10 decretos de urgencia impulsarían la productividad

La productividad y competitividad son determinantes para el crecimiento sostenido de un país. Lamentablemente, en el caso peruano su evolución en los últimos años ha resultado adversa. Ello en cierta medida explica el desempeño del producto nacional en este último periodo 2019, que estaría entre 2,2% y 2,4%, resultando el más bajo desde la crisis financiera internacional de 2008 cuando el PBI apenas creció 1,0%. En esa dirección, el Instituto de Economía y Desarrollo Empresarial (IEDEP) de la Cámara de Comercio de Lima ha efectuado un primer análisis a 25 Decretos de Urgencia (DU) emitidos por el Poder Ejecutivo, desde la disolución del Congreso de la República hasta el 19 de diciembre de 2019, a fin de evaluar el efecto de dichas normas en la reactivación económica e incremento de la productividad.

 

Como tal, se analizó si estos decretos de urgencia impactan sobre los pilares del Índice de Competitividad Global del Foro Económico Mundial, a la par con evaluar si inciden en la recuperación inmediata del PBI.

 

Instituciones y el PNIC

Para un mejor accionar de las instituciones públicas, el decreto de urgencia N° 020 obliga la presentación de declaración jurada de intereses en el sector público con el fin de transparentar información relevante para la detección y prevención de conflictos de intereses, como requisito indispensable para el ejercicio del cargo o función pública.

 

En tanto, el decreto de urgencia N° 018 resulta favorable tanto a la reactivación como a la productividad del país al establecer medidas extraordinarias –con tres años de vigencia– para la promoción e implementación de los proyectos priorizados en el Plan Nacional de Infraestructura para la Competitividad (PNIC).

 

Un primer grupo exceptúa las licencias de habilitación urbana o de edificación a los proyectos priorizados y sus complementarios. El segundo grupo autoriza a los titulares de los proyectos a fijar de manera directa el valor de tasación de los inmuebles necesarios para la ejecución de los proyectos a su cargo.

 

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La salud y habilidades

A favor del pilar Salud, se ha emitido el DU N° 016 que establece medidas para garantizar la cobertura del Seguro Integral de Salud (SIS) y cerrar la brecha de población sin cobertura de seguro a nivel nacional. Con ello, los beneficiarios accederán a un conjunto de prestaciones de salud de carácter preventivo, promocional, recuperativo y de rehabilitación. El financiamiento del mismo será a través del presupuesto institucional del Ministerio de Salud (Minsa) y del SIS. Adicionalmente se implementará otros planes complementarios. Es importante asegurar el financiamiento sostenible y la calidad del servicio de lo contrario los efectos a favor mínimos e incluso negativos.

 

Otro de los decretos de urgencia es el N° 028 que dispone medidas extraordinarias que permitan un mayor financiamiento a EsSalud. El Estado como empleador bajo el régimen de Contrato de Administración de Servicios (CAS) incrementará progresivamente sus aportes a EsSalud, montos que se destinarán exclusivamente a ejecutar las inversiones para nuevos establecimientos de salud, concluir los proyectos en ejecución, realizar mejoras, ampliación, rehabilitación y reforzamiento de la infraestructura asistencial existente, entre otros. En este caso el resultado dependerá de una gestión eficiente y eficaz.

 

El DU N° 007 es otra propuesta encauzada a dar acceso a medicamentos, productos biológicos y dispositivos médicos como parte esencial del derecho a la salud. Esta norma tiene el objetivo de promover el uso de medicamentos genéricos con Denominación Común Internacional y de productos biosimilares, con la finalidad de mejorar el acceso a la población.

 

El DU Nº 006 busca mejorar la calidad de la educación rural y por tanto el pilar Habilidades a través de la ejecución de obras de infraestructura o estructuras modulares para estudiantes y docentes de hasta 30 colegios que brindan el Modelo de Servicio Educativo Secundaria con Residencia Estudiantil en el Ámbito Rural y el Modelo de Servicio Educativo Secundaria en Alternancia.
Por otro lado, en el grupo de decretos que deben ser evaluados por su implicancia y afectación a la competitividad está el DU N° 013 que establece el control previo de operaciones de concentración empresarial. La iniciativa señala que solo podrán fusionarse aquellas empresas cuyo control previo no representen una restricción significativa de la competencia a criterio del Indecopi, quien deberá autorizar la operación.

 

Esta medida representa una traba a la libre inversión y posibilidad de incrementar eficiencia y productividad, así como una oportunidad para seguir creciendo. Una segunda observación es el valor del umbral que determina el control previo. No olvidemos que el nivel de facturación varía entre sectores como reflejo de diversos factores, lo cual no significa que tiendan a distorsionar o amenazar la competencia como resultado de una fusión. Además, la Constitución no permite el abuso de dominio del mercado.

 

Tamaño de mercado e innovación

El pilar Tamaño de Mercado evalúa el PBI de un país y las importaciones de bienes y servicios. En este caso, el DU N° 021 extiende la vigencia de la normativa que permite la devolución del IGV e Impuesto de Promoción Municipal para la exploración minera e hidrocarburos. La probabilidad de encontrar o no yacimientos de recursos naturales, conlleva el riesgo de pérdida de capital y trabajo; por ello, la exoneración de impuestos para esta actividad incentiva a una mayor inversión, que en conjunto representa alrededor del 12% de la inversión privada total. Además, los decretos de urgencia N° 008 y N° 011 tendrían un impacto positivo en el PBI al impulsar la inversión pública y por tanto contribuiría en el pilar Tamaño de Mercado y en el corto plazo en la reactivación económica. Así, el primero desarrolla mecanismos para reactivar y acelerar la ejecución de las obras públicas a todo nivel de gobierno que se encuentran paralizadas.

 

El segundo establece medidas extraordinarias que contribuyen a una mayor ejecución del presupuesto de inversiones, destinando un máximo de S/ 200 millones para financiar la implementación de un incentivo presupuestario orientado a promover el incremento de la capacidad de ejecución de inversiones de los gobiernos regionales y locales. Básicamente se trata de modificaciones presupuestales para anular determinadas inversiones y habilitar otras bajo las condiciones establecidas en el DU.

 

A través del DU N°010 se busca impulsar el pilar Innovación con la ampliación de la vigencia de la Ley N° 30309 sobre la deducción de gastos en proyectos de investigación científica, desarrollo e innovación tecnológica vinculados o no a su giro del negocio hasta el ejercicio gravable 2022. Lo positivo de la norma es que esta deducción tributaria será mayor para el caso de pequeñas y medianas empresas con ventas anuales menores a 2.300 UIT, un monto de S/ 9,9 millones aproximadamente para el 2020.

 

En resumen, se identificaron diez decretos de urgencia que impulsarían la productividad-competitividad, mientras uno la afecta. Además, hay tres DU (N° 14, N°15 y N°17) relacionados a la aprobación del Presupuesto Público 2020. El DU N° 004 impulsa el gasto público y tiene vigencia hasta el 31 de diciembre del presente año. Existen dos DU N° 005 y N° 009, que prorrogan incentivos tributarios hasta el 31 de diciembre de 2022 a las rentas provenientes de la enajenación de valores y para promover los fondos de inversión en bienes inmobiliarios, respectivamente. Finalmente, los DU N° 012, N° 019, N° 022, N° 023, N° 024, N° 025, N° 026 y N° 027 no tienen impacto en la productividad-competitividad.