ESAN: ¿Cómo salir de una crisis empresarial mediante procedimientos concursales?

No hay duda alguna que la pandemia de la COVID-19 ha originado una crisis empresarial sin precedentes.

 

Una crisis sistémica como la expuesta implica un problema serio para la cadena de pagos, afectando no solamente a las empresas deudoras y sus propietarios, sino también a sus acreedores (bancos, proveedores, trabajadores, entre otros), los que podrían buscar protegerse con el inicio de acciones judiciales de cobro, lo cual a la larga podría afectar los activos de la empresa deudora y terminar forzando su salida del mercado.

 

Es sabido que existen algunas opciones que pueden utilizar las empresas deudoras para intentar mitigar los efectos de la crisis, como la renegociación privada con sus principales acreedores, o el uso de los programas que el gobierno ha lanzado en esta crisis (Reactiva Perú, FAE-Mype, FAE-Turismo, etc.).

 

Pero estas acciones, podrían no ser suficientes, por lo que se tendrán que considerar opciones adicionales.

 

En ese contexto, el sistema concursal se constituye como una opción adicional para encontrar una solución a la crisis financiera o económica.

 

En efecto, el sistema concursal otorga a las empresas en crisis un marco de protección de su patrimonio para impedir que este pueda ser ejecutado, liquidado, o “depredado” en beneficio de unos cuantos acreedores, propiciando al mismo tiempo la creación de un ambiente idóneo para la negociación con la totalidad de sus acreedores, a fin de adoptar los acuerdos tendientes a maximizar el valor del negocio, darle viabilidad financiera y, de esta manera, obtener un pronto y mayor recupero de sus créditos.

 

Este marco de protección implica que las acreencias dejan de ser temporalmente exigibles y las garantías inejecutables, entre otros beneficios.

 

Con este fin, para el caso de las empresas cuya crisis se ha originado en la COVID-19, el Decreto Legislativo N° 1511 ha creado el Procedimiento Acelerado de Refinanciación Concursal (PARC), cuyo objetivo es reprogramar las obligaciones impagas, evitar la insolvencia y asegurar la recuperación del crédito de las empresas deudoras, manteniendo siempre la propiedad de la empresa.

 

Este procedimiento se suma a los otros dos procedimientos concursales previstos en la Ley N° 27809, Ley General del Sistema Concursal, a saber: el Procedimiento Concursal Ordinario (PCO) y el Procedimiento Concursal Preventivo (PCP).

 

El PCO tiene por finalidad revertir una situación de insolvencia, para lo cual se faculta a los acreedores a fin de optar por la reestructuración del patrimonio en crisis o por su disolución y liquidación, dependiendo de la viabilidad del negocio.

 

En cambio, el PCP busca prevenir que un deudor llegue al punto en que no pueda honrar sus deudas, siendo su objetivo principal la refinanciación de las obligaciones del deudor con el concurso de sus acreedores.

 

De esta forma, se puede afirmar que los procedimientos concursales vigentes pueden ayudar a una empresa a superar una crisis financiera, sin que tenga que morir en el intento.

 

El dato

 

El departamento de Desarrollo de Negocios de la Cámara de Comercio de Lima, en convenio con ESAN, brinda un servicio para que las empresas se acojan al Programa Acelerado de Refinanciación Concursal (PARC) para que logren superar la crisis financiera.

 

Para más información, puede contactar a Emilio Alarcon, jefe de Desarrollo de Negocios de la Cámara de Comercio de Lima.

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