Normativa laboral: feriados y días no laborables en 2024
Con el fin de proporcionar orientación a empleadores y trabajadores sobre el tratamiento laboral y remunerativo durante los días feriados y no laborables decretados por el Gobierno en 2024, el Centro Legal de la Cámara de Comercio de Lima (CCL) ha preparado un resumen de las normas laborales aplicables.
Días feriados
Según el artículo 6 del Decreto Legislativo N.° 713, Ley de Descansos Remunerados, modificado por diversas disposiciones, los siguientes días son feriados nacionales para los trabajadores públicos y privados, con derecho a descanso pagado por el empleador:
Es importante tener en cuenta que, en caso de laborar en estos días feriados sin descanso sustitutorio, los empleados tienen derecho al pago de una sobretasa del 100 % por el trabajo realizado, además del pago por el día feriado.
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Por ejemplo, si el trabajador percibe S/ 100 diarios y labora en alguno de los días feriados mencionados sin descanso sustitutorio, tendrá derecho a recibir tres remuneraciones por día: S/ 100 por el día feriado (ya incluido en la remuneración semanal, quincenal o mensual) y S/ 200 por trabajar en día feriado (sobretasa de 100%).
No se considera trabajo en día feriado cuando el turno se inicia en un día laborable y finaliza en un día feriado.
Días no laborables en el sector público
El Decreto Supremo 011-2024-PCM (01.02.2024) ha declarado días no laborables compensables para los trabajadores del sector público durante 2024 en las siguientes fechas:
– Viernes 26 de julio
– Lunes 7 de octubre
– Viernes 6 de diciembre
– Lunes 23 de diciembre
– Martes 24 de diciembre
– Lunes 30 de diciembre
– Martes 31 de diciembre
Para fines tributarios, estos días serán considerados hábiles.
Los centros de trabajo del sector privado pueden acogerse a este decreto, previo acuerdo entre el empleador y los trabajadores, estableciendo la forma de recuperación de las horas no laboradas. En caso de falta de acuerdo, la decisión corresponderá al empleador.
Las entidades y empresas del régimen laboral privado que presten servicios esenciales –tales como sanitarios y de salubridad, limpieza y saneamiento, electricidad, agua, desagüe, gas y combustible, sepelios, comunicaciones y telecomunicaciones, transporte, puertos, aeropuertos, seguridad, custodia, vigilancia, y traslado de valores y expendio de víveres y alimentos–, están autorizadas para determinar los puestos de trabajo excluidos de los días no laborables y los trabajadores que continuarán laborando para garantizar los servicios a la comunidad.
A diferencia de los feriados nacionales, que son días de descanso pagado obligatorios, los días no laborables dispuestos por el Gobierno mediante decreto supremo son de descanso opcional compensable en el sector privado. Si estos últimos se laboran, no hay pago adicional al trabajador.
Impacto en el PBI de los días no laborados
El Perú cuenta con 16 feriados nacionales y 7 días no laborables compensables en 2024, además de los 30 días de vacaciones a los que tienen derecho los trabajadores del régimen laboral privado. Esto lo convierte en uno de los países con más días libres remunerados en comparación con los países de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) y de la Alianza del Pacífico; pero también en el que tiene la menor productividad en este grupo, según el Banco Central de Reserva del Perú (BCRP). ([i])
El BCRP señala que, según una investigación de Rosso & Wagner realizada en 2022, con una muestra de alrededor de 90 países, cada feriado adicional reduciría el crecimiento anual del PBI en 0,08 puntos porcentuales en promedio
En ese sentido, señala esta entidad que es importante evaluar periódicamente, y con la participación de todas las partes involucradas, los efectos de establecer feriados nacionales frente a otras alternativas, como, por ejemplo, conmemorar las fechas festivas, sin descanso forzoso, o la implementación de feriados en los que las empresas y trabajadores puedan decidir la distribución de días de descanso, o que puedan “moverse”, con la finalidad de equilibrar los aspectos económicos, sociales y culturales, entre otros.
[i] Efecto de los nuevos feriados en la economía
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