CTS 2025: ¿Hay link de consulta sobre un próximo retiro?
Un nuevo retiro CTS 2025 (Compensación por Tiempo de Servicios) podría estar en camino, tras presentarse una nueva propuesta legislativa que permitiría a los trabajadores peruanos el retiro total de los fondos acumulados.
Este Proyecto de Ley N° 09844/2024-CR, impulsado por el congresista Segundo Quiroz Barbosa, del Grupo Parlamentario Bloque Magisterial de Concertación Nacional, fue presentado el 7 de enero de 2025, donde plantean autorizar la disposición total del 100 % de los depósitos acumulados en concepto de compensación por tiempos de servicios (CTS).
De acuerdo al documento mostrado, dice lo siguiente: “Este proyecto de ley tiene por finalidad mitigar los impactos económicos ocasionados por la inestabilidad política, los efectos del cambio climático y el contexto internacional adverso”.
¿Cómo funcionaría el retiro de la CTS 2025?
Todos los trabajadores comprendidos por la Ley de Compensación por Tiempo de Servicios podrían disponer libremente del 100 % de sus depósitos acumulados por la CTS hasta el 31 de diciembre de 2026.
¿Hay link de consulta de la CTS 2025?
No, dado de que se trata de una propuesta legislativa, todavía será debatido en las comisiones de Economía y de Trabajo. El Congreso de la República evaluará si la propuesta es viable como una herramienta para mitigar los efectos de la actual crisis económica en el Perú.
¿Qué es la CTS?
La Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) en Perú es un beneficio social para trabajadores del sector privado que laboran al menos 4 horas diarias, destinado a servir como fondo de respaldo económico en caso de cese laboral. Se deposita dos veces al año, en mayo y noviembre, y el monto equivale aproximadamente a un doceavo del sueldo mensual por cada mes trabajado en el semestre, más la sexta parte de las gratificaciones recibidas.
Este dinero se deposita en una cuenta en la entidad financiera elegida por el trabajador, donde genera intereses según la tasa ofrecida, y solo puede retirarse el excedente de cuatro veces el sueldo bruto mensual, salvo en casos de cese laboral, donde se permite disponer del 100% del fondo acumulado.
Los depósitos se realizan de la siguiente manera:
• Hasta el 15 de mayo: corresponde al período trabajado de noviembre a abril.
• Hasta el 15 de noviembre: corresponde al período trabajado de mayo a octubre.
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