Extinción de la relación laboral: lo que toda empresa tiene que saber

La terminación de una relación laboral puede originarse por diversas causas, ya sea por decisión del empleador, del trabajador, por hechos fortuitos o por la voluntad conjunta de ambas partes involucradas en el contrato laboral.

Lee también: Tres consejos al empezar un nuevo empleo 

Entre las causas de extinción del contrato laboral se destacan: la renuncia del trabajador, el fallecimiento del empleado, el mutuo disenso, la invalidez absoluta o permanente, el vencimiento del plazo del contrato sujeto a modalidad, la jubilación, el despido, y casos o formas permitidos por la ley.

En el caso de la renuncia del trabajador, es esencial tomar en cuenta que, al tomar esta decisión, el empleado debe notificar por escrito a su empleador con una anticipación de 30 días. El empleador puede exonerar este plazo por iniciativa propia o a petición del trabajador, siendo importante destacar que la solicitud de exoneración se considerará aceptada si no se rechaza por escrito dentro de los tres días de presentada.

En cuanto al mutuo disenso entre el empleador y el trabajador, este acuerdo debe constar por escrito o reflejarse en la liquidación de beneficios sociales. Aunque la Ley de Productividad y Competitividad Laboral no establece requisitos formales exhaustivos, es fundamental señalar que la expresión libre de la voluntad del trabajador podría considerarse un requisito intrínseco al acto.

La jubilación puede ser obligatoria por decisión del empleador o por mandato legal. En el primer caso, si el trabajador cumple los requisitos para jubilarse y opta por no hacerlo, el empleador puede jubilarlo, asumiendo la diferencia entre la pensión que le correspondería y el 80 % de la última remuneración ordinaria percibida. En cuanto a la jubilación por mandato legal, esta se aplica a trabajadores desde que cumplen los 70 años, sin que el empleador asuma ninguna responsabilidad.

Como puede apreciarse, cada situación de extinción presenta particularidades específicas, por lo que se recomienda considerarlas detenidamente para minimizar contingencias laborales.

 

LEER MÁS:

Causas justas de despido




Desenmascarando el IPM: radiografía económica de América del Sur en 2023

El Índice de Performance Macroeconómica (IPM) es un indicador que cuantifica los resultados obtenidos en los principales índices macroeconómicos de un país, reflejando la efectividad de las políticas fiscal, monetaria y cambiaria en un periodo específico. Este indicador abarca factores como crecimiento económico, inflación, desempleo, cuentas fiscales y externas.

Lee también: Economía peruana: análisis 2023 y desafíos para 2024

Es claro que un mejor IPM es resultado de un mayor crecimiento, menor inflación y desempleo, un superávit en las cuentas fiscales o en las cuentas externas. En el análisis de los 10 países de América del Sur, que aportan el 4,8 % del PBI mundial, se observa que la mayoría presenta déficits fiscales y externos, resultando en un IPM negativo. Esta situación puede compensarse con un mayor crecimiento económico o una menor inflación.

Cabe señalar que para el análisis del IPM 2023 de los países de América del Sur se ha empleado la información del Fondo Monetario Internacional (FMI) y Latin Focus.

Resultados del IPM en 2023

En comparación con 2022, cinco países mejoraron su IPM, mientras que los otros cinco restantes experimentaron retrocesos. Ecuador se mantiene como el país con mejor rendimiento, seguido de Paraguay. Por su parte, Argentina y Venezuela registraron la calificación más baja.

 

 

Países con mejor IPM

Ecuador (- 3,3 puntos): repite como el mejor en la región, destacando por bajos índices de inflación (1,4 %), desempleo (3,8 %) y déficit fiscal (-1 %), aunque su crecimiento económico es moderado (1,4 %).

Paraguay (- 8,9 puntos): mejoró significativamente en 2023, con un notable crecimiento (4,6 %), muy superior al de 2022 (0,1 %). Además, logró un importante control de su inflación, reduciéndola de 8,1 % a 3,7 %. En sus cuentas externas pasó de un déficit de -6 % del PBI a un superávit de 0,6 %.

Bolivia (- 13,2 puntos): se mantiene como una economía con bajo crecimiento e inflación, pero con resultados menores a los que obtuvo en 2022. Si bien redujo su déficit fiscal, en cambio, profundizó su déficit externo, lo que condujo a alcanzar un IPM menor al registrado en 2023.

Perú (- 15,6 puntos): la caída del PBI y el aumento del déficit fiscal son los principales problemas de la economía peruana. Los logros se dieron por la reducción de la inflación y del déficit externo.

Chile (- 18,1 puntos): es otra economía que mejoró sus resultados respecto a 2022, a pesar de la caída del PBI proyectada para el 2023 (-0,2 %). La reducción en la inflación de 12,8 % a 3,9 % y el déficit externo de -9 % a -3,5 % del PBI le permitió mejorar su IPM.

Brasil (- 19,2 puntos): durante 2023, la economía más grande de la región registró un incremento en su déficit fiscal hasta ubicarse en -7,1 % del PBI. Los demás indicadores como inflación, desempleo y déficit externo fueron ligeramente mejores respecto a los obtenidos en 2022.

Uruguay (- 19,3 puntos): destacó su crecimiento de 5,3 %, que compensa parcialmente la inflación de 8,9 %. Asimismo, logra sostener los déficits fiscal y externo a niveles razonables de -2,9 % y -1,2 % del PBI, respectivamente.

Colombia (- 27,3 puntos): retrocedió respecto a 2022 debido al bajo crecimiento de apenas 1,2 % y con una inflación y desempleo que aún se mantienen altos (9,3 % y 10,8 %, respectivamente).

Finalmente, Argentina y Venezuela son los dos países con menor IPM en el año que acaba de concluir. En ambos casos la principal razón de dicho resultado es la alta inflación que se ubica en alrededor del 200 % en cada economía. Se suma una tasa de desempleo de 34,1 % registrada en Venezuela, lo que la lleva a ser la peor economía evaluada.

 

 

 

Bienestar económico

Un indicador aceptado para medir el bienestar económico de un país es su PBI dividido entre su población. El resultado es conocido como el PBI per cápita, que se mide bajo la metodología de la paridad de poder de compra, indicador que es publicado por el Fondo Monetario Internacional (FMI).

Cuatro años después de la crisis de la Covid-19, las cifras del FMI advierten que algunas economías aún no han recuperado su bienestar previo a la pandemia. Estas son Argentina (-1,9 %), Bolivia (-3,5 %), Ecuador (-5,1 %) y Venezuela (-16,8 %). En estos casos la principal razón es el bajo crecimiento entre 2020 y 2023. En el caso de Perú, apenas ha superado el bienestar del 2019 en 0,7 %; mientras que los mayores incrementos en bienestar ocurrieron en Brasil (5,5 %) y Colombia (6,1 %).

Sin duda, estos datos del FMI revelan la complejidad de la situación económica en la región, destacando la necesidad de políticas efectivas para impulsar el crecimiento y mejorar la estabilidad macroeconómica.

 

 

 

LEER MÁS:

Incertidumbre política y social, el mayor peligro para empresarios

 




Evasión tributaria: lo que debes saber sobre el procedimiento de Sujeto Sin Capacidad Operativa

Mediante el Decreto Legislativo 1532, emitido el 19 de marzo de 2022, se reguló el procedimiento de atribución de la condición de Sujeto sin Capacidad Operativa (SSCO), en el contexto de la lucha contra la evasión tributaria.

Lee también: Conoce el procedimiento de atribución de condición de sujeto sin capacidad operativa SSCO

Con el propósito de neutralizar casos de evasión tributaria relacionados con empresas “fachada”, que emiten comprobantes de pago por operaciones inexistentes, proporcionando gastos o créditos fiscales indebidos, este mecanismo se convierte en una herramienta esencial.

El Decreto Legislativo 1532 estableció que la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) puede iniciar el procedimiento de atribución de esta condición cuando un sujeto carezca de infraestructura o bienes, no tenga activos ni personal, o cuando estos resulten insuficientes. También cualquier otra situación objetiva que indique la imposibilidad de realizar las operaciones por las cuales emite comprobantes de pago.

Al atribuirse la condición de Sujeto sin Capacidad Operativa, los comprobantes de pago emitidos por este sujeto no permiten ejercer el derecho al crédito fiscal, el IGV, ni sustentar costo o gastos para efectos del Impuesto a la Renta.

Recientemente, mediante el Decreto Supremo 319-2023-EF, emitido el 30 de diciembre de 2023, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó el Reglamento del Procedimiento de Atribución de la Condición de Sujeto Sin Capacidad Operativa. A continuación, resumimos los principales lineamientos:

Verificación de campo:

Es realizada por uno o más agentes fiscalizadores, quienes pueden llevar a cabo acciones de ejecución inmediata, como la inspección de locales ocupados por el sujeto, toma de declaraciones al sujeto o a sus representantes que se encuentren presentes en la intervención, efectuar tomas de inventario y realizar cualquier otra actuación que se requiera para verificar si ha incurrido en una o más de las situaciones previstas en la ley para la imputación como sujeto sin capacidad operativa

Inicio del procedimiento

El procedimiento se inicia en la fecha en que surte efectos la notificación de la carta de presentación del o de los agentes fiscalizadores y del requerimiento para que el sujeto presente los medios probatorios que desvirtúen cada una de las situaciones que le han sido comunicadas.

Medios probatorios

El sujeto tiene 30 días hábiles, prorrogables por cinco días más, para presentar los medios probatorios que estime pertinente y desvirtuar la imputación que le hace Sunat.  Este plazo es perentorio, y los medios probatorios presentados fuera de este no serán considerados.

Resultado del requerimiento y resolución de atribución de la condición de SSCO

Después de evaluar los medios probatorios y, si es necesario, los resultados de la nueva verificación de campo o de fuentes de información adicionales, la Sunat notifica al sujeto el resultado del requerimiento. Si se desvirtúan todas las situaciones detectadas, el procedimiento concluye con la notificación de este resultado.

Si no se desvirtúan, además del resultado del requerimiento, la Sunat emite una resolución atribuyendo al sujeto la condición de SSCO. Esta resolución puede ser impugnada según el Código Tributario, con plazos especiales establecidos por el Decreto Legislativo 1532.

Resolución firme

La resolución de atribución de la condición de SSCO queda firma una vez notificada al sujeto si vence el plazo sin impugnación, o si, habiéndose impugnado, esta es desestimada o concluye con una resolución que pone fin a la instancia administrativa.

Publicación

La Sunat publica mensualmente en su página web y en el Diario Oficial El Peruano la relación de sujetos sin capacidad operativa, cuyas resoluciones han quedado firmes.

Efectos de la publicación:

A partir del día siguiente a la publicación, se genera la baja de las series de los comprobantes de pago físicos del SSCO, según lo establecido por la SUNAT mediante resolución de superintendencia. El SSCO solo podrá emitir boletas de venta y notas de débito y crédito vinculadas de manera electrónica, hasta que venza el plazo que determine el reglamento. Las operaciones con el SSCO no permiten ejercer el derecho al crédito fiscal o cualquier otro derecho o beneficio derivado del IGV y/o sustentar costo o gasto para efectos del Impuesto a la Renta. El SSCO debe pagar el IGV consignado en los comprobantes de pago o en las notas de débito, en donde este figure como emisor, que hubiera emitido hasta el día de la publicación de la resolución firme que lo declara como SSCO.

Comprobantes emitidos con anterioridad a la publicación

Estos comprobantes no permiten ejercer el derecho al crédito fiscal del IGV ni sustentar gasto ni costo para efectos del Impuesto a la Renta.

Solicitud de revisión

Los contribuyentes afectados por la declaración de SSCO de su proveedor pueden solicitar la revisión de los comprobantes dentro de los 30 días hábiles posteriores a la publicación mencionada. La Sunat realizará la fiscalización parcial, concluyendo con la resolución de determinación correspondiente. El reglamento establece el procedimiento para la revisión de los comprobantes.

Lista de empresas

La Sunat publicará una lista de empresas declaradas como SSCO. A partir del día siguiente de la publicación, se produce la baja de la serie de comprobantes de pago físicos, pudiendo emitir solo boletas y notas de débito electrónicas. Las empresas que consideren no encontrarse dentro de los supuestos para esta restricción pueden solicitar su exclusión a la Sunat, siguiendo el procedimiento determinado mediante resolución.

En conclusión, el Reglamento del Procedimiento de Atribución de la Condición de SSCO, representa un paso significativo en la lucha contra la evasión tributaria. Con criterios claros para la verificación de campo, plazos perentorios para la presentación de medios probatorios y un proceso de resolución detallado, busca asegurar la transparencia y la justicia en la atribución de esta condición.

La firmeza de las resoluciones, su publicación mensual, y la restricción en la emisión de comprobantes físicos para los sujetos sin capacidad operativa, son medidas contundentes que buscan desalentar prácticas evasivas. Asimismo, la posibilidad de solicitud de revisión y exclusión proporciona un mecanismo de salvaguardia para aquellos contribuyentes afectados por estas declaraciones.

Esta herramienta no solo busca salvaguardar la integridad del sistema tributario, sino también fomentar prácticas fiscales éticas y responsables. La transparencia y la equidad se erigen como pilares fundamentales en la construcción de un entorno empresarial sólido y confiable.

 

 

LEER MÁS:

Sanciones por infracciones tributarias que impone Sunat