Gobierno obliga a entidades a eliminar barreras burocráticas ilegales en 30 días

El pasado jueves 8 de mayo se publicó el Decreto Supremo N.° 059-2025-PCM, que obliga a las entidades del Gobierno Nacional a derogar o modificar, bajo responsabilidad, todas las disposiciones administrativas declaradas como barreras burocráticas ilegales o carentes de razonabilidad. Las entidades contarían con un plazo de 30 días calendario, contados a partir de la publicación del listado respectivo por parte del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi).

 

La Cámara de Comercio de Lima (CCL) saluda esta medida, reafirmando su compromiso con la identificación y denuncia de estas trabas administrativas, en su permanente esfuerzo por impulsar la simplificación de los trámites públicos y el desarrollo económico del país.

 

A propósito de esta reciente norma, en el presente artículo presentamos los principales aspectos sobre las barreras burocráticas.

 

¿Qué es una barrera burocrática?

Se considera barrera burocrática a todo obstáculo que enfrentan los ciudadanos o empresas al intentar acceder a un servicio público o completar un trámite administrativo. Estas pueden ser legales o ilegales y pueden traducirse en costos adicionales, demoras, exigencias innecesarias o condiciones poco razonables.

 

¿Cuándo es ilegal una barrera burocrática?

Una barrera burocrática es ilegal cuando:

– Contraviene la Constitución Política o las leyes vigentes.

– No está contemplada en la normativa aplicable.

– Es discriminatoria o afecta injustamente a determinados grupos.

 

¿Cuándo carece de razonabilidad?

Una barrera burocrática carece de razonabilidad, en los siguientes casos:

– No es proporcional al fin que se pretende alcanzar.

– No es necesaria para alcanzar dicho fin.

– Genera costos excesivos o desproporcionados.

¿Quién puede declarar una barrera burocrática?

La declaración puede realizarse por:

– La propia entidad administrativa que emitió la medida.

– El Indecopi, a través del procedimiento administrativo correspondiente.

– Los tribunales de justicia, mediante procesos contenciosos administrativos.

 

¿Qué efectos tiene esta declaración?

La declaración de una barrera burocrática ilegal o irrazonable puede derivar en:

– Su eliminación mediante derogación de la norma.

– Modificación de la medida para ajustarla a la ley o a criterios de razonabilidad.

– Sanciones a las entidades que hayan emitido barreras burocráticas ilegales o carentes de razonabilidad.

– Mejora de la calidad del servicio público y reducción de costos y tiempos para los usuarios. ‎

 

¿Qué establece el Decreto Supremo N.° 059-2025-PCM?

La norma detalla medidas concretas:

  • El Indecopi deberá publicar el listado de normas declaradas barreras burocráticas ilegales y/o carentes de razonabilidad por resoluciones firmes, en un plazo de 10 días calendario desde el 9 de mayo del 2025.
  • Los titulares de las entidades del Gobierno Nacional que conforman el Poder Ejecutivo, deberán derogar o modificar dichas normas en un plazo de 30 días calendario o subsanar los defectos detectados.
  • En el caso de normas de alcance sectorial o multisectorial, se deberá gestionar su derogación o modificación ante la autoridad competente en el mismo plazo de 30 días calendario.
  • Quedan exceptuadas aquellas disposiciones que estén impugnadas judicialmente o se encuentren en proceso de demanda contencioso administrativa.
  • Tras el plazo de 30 días calendario, los titulares de las entidades deberán informar al Indecopi, dentro de los 10 días calendario siguientes, con copia a la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros, sobre el cumplimiento de la medida, especificando el estado de cada disposición.
  • Las entidades que deroguen o modifiquen procedimientos administrativos deben actualizar su TUPA (Texto Único de Procedimientos Administrativos) en un plazo máximo de 60 días hábiles.
  • El Indecopi publicará el primer día hábil de cada trimestre en su portal web el listado actualizado de disposiciones administrativas declaradas barreras burocráticas ilegales y/o carentes de razonabilidad que han quedado firmes el trimestre anterior.

 

¿Qué beneficios tiene la eliminación de las barreras burocráticas?

  • Simplificación administrativa: se agilizan los procesos y trámites públicos.
  • Mayor competitividad: se facilita el acceso al mercado para las empresas y emprendedores.
  • Impulsa a la inversión y el empleo: se eliminan trabas que desincentivan el crecimiento económico.