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Principales decretos de urgencia dictados por el gobierno

Con motivo del cierre del Congreso de la República, de conformidad con el artículo 135 de la Constitución Política, el Poder Ejecutivo ha expedido diversos Decretos de Urgencia con grado de ley, que han sido remitidos a la Comisión Permanente para la respectiva “revisión” (presente un informe) y los eleve al nuevo Parlamento una vez que se instale, el cual decidirá si continúan vigentes, los modifica o deroga.

A continuación, se presenta un listado de los decretos de urgencia con mayor incidencia en el ámbito empresarial:

 

  • Medidas para las elecciones del nuevo Congreso – D.U. 002-2019: Establece medidas en materia de recursos presupuestales, contratación de bienes y servicios, financiamiento, entre otros, para la ejecución de las elecciones congresales a realizarse el 26 de enero de 2020.

 

  • Ley del Libro – D.U. 003-2019: Decreta incentivos para el fomento de la lectura y el libro. A nivel nacional, se prorroga por un año la exoneración del Impuesto General a las Ventas (IGV) a la importación y/o venta de libros y productos editoriales afines. Asimismo, se prorroga por un año el beneficio de reintegro del IGV para editores de libros con ingresos anuales de hasta 150 UIT, respecto del IGV de sus compras de bienes de capital, materia prima, insumos, servicios de pre-prensa electrónica y servicios gráficos destinados a la realización de proyectos editoriales.

 

  • Medidas en materia económica – D.U. 004-2019: Dispone medidas extraordinarias para estimular la economía a través del gasto público y asegurar la ejecución de los recursos asignados en el presupuesto de 2019. Así, dispone la transferencia de partidas, mantenimiento de locales escolares, autoriza a los gobiernos regionales la reorientación de recursos para el financiamiento de inversiones, entre otros.

 

Gratificación por Navidad: pautas para el pago

 

Se otorgó beneficios tributarios para invertir en tecnología

 

  • Exoneración del Impuesto a la Renta sobre venta de valores en bolsa – D.U. 005-2019: Prorroga hasta el 31 de diciembre de 2022 la exoneración del Impuesto a la Renta (IR) sobre rentas provenientes de la enajenación de valores en el Mercado de Valores, tales como acciones comunes y de inversión; así como los denominados American Depositary Receipts (ADR) y Global Depositary Receipt (GDR). Igualmente es aplicable a las unidades de Exchange Trade Fund (ETF), valores representativos de deuda, certificados de participación en fondos mutuos de inversión en valores, certificados de participación en los Fondos de Inversión en Renta de Bienes Inmuebles (FIRBI) y Fideicomiso de Titulización para Inversión en Renta de Bienes Raíces (FIBRA), así como facturas negociables, en el marco de la Ley N° 30341, norma que fomenta la liquidez e integración del Mercado de Valores.

 

  • FONCODES – D.U. 006-2019: Regula la participación del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social (Foncodes) en la ejecución de obras de infraestructura en instituciones educativas del ámbito rural.

 

  • Medicamentos genéricos – D.U. 007-2019: Aprueba medidas para promover el uso de medicamentos genéricos y biosimilares con la finalidad de mejorar el acceso a la salud de la población. El Ministerio de Salud (Minsa) aprobará un listado de hasta 40 medicamentos genéricos, que deberán mantenerse disponibles o demostrar su venta en farmacias, boticas y servicios de farmacias del sector privado. (Ver R.M. 1097-2019-MINSA – 01.12.19)

 

Decreto legislativo impulsará el interés de inversionistas en inmobiliaria

 

  • Fondos de Inversión Inmobiliarios – D.U. 009-2019: Dicha norma prorroga hasta el 31 de diciembre de 2022 el tratamiento del IR aplicable a la ejecución por aporte de bienes inmuebles a los Fondos de Inversión en Rentas de Bienes Inmobiliarios, arrendamiento o cesión en uso de inmuebles y el impuesto de alcabala.

 

  • Incentivos tributarios por inversión en tecnología – D.U. 010-2019: Permite aplicar hasta el ejercicio 2022, la deducción de gastos por inversión en investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación tecnológica a que se refiere la Ley N° 30309.

 

  • Los contribuyentes con ingresos hasta 2.300 UIT podrán acceder a una deducción de 215% por proyectos ejecutados directamente, o a través de centros domiciliados en el país; y 175% por proyectos realizados mediante centros no domiciliados.

 

  • Los contribuyentes con ingresos de más de 2.300 UIT tendrán una deducción de 175% por proyectos ejecutados directamente, o a través de centros domiciliados en el país; y 150% por proyectos realizados mediante centros no domiciliados.

 

  • Devolución del 53% del Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) a transportistas de carga y pasajeros – D.U. 12-2019: Los transportistas de carga y pasajeros, desde el 1 de enero de 2020, tendrán derecho a pedir la devolución del 53% del ISC que gravó la compra de combustible diésel B5, diésel B20 con un contenido de azufre menor o igual a 50 ppm (menos contaminante). El beneficio tendrá una vigencia de tres años contados desde el 1 de enero de 2020. La devolución del ISC se efectuará en función de los galones de combustible adquiridos por los transportistas al distribuidor mayorista y/o minorista nivel nacional.

 

Control Previo de Fusiones y Adquisiciones Empresariales

 

  • Control previo de fusiones – D.U. 013-2019: Regula el control previo de operaciones de concentración empresarial. Este último se define a todo acto que implique transferencia o cambio en el control permanente de una empresa o parte de ella, tales como fusiones, adquisición de derechos, constitución por dos o más agentes económicos de una empresa en común, adquisición por un agente económico del control de activos productivos operativos.

 

  • Cobertura Universal en Salud – D.U. 017-2019: Establece medidas para la Cobertura Universal de Salud. Autoriza a la Institución Administradora de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAS) del Seguro Integral de Salud (SIS) a afiliar, independientemente de la clasificación socioeconómica, a toda persona residente en el territorio nacional que no cuente con ningún seguro de salud, con la finalidad de garantizar la protección del derecho a la salud, con cobertura gratuita del Plan Esencial de Aseguramiento en Salud.

 

  • Plan Nacional de Infraestructura para la Competitividad – D.U. 018-2019: Establece medidas extraordinarias para la promoción e implementación de los proyectos priorizados en el Plan Nacional de Infraestructura para la Competitividad (PNIC). Exceptúa de las licencias de habilitación urbana o edificación, así como de las normas sobre contrataciones del Estado, a proyectos priorizados en el PNIC.

 

  • Declaración Jurada de Intereses – D.U. 020-2019: Establece la obligatoriedad de la presentación de la Declaración Jurada de Intereses en el sector público. Involucra a servidores civiles y quienes desempeñan función pública.

 

  • Devolución del IGV en Actividad Minera e Hidrocarburos – D.U. N° 021-2019: Dispone la prórroga hasta el 31 de diciembre de 2022 del beneficio tributario establecido por Ley N° 27623, que estableció la devolución del IGV a los titulares de la actividad minera en fase de exploración y del beneficio establecido por Ley 27624, que dispuso la devolución del IGV para la exploración de hidrocarburos.

 

Decretos de urgencia promueve la actividad cinematográfica

 

  • Promoción de la actividad cinematográfica – D.U. N° 022-2019: Aprueba las normas que promueven la actividad cinematográfica y audiovisual a fin de contribuir a su desarrollo integral, sostenido e inclusivo. Establece incentivos tributarios, además del apoyo económico proveniente de donaciones y los recursos asignados en la Ley del Presupuesto 2020.

 

  • Prórroga de beneficios para el migrante retornado – D.U. N° 023-2019: Prórroga hasta el 16 de diciembre de 2022 la vigencia de los beneficios tributarios contemplados en la Ley N° 30001 que estableció incentivos tributarios para peruanos que retornan al Perú luego de al menos cuatro años de residencia ininterrumpida en el exterior, o que hayan sido forzados a retornar por su condición migratoria por el Estado receptor y que hubieran permanecido en el exterior sin interrupciones por dos años.

 

  • Prórroga de beneficios y exoneraciones relativos al IGV – DU N° 024-2019: En relación al IGV, prorroga hasta el 31 de diciembre de 2020 la vigencia del Decreto Legislativo N° 783 que aprobó la norma sobre devolución de impuestos que gravan las compras con donaciones del exterior e importaciones de misiones diplomáticas y otros; la exoneración del IGV por la emisión de dinero electrónico efectuada por las empresas de dinero electrónico y las exoneraciones contenidas en los Apéndices I y II de la Ley del IGV (bienes y servicios exonerados del IGV).