Principales normas con impacto empresarial en el 2022
A continuación se sintetizan las normas con incidencia empresarial que han sido publicadas durante el 2022; siendo las más destacable de este ejercicio, la dación de normas ilegales y antitécnicas en materia laboral, como las nuevas reglas para la tercerización, y el reglamento de relaciones colectivas del trabajo; no obstante se publicó la Ley de Teletrabajo con aspectos positivos.
Asimismo, se han emitido diversas exoneraciones temporales en materia tributaria, como la reducción del IGV para empresas mype del sector gastronomía y turismo; y se han precisado las nuevas reglas para la emisión de guías electrónicas. También ha sido un año en el que se han aprobado normas vinculadas a derechos del consumidor, como la reducción del plazo para atención de reclamos presentados por sus consumidores y contar con alternativa de atención personal, cuando el proveedor atienda mediante mecanismos automatizados.
Tributarios
EXONERACIONES IGV: Las exoneraciones contenidas en los Apéndices I y II de la Ley del IGV, tendrán vigencia hasta el 31 de diciembre del 2022.
INTERESES DEDUCIBLES – IMPUESTO A LA RENTA: Modifica el Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, respecto del tope de gastos en intereses que pueden deducir las empresas para el cálculo del impuesto a la renta (EBITDA).
AJUSTES EN PRECIOS DE TRANSFERENCIA: Modifica el Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, en lo relativo a los ajustes del valor convenido por las partes, cuando este determine en el país un menor impuesto del que correspondería por aplicación de las normas de precios de transferencia.
EXONERACIONES TRIBUTARIAS: Modifica la Norma VII del Título Preliminar del Código Tributario, que establece las reglas para la dación de normas legales que contengan exoneraciones, incentivos o beneficios tributarios.
GASTOS NO DEDUCIBLES: No constituyen costo o gasto deducible para efectos de determinar el impuesto a la renta, las erogaciones descritas en los tipos penales de los delitos de cohecho en sus distintas modalidades regulados en el Código Penal o en leyes penales especiales.
FACULTADES DE FISCALIZACIÓN DE SUNAT: Regula el uso de herramientas tecnológicas en las fiscalizaciones que realiza la SUNAT. CÓDIGO TRIBUTARIO: Modifica el Código Tributario, en lo relativo a la prescripción, notificaciones, requisitos de la reclamación y apelación, cálculo de intereses en anticipos y pagos a cuenta.
BANCARIZACIÓN: Modifica la Ley para la Lucha contra la Evasión y para la Formalización de la Economía. Deben bancarizarse los pagos a partir de S/2 mil o US$ 500.
INCREMENTO PATRIMONIAL NO JUSTIFICADO: Modifica la Ley del Impuesto a la Renta, en lo relativo al sustento para acreditar que no existe incremento patrimonial no justificado.
CONDICIÓN DE SUJETO SIN CAPACIDAD OPERATIVA: Regula el procedimiento de atribución de la condición de sujeto sin capacidad operativa.
PERFIL DE CUMPLIMIENTOOBLIGACIONES TRIBUTARIAS: Regula la calificación de los sujetos que deben cumplir obligaciones administradas y/o recaudadas por la SUNAT, conforme a un perfil de cumplimiento, así como los efectos de dicha calificación.
DECLARACIÓN DE BENEFICIARIO FINAL: Establece los sujetos que deben presentar la Declaración del beneficiario final en los años 2022 o 2023.
MODIFICA LEY DEL IGV: Modifica la Ley del IGV y el Código Tributario, en relación al crédito fiscal, registros electrónicos, apreciación del criterio de complejidad en la afectación del plazo para resolver por la SUNAT o el Tribunal Fiscal; y devolución de ISC a transportistas mediante abono en cuenta.
ASOCIACIONES EN PARTICIPACIÓN: Modifica la Ley del Impuesto a la Renta, en lo relacionado a contratos de asociación en participación.
IMPUESTO SELECTIVO A COMBUSTIBLES: Dispone la no aplicación del ISC a determinados combustibles, hasta el 30.06.2022.
ALIMENTOS DE CANASTA BÁSICA: Exonera del IGV, hasta el 31 de julio de 2022, la venta en el país o importación de determinados bienes que conforman la canasta básica familiar.
EXPORTACIÓN DE SERVICIOS DE HOSPEDAJE A NO DOMICILIADOS: Elimina la obligación de presentar y/o exhibir a la SUNAT las copias fotostáticas o digitalizadas de la TAM y del documento nacional de identidad o de las fojas del pasaporte o del salvoconducto de los usuarios no domiciliados.
PERCEPCIÓN DEL IGV: Aprueba nuevas disposiciones relativas al método para determinar el monto de percepción del IGV a las ventas, tratándose de la importación de bienes considerados mercancías sensibles al fraude.
REGISTRO DE PROVEEDORES DE SERVICIOS ELECTRÓNICOS: Elimina el proceso de homologación como condición para obtener la inscripción al Registro de Proveedores de Servicios Electrónicos.
LEVANTAMIENTO DEL SECRETO BANCARIO: Modifica la Constitución, en lo relativo al derecho que tiene toda persona al secreto bancario y a la reserva tributaria.
GUIAS DE REMISIÓN: Su emisión debe ser electrónica. Incorpora nuevos requisitos para facilitar los controles; designa emisores electrónicos de guías de remisión.
IGV A RESTAURANTES Y HOTELES MYPES: Establece en 8% la tasa del IGV aplicable a micro y pequeñas empresas de los rubros de restaurantes hoteles y alojamientos turísticos, hasta el 31 de diciembre del 2024.
EXPLOTACIÓN DE JUEGOS Y APUESTAS DEPORTIVAS A DISTANCIA: Regula la explotación de los juegos a distancia y apuestas deportivas a distancia.
INCREMENTOS PATRIMONIALES POR PRÉSTAMOS: Modifica el Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, respecto de las condiciones que deben cumplir los préstamos de dinero para justificar los incrementos patrimoniales, tratándose préstamos desde un país o territorio no cooperante o de baja o nula imposición.
Laboral
TRABAJO REMOTO: Amplía hasta el 31 de diciembre 2022, la vigencia de la normativa sobre trabajo remoto contenida en el Decreto Legislativo 016-2020.
SERVICIOS DE TERCERIZACIÓN: No pueden tercerizarse actividades que constituyan el núcleo del negocio.
REMUNERACIÓN MÍNIMA VITAL: Incrementa la RMV a S/ 1.025, a partir del 1 de mayo de 2022.
COBERTURA A MUJERES GESTANTES EN ESSALUD: La afiliada o derechohabiente gestante tiene derecho de cobertura inmediata desde su afiliación a ESSALUD.
RETIRO DE FONDOS AFP: Autoriza de manera extraordinaria a los afiliados al Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones a retirar, de manera facultativa, hasta 4 UIT.
LICENCIA PARA EXAMEN ONCOLÓGICO: Los trabajadores del sector público o privado tienen derecho a una licencia anual compensable, hasta por dos días hábiles, consecutivos o no, para someterse a sus exámenes preventivos oncológicos.
LIBRE DISPONIBILIDAD DE CTS: Autoriza a los trabajadores, hasta el 31 de diciembre del 2023, a disponer libremente del 100% de los depósitos por CTS en las entidades financieras.
ACTIVIDADES COMPRENDIDAS EN EL SCTR: Actualiza el Anexo 5 del Reglamento de la Ley 26790, de Modernización de la Seguridad Social en Salud, referido a las actividades comprendidas en el Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo.
REGLAMENTO DE LEY DE RELACIONES COLECTIVAS DE TRABAJO: Introduce modificaciones sustantivas en el Reglamento de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo.
FERIADO NACIONAL 6 DE AGOSTO: Incorpora como feriado nacional el 6 de agosto, día de la conmemoración de la Batalla de Junín.
LICENCIA PARA CONTROL DE CÁNCER EN MUJERES: Las mujeres trabajadoras de la actividad pública y privada, tienen derecho a un día al año de licencia con goce de haber, para exámenes de detección temprana del cáncer de mama y de cuello uterino.
NUEVA LEY DEL TELETRABAJO: Nueva Ley del Teletrabajo, que establece nuevas disposiciones en esta materia, derogando la normativa anterior, Ley 30036.
ASIGNACION FAMILIAR POR HIJOS MAYORES CON DISCAPACIDAD: También tienen derecho a percibir esta asignación los trabajadores que tengan uno o más hijos, mayores de 18 años, con discapacidad severa, debidamente certificada de conformidad con lo normado por la Autoridad Nacional de Salud.
LICENCIA POR FALLECIMIENTO DE FAMILIARES: Establece licencia por fallecimiento de cónyuge, padres, hijos y hermanos, por un plazo de cinco días calendario.
COMPENSACIÓN DE HORAS DE LICENCIA POR COVID: Aprueba medidas para garantizar los derechos de los trabajadores afectados por las disposiciones legales implementadas durante la emergencia sanitaria provocada por la COVID-19.
Comercial – Competencia – Consumidor
PLAZO DE ATENCIÓN DE RECLAMOS: Modifica el Código de Consumo estableciendo que el plazo para que los proveedores atiendan los reclamos presentados por sus consumidores, será no mayor de 15 días hábiles improrrogables.
OCTÓGONOS- PRORROGAN USO DE ADHESIVOS: Amplía hasta el 31.12.2022, el plazo que permite el uso de adhesivos con las advertencias publicitarias para los productos importados dispuesto en el Manual de Advertencias Publicitarias aprobado por DS 012-2018-SA.
MULTA POR NO ASISTIR A CONCILIACIÓN – CÓDIGO DE CONSUMO: El proveedor que no justifique su inasistencia a la audiencia de conciliación, dentro de las 24 horas de la fecha señalada, es pasible de multa equivalente al 30% de 1 UIT.
CÓDIGO DE CONSUMO – ENTREGA DE CONTRATOS: Los proveedores deben entregar a los usuarios copia de los contratos, cuando estos hayan sido celebrados por escrito, incluidas las condiciones generales de la contratación.
CÓDIGO DE CONSUMO – ATENCION PERSONAL DEL PROVEEDOR: Establece como derecho del consumidor, contar con opción o alternativa de atención personal, cuando el proveedor ofrezca al público cualquier sistema de atención automatizada asistido por inteligencia artificial o asistente digital.
REGLAMENTO DE INTEROPERABILIDAD DE SERVICIOS DE PAGO: Aprueba el Reglamento de Interoperabilidad de los Servicios de Pago provistos por los Proveedores, Acuerdos y Sistemas de Pagos.