Oficial El Peruano

 

TRIBUTOS MUNICIPALES- BENEFICIOS

Municipalidad de Mi Perú

DECRETO DE ALCALDÍA 001-2022-MDMP (03/03/2022)

Prorroga hasta el 30 de abril 2022, la vigencia de la Ordenanza N° 084/MDMP denominada Ordenanza que establece beneficios tributarios a los familiares de los fallecidos por el Coronavirus – COVID – 19.

Publicacion Oficial – Diario Oficial El Peruano

 

Municipalidad de Mi Perú

DECRETO DE ALCALDÍA 002-2022-MDMP (03/03/2022)

Prorroga hasta el 30 de abril 2022, la vigencia de la Ordenanza N° 085/MDMP Ordenanza que otorga beneficios tributarios extraordinarios por Navidad y fin de año en el distrito de Mi Perú.

https://busquedas.elperuano.pe/download/url/prorrogan-vigencia-de-la-ordenanza-n-085mdmp-ordenanza-q-decreto-de-alcaldia-n-002-2022-mdmp-2044261-1

 

 

Actualización del 2 de marzo de 2022

 

REGISTRO DE VISITAS – GESTIÓN DE INTERESES
RESOLUCIÓN SUPREMA 001-2022-PCM/SIP (02/03/2022)

Aprueba la Directiva N° 001-2022-PCM/SIP Lineamientos para asegurar la integridad y transparencia en las gestiones de intereses y otras actividades a través del Registro de Visitas en Línea y Registro de Agendas Oficiales, en todas las entidades de la administración pública.

https://busquedas.elperuano.pe/download/url/aprueban-la-directiva-n-001-2022-pcmsip-lineamientos-para-resolucion-no-001-2022-pcmsip-2043913-1

 

TRIBUTOS MUNICIPALES- BENEFICIOS
Municipalidad de Chorrillos
ORDENANZA 426-2022/MDCH (02/03/2022)

Establece beneficios tributarios a favor de los contribuyentes del distrito de Chorrillos que realicen la actualización de su Declaración Jurada de autoavalúo por deudas generadas por los procesos de fiscalización tributaria o por la actualización voluntaria.

https://busquedas.elperuano.pe/download/url/ordenanza-que-establece-beneficios-tributarios-a-favor-de-lo-ordenanza-no-426-2022mdch-2043220-1

 

Municipalidad de Santa Anita
DECRETO DE ALCALDÍA 00002-2022/MDSA (02/03/2022)

Prorroga hasta el 31 de marzo 2022, la vigencia de la Ordenanza N° 000314/MDSA que aprobó las fechas de vencimiento para el pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales actualización de datos con carácter de declaración jurada incentivos de Pronto Pago para el ejercicio 2022 beneficios tributarios y administrativos 2022 en el distrito de Santa Anita.

https://busquedas.elperuano.pe/download/url/prorrogan-vigencia-de-la-ordenanza-n-000314mdsa-que-aprob-decreto-de-alcaldia-no-000002-2022mdsa-2043844-1

 

Municipalidad de Carmen de la Legua Reynoso
DECRETO DE ALCALDÍA 001-2022/MDCLR (02/03/2022)

Prorroga hasta el 31 de marzo 2022, las fechas de vencimiento establecidas para el pago Anual y de la primera cuota del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales correspondientes al ejercicio fiscal 2022 y la aplicación de descuentos por Pronto Pago en el distrito de Carmen de la Legua Reynoso.

https://busquedas.elperuano.pe/download/url/prorrogan-las-fechas-de-vencimiento-establecidas-para-el-pag-decreto-de-alcaldia-no-001-2022mdclr-2043933-3

 

Actualización del 1 de marzo de 2022

 

RENUNCIA DE MINISTRO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES

RESOLUCIÓN SUPREMA 106-2022-PCM (EDICIÓN EXTRAORDINARIA 28/02/2022)

Acepta la renuncia que, al cargo de Ministro de Estado en el Despacho de Transportes y Comunicaciones, formula el señor Juan Francisco Silva Villegas.

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LEY DEL IMPUESTO A LA RENTA- INCREMENTO PATRIMONIAL NO JUSTIFICADO

DECRETO LEGISLATIVO 1527 (01/03/2022)

Modifica la Ley del Impuesto a la Renta, en lo relativo al sustento para acreditar que no existe incremento patrimonial no justificado.

Tratándose de incremento patrimonial producido por donaciones u otras liberalidades, no podrá justificarse – y constituirá renta no declarada – cuando no consten en:

  • Escritura pública, tratándose de bienes inmuebles o muebles cuya transferencia requiera de dicho instrumento, según las normas de la materia.
  • Documento de fecha cierta, tratándose de la donación de bienes muebles distintos al caso anterior
  • Documento que acredite de manera fehaciente tratándose de donaciones de muebles que no requieren escritura pública, recibidos con motivo de bodas o acontecimientos similares cuyo valor no exceda del 25% de la UIT; o la liberalidad recibida. En los casos que para su constitución o formalización se requiera de una escritura pública o documento de fecha cierta, según las normas sobre la materia, la liberalidad no podrá ser sustentada con documento que no cumpla con dicha formalidad.

 

Determinación de incremento patrimonial sobre base presunta: no se considerarán los depósitos en cuentas de entidades del sistema financiero nacional o del extranjero que correspondan a operaciones entre terceros, siempre que el origen o procedencia de tales depósitos estén debidamente sustentados y la información vinculada a estos se declare a la SUNAT, en la forma, plazo y condiciones que esta señale, entre ellas, el monto mínimo a partir del cual se presentará dicha declaración.

Vigencia: Estas disposiciones entrarán en vigencia el 1 de enero de 2023.

Publicacion Oficial – Diario Oficial El Peruano

 

ÍNDICE DE PRECIOS FEBRERO 2022

RESOLUCIONES JEFATURALES 046-047-2022-INEI (01/03/2022)

Índice de Precios al Consumidor: Mensual 0.31%. Acumulado 0.35%

Índice de Precios al Por Mayor: Mensual 0.46%. Acumulado 0.19%

https://busquedas.elperuano.pe/download/url/aprueban-el-indice-de-precios-al-consumidor-de-lima-metropol-resolucion-jefatural-no-046-2022-inei-2043402-1

 

LINEAMIENTOS PARA TRANSPORTE DE ESTUDIANTES

RESOLUCIÓN MINISTERIAL 130-2022-MTC/01 (01/03/2022)

Aprueba el Lineamiento Sectorial para la Prevención de la COVID-19 en el Servicio de Transporte de Estudiantes, con la finalidad de evitar los riesgos de contagio y diseminación. Se publicará en el portal institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones.

Publicacion Oficial – Diario Oficial El Peruano

 

TRIBUTOS MUNICIPALES- BENEFICIOS

Municipalidad de San Luis

DECRETO DE ALCALDÍA 002-2022-DA-MDSL (EDICIÓN EXTRAORDINARIA 28/02/2022)

Prorroga la vigencia de la Ordenanza N°326-MDSL/C que aprueba la Amnistía General Tributaria 2022 en el distrito de San Luis.

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Municipalidad de San Luis

DECRETO DE ALCALDÍA 003-2022-DA-MDSL (EDICIÓN EXTRAORDINARIA 28/02/2022)

Prorroga la vigencia de lo dispuesto en la Ordenanza N° 325-MDSL/C sobre determinación de fechas de vencimiento para el pago y aplicación de incentivos por pronto pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales de Ejercicio 2022 en el Distrito de San Luis.

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Municipalidad de Breña

DECRETO DE ALCALDÍA 01-2022-MDB (01/03/2022)

Prorroga el vencimiento para el pago al contado de cuotas del Impuesto Predial y de los Arbitrios Municipales del ejercicio 2022; así como la fecha límite de cancelación para acogerse a incentivos establecidos en la Ordenanza Nº 0572-2022-MDB, en el distrito de Breña.

Publicacion Oficial – Diario Oficial El Peruano

 

Municipalidad de Chorrillos

DECRETO DE ALCALDÍA 001-2022-MDCH (01/03/2022)

Prorroga la vigencia de Ordenanza N° 418-2021/MDCH que establece beneficios tributarios y no tributarios a los contribuyentes del distrito de Chorrillos.

Publicacion Oficial – Diario Oficial El Peruano

 

Municipalidad de Comas

DECRETO DE ALCALDÍA 004-2022-MDC (01/03/2022)

Prorroga la vigencia de la Ordenanza N° 618/MDC que establece beneficios extraordinarios para los contribuyentes que cumplan con la regularización de sus obligaciones tributarias y no tributarias pendientes de pago en el distrito de Comas.

Publicacion Oficial – Diario Oficial El Peruano

 

Municipalidad de Ventanilla

DECRETO DE ALCALDÍA 005-2022/MDV (01/03/2022)

Prorroga la vigencia de la Ordenanza N° 002-2022/MDV que establece incentivos por pronto pago del impuesto predial y arbitrios municipales del ejercicio 2022 en el distrito de Ventanilla.

https://busquedas.elperuano.pe/download/url/prorrogan-vigencia-de-la-ordenanza-n-002-2022mdv-que-esta-decreto-de-alcaldia-no-005-2022mdv-alc-2043470-2

 

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Repositorio de normas legales – Enero 2022