¿Cómo solicitar la devolución del Impuesto a la Renta pagado en exceso?
Para solicitar la devolución del Impuesto a la Renta pagado en exceso, se debe ingresar una solicitud a la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria (Sunat), entidad que ya inició la atención para aquellas personas que ya presentaron sus declaraciones del Impuesto a la Renta 2019 y determinaron un saldo a su favor.
Los contribuyentes pueden verificar la atención de sus solicitudes ingresando con su clave SOL al Portal de Sunat, y si consignaron como medio de devolución Código de Cuenta Interbancario-CCI, el abono será efectuado en su cuenta de ahorros.
Devolución de oficio
Por otro lado, respecto de la devolución de oficio del Impuesto a la Renta 2019 para los trabajadores dependientes e independientes, el proceso se iniciará el 13 de abril de 2020.
Se estima que más de 433 mil trabajadores tengan una devolución de oficio por haber efectuado gastos deducibles, por consumos en bares, restaurantes y hoteles, con boleta electrónica; y por servicios profesionales o técnicos que generen rentas de cuarta categoría y que se sustenten con recibo por honorarios. Asimismo, por las aportaciones al EsSalud que se realicen por los trabajadores del hogar.
Se depositará devolución en cuenta de ahorros a personas naturales que registren su CCI
Las personas naturales que presenten su Declaración Anual del Impuesto a la Renta 2019 y soliciten la devolución de impuestos pagados en exceso, o aquellos trabajadores en planilla a quienes se les devolverá de oficio por haber realizado gastos deducibles, podrán recibir esa devolución directamente en sus cuentas de ahorros, si registran previamente su Código de Cuenta Interbancario (CCI).
También podrán recibirlo de esa manera si su empleador cumple con comunicar a la Sunat el CCI, a través de la planilla electrónica.
El depósito en cuenta es la forma más rápida y conveniente de recibir la devolución porque ya no se requiere acudir al Banco de la Nación para hacerla efectiva, como sucede cuando el reembolso se emite mediante una Orden de Pago Financiera (OPF) o a través de un cheque.
Con esa finalidad, aquellas personas naturales que tienen RUC pueden registrar su CCI ingresando a Sunat Operaciones en Línea con su Clave SOL, luego acceder a la opción Otras Declaraciones y Solicitudes, dar clic a la opción Mis Devoluciones / Devoluciones y, posteriormente, seleccionar Código de Cuenta Interbancario.
Para los que no cuentan con RUC, el registro se inicia en la opción Obtener la Clave SOL por Internet luego de lo cual se debe completar en el formulario los datos requeridos incluyendo el CCI.
Para que sea válido el registro del CCI, la cuenta debe ser en moneda nacional, pertenecer al beneficiario de la devolución y no debe corresponder a una cuenta de CTS. La devolución con abono en cuenta no aplica en el caso de 30 entidades financieras, tal como se detalla en el siguiente link: http://renta.sunat.gob.pe/personas/como-gestionar-mi-devolucion.
La Sunat recordó a los empleadores que tienen la obligación de comunicar el número de cuenta y la empresa del sistema financiero en el cual realizan el abono de la remuneración a sus trabajadores, información que sirve a la Sunat para efectuar devolución que le corresponda al trabajador.
Finalmente, conforme a lo señalado por el Decreto de Urgencia N° 25-2019, la Devolución de Oficio se iniciará una vez culminado el vencimiento de la Declaración Anual del Impuesto a la Renta, es decir a partir del 9 de abril.