Niños ingresarán a mitad de precio al Parque de las Leyendas por feriado largo

Aprovechando el feriado por el Día del Trabajo, el Parque de las Leyendas anunció que los niños entre 3 y 12 años podrán ingresar con 50 % de descuento a sus dos sedes: San Miguel y Huachipa. Esta promoción estará disponible del miércoles 1 al sábado 4 de mayo, tanto para la compra presencial como virtual de entradas.

 

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Show de capibaras

El Día del Trabajo no solo traerá descanso, sino también diversión asegurada para toda la familia. Ese día, ambas sedes ofrecerán un show infantil temático de capibaras, los carismáticos roedores que se han robado el corazón de grandes y chicos.

  • En San Miguel, los niños podrán conocer a Wilson, el capibara más popular.
  • En Huachipa, estarán presentes los adorables bebés capibara.

 

 

 

Más aventuras

Los visitantes también podrán disfrutar de las clásicas zonas del Parque de las Leyendas: Costa, Sierra, Selva, Zona Internacional, además de la Laguna Recreativa y el Felinario. Todo está incluido con la entrada.

 

Horarios y atención

El Parque atiende todos los días, incluidos feriados, de 9:00 a.m. a 5:00 p.m. Y lo todas las actividades y shows están incluidas en el precio de entrada.

 

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01 y 02 de mayo de 2025: Diferencias entre feriado y día no laborable

El 01 de mayo, Día del Trabajo, es un feriado nacional de descanso obligatorio y remunerado, reconocido por la legislación laboral peruana. Durante esta fecha, los trabajadores tienen derecho a descansar sin afectar su salario y, en caso de laborar, deben recibir una compensación adicional.

Por otro lado, el 02 de mayo podría ser declarado día no laborable de forma excepcional, con condiciones diferentes.

Este tipo de jornada no es de cumplimiento obligatorio y puede ser recuperada o descontada, dependiendo de acuerdos entre el trabajador y la empresa. Entender estas diferencias es esencial para conocer tus derechos y responsabilidades en el ámbito laboral.

 

En los últimos tres años, el aumento de días feriados en Perú de 12 a 16 ha llevado a una contracción promedio de 0,04 puntos porcentuales en la producción anual, según el Banco Central de Reserva del Perú.

 

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De acuerdo al abogado laboralista, Juan Valera, si un trabajador labora durante este día sin descanso sustitutorio, el empleador debe pagar:

– La remuneración por el feriado.

– La remuneración por el trabajo realizado.

– Una sobretasa del 100% sobre esa remuneración adicional.

  • No se considera que se ha trabajado en feriado si el turno comenzó en día laborable y terminó en el feriado.
  • Esta regulación aplica tanto a trabajadores presenciales como a quienes realizan teletrabajo.
  • Este día no es hábil para efectos tributarios ni para la contabilidad de plazos procesales ni procedimentales.

 

02 de mayo: Día no laborable compensable

El 02 de mayo ha sido declarado día no laborable compensable para el sector público mediante el Decreto Supremo N.º 042-2025-PCM. Los empleadores del sector privado pueden adherirse a esta medida si lo acuerdan con sus trabajadores.

  • En el sector público, las horas no trabajadas se deberán compensar dentro de los 10 días hábiles siguientes, o en el plazo que defina la entidad.
  • En el sector privado, la forma de compensación será acordada entre empleador y trabajador. Si no hay acuerdo, decide el empleador.
  • Este día sí es hábil para efectos tributarios, pero no es hábil para la contabilidad de plazos procesales ni procedimentales.

 

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JNE formaliza denuncias por firmas irregulares ante el Ministerio Público

Indicó que, una vez conocidos los informes del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) sobre las irregularidades en las firmas, el procurador del JNE formalizó las denuncias respectivas ante el titular de la acción penal, tanto en los casos correspondientes a su gestión como en aquellos que se encontraban pendientes desde el 2023.

“Así que (el Ministerio Público) tendría que formalizar la denuncia, en principio, por falsedad genérica y por los delitos vinculados, contra los que resulten responsables”, señaló Burneo.

 

Sanción económica

Sobre otras medidas a adoptar contra los partidos políticos que incurrieron en estos actos, precisó que han realizado la comunicación respectiva a la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales, a fin de que inicien un procedimiento sancionador por falta muy grave.

El presidente del JNE indicó que, de acuerdo con la Ley de Protección de Datos Personales, incurren en falta muy grave aquellos que utilizan indebidamente a través de medios fraudulentos, desleales o ilícitos, los datos de las personas, en este caso la firma.

“Entonces esto tiene una sanción muy importante. Puede sancionarse a aquellos que han incurrido en esta infracción entre 50 hasta 100 UIT. Es decir, puede llegar hasta medio millón (de soles) o un poco más la sanción pecuniaria respecto de este tipo de infracción”, explicó.

 

 

Proyecto de ley

Roberto Burneo también comentó que existe un proyecto de ley pendiente de segunda votación en el pleno del Congreso, iniciativa de Reniec, el cual busca fortalecer el marco normativo de esta institución para verificar la autenticidad de las firmas a través de mecanismos tecnológicos.

El titular del JNE resaltó que con ello se busca reducir “casi a cero” la posibilidad de falsificación de firmas o de la suplantación de la identidad de la persona, ya que permitirá el uso de mecanismos como el ID digital o la huella digital en línea.

“Siempre hay riesgos, pero esta herramienta los va a reducir significativamente, con lo cual las organizaciones políticas que quieran recabar la firma de las personas van a tener que hacerlo a través de estos medios digitales. Eso va a fortalecer todo el sistema electoral y evitar la situación que estamos ahorita viendo”, señaló.

Burneo informó que ya han cursado un oficio al presidente del Congreso, Eduardo Salhuana, a efectos de que se agende y priorice esta propuesta legislativa y pueda ser aprobada con prontitud.