¿Estarás obligado a pagar Impuesto a la Renta durante el 2026? ¿No lo sabes? La Sunat acaba de publicar los niveles de ingreso a partir de los cuales se tendrá que cumplir con este tributo.
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A través de la Resolución N.° 000390-2025/SUNAT se difundieron las condiciones para la excepción de la obligación de efectuar pagos a cuenta y suspensión de retenciones por rentas de cuarta categoría en 2026.
Sunat indicó que la finalidad es reducir la posibilidad de que se generen pagos en exceso del contribuyente de cuarta categoría, es decir, de quienes son contratados como trabajadores o profesionales independientes.
Así, no están obligados a efectuar pagos a cuenta del Impuesto a la Renta los contribuyentes de cuarta categoría o cuarta y quinta categoría que ganen S/ 4 010 mensuales.
En cuanto a los directores de empresas, síndicos, mandatarios gestores de negocios, albaceas o similares estarán exceptuados quienes ganen en total S/ 3 208 mensuales.
SUSPENSIÓN IMPUESTO A LA RENTA
De otro lado, la Sunat informó que desde enero se podrá solicitar la suspensión de retenciones y/o pagos a cuenta del Impuesto a la Renta si se prevé que durante el 2026 se ganará menos de S/ 48 125 anuales.
Igualmente, en el caso de los directores de empresas y similares, desde enero podrán solicitar suspender las retenciones si se prevé que durante todo el 2026 se tendrán ingresos menores a S/ 38 500.
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