Notificación administrativa vía casilla electrónica

El 5 de mayo del 2023 se publicó en el diario oficial El Peruano la Ley N.º 31736, que regula la notificación mediante casilla electrónica de los actos y actuaciones administrativas emitidas por las entidades de la administración pública sujetas al ámbito de la Ley N.º 27444, del Procedimiento Administrativo General.

 

La norma establece que cada entidad pública asigna una casilla electrónica al administrado que la solicite, la que constituye un domicilio digital obligatorio, a través del cual las entidades públicas realizan las notificaciones, respetando todos los principios, derechos y garantías del debido procedimiento previstos en la ley. Por tanto, el uso de la casilla electrónica para efectos de notificaciones no es obligatoria, ni puede ser impuesta por la entidad administrativa, salvo que el administrado haya dado su consentimiento previo a tal efecto.

 

No obstante, la notificación obligatoria vía casilla electrónica rige a partir de la primera notificación personal que se realiza al administrado por la que se le comunica la creación de dicha casilla electrónica, o cuando por alguna actuación administrativa de su parte se concluye que accedió a esta.

 

Las notificaciones se realizan de lunes a viernes durante el horario de atención al público y los plazos transcurren solo desde fechas coincidentes con dichos días. Si la notificación se efectúa fuera de dicho horario, se considera notificado en el día hábil siguiente.

 

El cómputo de los plazos, expresados en días, se inicia el día en que la notificación vía casilla electrónica adquiere eficacia, salvo que se señale una fecha posterior. Las entidades de la administración pública que vienen usando casillas electrónicas para notificaciones deben adaptar sus sistemas informáticos a las disposiciones de esta ley en un plazo no mayor de 90 días calendario, contados a partir del 6 de mayo del 2023.