La Oficina de Normalización Previsional (ONP) anunció que, desde setiembre de este año, los afiliados podrán trasladarse entre el sistema público y privado de pensiones. La medida forma parte de la reforma previsional establecida en la Ley n.° 32123, aprobada en 2025.
El anuncio fue realizado por el jefe de la ONP, Gastón Remy, quien precisó que actualmente se viene elaborando el reglamento junto con la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS).
“Estamos en construcción del reglamento y en setiembre de este año iniciaremos con los traslados”, indicó el funcionario.
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Traslados serán en ambos sentidos
Uno de los principales cambios de la reforma es que los afiliados podrán migrar tanto de la ONP hacia una AFP como de una AFP hacia la ONP.
Según explicó Remy, esta modalidad reemplaza al antiguo esquema de “libre desafiliación informada” y permitirá un sistema de traslados bidireccionales.
Para ello, se implementará una plataforma digital donde los afiliados podrán revisar información sobre ambos sistemas antes de tomar una decisión. Además, tanto la ONP como las AFP deberán brindar orientación y contenido explicativo.
¿Qué pasará con quienes se trasladen de la ONP a una AFP?
La ley establece que los afiliados de la ONP podrán pasarse a una AFP en cualquier momento. Asimismo, podrán solicitar un Bono de Reconocimiento por los aportes realizados, siempre que cumplan con los requisitos establecidos.
Sin embargo, aún falta definir si se usarán los bonos actuales o si se crearán nuevos mecanismos, aspecto que será detallado en el reglamento pendiente.
La normativa también señala que quienes acrediten al menos 240 aportes —equivalentes a aproximadamente 20 años— podrán acceder a una pensión mínima o proporcional en la ONP, además de recibir una pensión adicional en la AFP por los nuevos aportes realizados.
Afiliados de AFP también podrán pasar a la ONP
Por otro lado, los afiliados al Sistema Privado de Pensiones (SPP) también tendrán la posibilidad de trasladarse al Sistema Nacional de Pensiones (SNP) en cualquier momento.
En estos casos, deberán transferir el 100 % del fondo acumulado en su Cuenta Individual de Capitalización (CIC) correspondiente a los aportes obligatorios con fines previsionales.
La futura pensión será calculada considerando los aportes realizados tanto en el sistema privado como en el público.
Reglamento definirá detalles y plazos
Aunque la ley ya establece los lineamientos generales, todavía quedan pendientes varios detalles operativos, como los procedimientos específicos, requisitos y tiempos para concretar los traslados.
Estas precisiones serán definidas en el reglamento que elaboran conjuntamente la ONP y la SBS, el cual se espera que esté listo antes de setiembre.
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